SAP Valencia 675/2018, 24 de Julio de 2018

PonenteCARLOS ESPARZA OLCINA
ECLIES:APV:2018:3926
Número de Recurso396/2018
ProcedimientoCivil
Número de Resolución675/2018
Fecha de Resolución24 de Julio de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 10ª

ROLLO Nº 000396/2018

SECCIÓN 10ª

SENTENCIA nº.675/18

SECCIÓN DÉCIMA :

Ilustrísimos Sres .:

Presidente:

D. CARLOS ESPARZA OLCINA

Magistrados/as:

Dª. ANA DELIA MUÑOZ GIMENEZ

Dª. ANA VEGA PONS FUSTER OLIVERA

En Valencia, a veinticuatro de julio de dos mil dieciocho

Vistos ante la Sección Décima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Modificación Medidas Contencioso nº 000896/2017, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 24 DE VALENCIA, entre partes, de una como demandante, D. Ángel Daniel representado por el Procurador

D. ALBERTO MALLEA CATALA y defendido por el Letrado D. JUAN ROQUE MARTINEZ GIL y de otra como demandado, Dª. Estela, representado por la Procuradora Dª. TERESA GARCIA CARREÑO y defendido por la Letrada Dª. LOURDES VARGAS OLASO.

Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. CARLOS ESPARZA OLCINA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 24 DE VALENCIA, en fecha 26-12-17, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:"Estimar parcialmente la demanda de modificación de medidas interpuesta por D. Ángel Daniel contra Dª Estela, y en consecuencia, debo acordar y acuerdo la modificación de la pensión compensatoria fijada en la sentencia dictada por la Sección 10ª de la Audiencia Provincial de Valencia de fecha 16 de Diciembre de 2014 que estimó en parte el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 11 de Febrero de 2014 dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 24 de Valencia en autos 1520/2013, en el sentido de reducir la pensión compensatoria establecida a favor de Dª Estela en un 30%. No procede hacer especial pronunciamiento en materia de costas".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia por la representación procesal de la parte demandante se interpuso recurso de apelación, y verificados los oportunos traslados a las demás partes para su oposición al recurso o impugnación a la sentencia se remitieron los autos a esta Secretaría donde se formó el oportuno rollo,

señalándose el día 23-7-18 para la deliberación, votación y fallo del recurso, sin celebración de vista, al no haberse considerado necesaria ésta ni practicado prueba.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El actor interpone recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia número 24 de Valencia el día 26 de diciembre de 2.017, que estimó parcialmente la demanda formalizada por el recurrente, y redujo en un 30% el importe de la pensión compensatoria fijada en la sentencia dictada por este tribunal el día 16 de diciembre de 2.014, que a su vez redujo en un 20% el importe de la pensión compensatoria pactada por los litigantes y aprobada por la sentencia de divorcio de 18 de diciembre de 2.006.

Pide el apelante en su recurso que se suspenda o extinga la pensión compensatoria, mientras que la demandada impugna la sentencia e interesa se restablezca la pensión compensatoria fijada en la sentencia del año 2.014, y el apelante solicita la no admisión de la impugnación por haber incurrido en defecto de forma.

Este alegación del apelante relativa al defecto de forma de la impugnación debe ser desestimada, pues aun con un cierto desorden, es posible entender cumplidos todos los requisitos previstos por el artículo 461-2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que pueda hablarse de indefensión para el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 8 de Mayo de 2019
    • España
    • 8 Mayo 2019
    ...la sentencia dictada con fecha 24 de julio de 2018, de la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 10.ª), en el rollo de apelación n.º 396/2018 , dimanante de los autos de juicio de modificación de medidas n.º 896/2017 del Juzgado de Primera Instancia n.º 24 de Mediante diligencia de orden......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR