SAP Madrid 625/2018, 13 de Septiembre de 2018

PonenteJUAN PELAYO MARIA GARCIA LLAMAS
ECLIES:APM:2018:16447
Número de Recurso1344/2018
ProcedimientoPenal. Apelación de juicio de faltas
Número de Resolución625/2018
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 3ª

Sección nº 03 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 5 - 28035

Teléfono: 914934543,914934731

Fax: 914934542

Grupo de trabajo : AAG

37050100

N.I.G.: 28.047.00.1-2017/0000643

Apelación Juicio sobre delitos leves 1344/2018- ADL

Origen : Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 04 de DIRECCION000

Juicio sobre delitos leves 111/2017

SENTENCIA NUM: 625

En Madrid, a 13 septiembre de 2018 .

El Ilmo. Sr. D. Juan Pelayo García Llamas, Magistrado de esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Unipersonal en turno de reparto, conforme a lo dispuesto en el artículo 82.2 de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, ha visto en segunda instancia la presente apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº4 de DIRECCION000 de Madrid, conforme al procedimiento establecido en el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, con causa en los recursos de apelación interpuestos por Aquilino y Matilde

, asistido el primero por la letrada doña Carlota de la Quintana Beltrán y la segunda por la letrada doña Sonia de la Plaza Moreno.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el indicado Juzgado de Instrucción en la causa por delito leve 111/2017 se dictó sentencia en fecha 31 de octubre de 2017cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " QUE CONDENO a D. / Dña. Aquilino y D. /Dña. Matilde, como autores responsables de un delito de usurpación a la pena de tres meses multa con cuota diaria de dos euros en total 180 euros cada uno con apremio personal subsidiario de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas condenándoles al pago de las costas si las hubiere".

SEGUNDO

Notificada la referida Sentencia se interpuso en tiempo y forma por Aquilino y por Matilde recurso de apelación que autoriza el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en relación con los artículos 790 a 792 de la misma, con las alegaciones que figuran en sus respectivos escritos, sin interesarse diligencias de prueba, dándose traslado por el plazo legal a las demás partes para que pudieran adherirse o impugnarlo,

habiéndolo hecho el último sentido expuesto el Ministerio Fiscal y DIRECCION001 SA, representado por la procuradora doña Cristina Sarmiento Cuenca.

TERCERO

Elevada la causa a esta Sección Tercera de la Audiencia provincial, se formó el Rollo de Sala ADL nº1344/2018 y dado el trámite legal, quedaron las actuaciones para dictar sentencia.

  1. HECHOS PROBADOS

Se aceptan como tales los hechos declarados probados en la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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