SAP Santa Cruz de Tenerife 268/2018, 19 de Septiembre de 2018

PonenteJOAQUIN LUIS ASTOR LANDETE
ECLIES:APTF:2018:1499
Número de Recurso58/2018
ProcedimientoProcedimiento abreviado
Número de Resolución268/2018
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 2ª

SECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL

Avda. Tres de Mayo nº3

Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: 922 34 93 90-91

Fax: 922 34 93 89

Email: s02audprov.tfe@justiciaencanarias.org

Sección: DOM

Rollo: Procedimiento abreviado

Nº Rollo: 0000058/2018

NIG: 3803843220170013758

Resolución:Sentencia 000268/2018

Proc. origen: Procedimiento abreviado Nº proc. origen: 0002810/2017-00

Jdo. origen: Juzgado de Instrucción Nº 2 de Santa Cruz de Tenerife

Condenado: Rosendo ; Abogado: Antonio Garcia Fernandez; Procurador: Maria Eugenia Beltran Gutierrez

SENTENCIA

Presidente

D./Dª. JOAQUÍN LUIS ASTOR LANDETE (Ponente)

Magistrados

D./Dª. JAIME REQUENA JULIANI

D./Dª. FERNANDO PAREDES SANCHEZ

En Santa Cruz de Tenerife, a 19 de septiembre de 2018.

Esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha visto en juicio oral y público la presente causa de Procedimiento Abreviado número 0002810/2017 instruida por el Juzgado de Instrucción Nº 2 de Santa Cruz de Tenerife, que ha dado lugar al Rollo de Sala Procedimiento Abreviado número 58/2018 por el presunto delito de contra la salud pública, contra D./Dña. Rosendo, mayor de edad, nacido el NUM000 de 1970, hijo/a de Carlos Jesús y de Amalia con NIF núm. NUM001, natural de SANTA CRUZ DE TENERIFE, y en libertad provisional por esta causa en la que son parte el Ministerio Fiscal, en ejercicio de la acción pública, y el/la acusado/a de anterior mención, representado por el/la Procurador/a de los Tribunales D./Dña. MARIA EUGENIA BELTRAN GUTIERREZ y defendido por D./Dña. ANTONIO GARCIA FERNANDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ministerio Fiscal, en el acto del juicio oral, y en trámite de intervenciones previas, se calificaron los hechos como constitutivos de un delito contra la salud pública sobre sustancias que causan grave daño a la salud del parrfao segundo del artículo 368 del código penal del que responde el acusado en concepto autor,no concurriendo en el mismo circunstancias modificativas de responsabilidad criminal a las siguientes penas de

2 AÑOS DE PRISIÓN, con la accesoria de inhabilitación especial durante el tiempo de la condena y la MULTA DE 200 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día en caso de impago, las costas del procedimiento. y el comiso de la droga, conforme a lo previsto en el artículo 374 del Código Penal, debiéndose proceder a la total destrucción de la droga una vez firme la sentencia ejecutoria. y el comiso del dinero intervenido al acusado (100 euros) conforme a lo previsto en el artículo 374 del Código Penal para su ingreso en el fondo especial previsto en la Ley 17/2003, de 29 de mayo, por la que se regula el Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados.

SEGUNDO

Antes de iniciarse la práctica de la prueba la defensa/ con la conformidad del acusado presente, interesó que se procediera a dictar sentencia de conformidad con el escrito de acusación que contenía pena de mayor gravedad la cual no excedía de seis años de prisión.

TERCERO

Informado elacusado de las consecuencias de la conformidad la prestó libremente añadiendo su defensor que no estimaba necesaria la continuación del juicio oral.

HECHOS PROBADOS

ÚNICO.-Sobre las 18:10 horas del día 29 de Noviembre de 2017, en la Calle Jade, Plaza de Ofra de Santa Cruz de Tenerife, el acusado Rosendo, con DNI NUM001, mayor de edad en tanto que nacido el día NUM000 /1970 y con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, con ocasión de un control que se estaba realizando en ese barrio de la capital por ser un punto habitual de sustancias estupefacientes, fue sorprendido portando, dieciseisbolsas...

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