SAP A Coruña 396/2018, 12 de Julio de 2018

PonenteALEJANDRO MORAN LLORDEN
ECLIES:APC:2018:1557
Número de Recurso439/2018
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución396/2018
Fecha de Resolución12 de Julio de 2018
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

A CORUÑA

SENTENCIA: 00396/2018

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de A CORUÑA

- Domicilio: RUA CIGARRERAS NUM.1- EDIFICIO FABRICA TABACOS

Telf: 981.182067-066-035 Fax: 981.182065

Equipo/usuario: MP

Modelo: SE0200

N.I.G.: 15036 43 2 2016 0001391

ROLLO: RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000439 /2018

Juzgado procedencia: XDO. DO PENAL N.2 de FERROL

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000080 /2017

RECURRENTE: Jenaro

Procurador/a: RAFAEL RODRIGUEZ RAMOS

Abogado/a: FELIPE PATIÑO JUNQUERA

RECURRIDO/A: Juan, Justiniano, MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: MARIA TERESA ROCA RODRIGUEZ, MARIA TERESA ROCA RODRIGUEZ,

Abogado/a: JESUS SEOANE RODRIGUEZ, JESUS SEOANE RODRIGUEZ,

LA SECCIÓN PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, CONSTITUIDA POR LOS ILUSTRÍSIMOS SEÑORES D. ÁNGEL MARÍA JUDEL PRIETO, Presidente, DOÑA LUCÍA LAMAZARES LÓPEZ, DON ALEJANDRO MORÁN LLORDÉN, Magistrados.

EN NOMBRE DEL REY

Ha pronunciado la siguiente

S E N T E N C I A

En A CORUÑA, a doce de julio de dos mil dieciocho.

La Audiencia Provincial, Sección Primera de esta capital ha visto en grado9 de apelación, sin celebración de vista pública, el presente procedimiento penal, dimanante del Juzgado de lo Penal Número 2 de Ferrol por

delito de LESIONES, seguido contra Jenaro, siendo partes como apelante el mismo acusado, defendió por el Letrado Sr. Patiño Junquera, y representado por el Procurador Sr. Rodríguez Ramos, y como apelado Juan y el MINISTERIO FISCAL, habiendo sido Ponente el Magistrado el Ilmo. Sr.DON ALEJANDRO MORÁN LLORDÉN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal Número 2 de Ferro, en fecha 13 de diciembre de 2017 se dictó sentencia cuyo fallo dice como sigue: "Que debo condenar y condeno a Jenaro, mayor de edad, con DNI NUM000, como autor penalmente responsable de dos delitos de lesiones, previstos y penados en el artículo 147.1 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena, por cada uno de los delitos, de NUEVE MESES multa a razón de NUEVE euros diarios con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas de la multa ( artículo 53 Código Penal ) y a que, en concepto de responsabilidad civil, indemnice al SERGAS en la cantidad de DOS MIL SETECIENTOS QUINCE EUROS CON VEINTISEIS CÉNTIMOS DE EURO (2.715,26 EUROS), a Justiniano, en la cantidad de MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UN EUROS CON CUARENTA Y SIETE CÉNTIMOS DE EURO (1.281,47 EUROS) y, a Juan, en la cantidad de TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE EUROS CON NOVENTA Y SEIS CÉNTIMOS DE EURO (3.839,96 euros), cantidades que devengarán los intereses del artículo 576 de la LEC . Y, asimismo lo condeno al abono de un tercio de las costas, incluidas las de la Acusación Particular.

Y debo absolver y absuelvo a Saturnino, mayor de edad, con DNI NUM001 y sin antecedentes penales y, a Jose Ignacio, mayor de edad con DNI NUM002 y, sin antecedentes penales, de los delitos de lesiones objeto de acusación."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal de Jenaro se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Dado traslado del escrito de formalización del recurso a las partes, se presentó el escrito de impugnación que obra en las actuaciones.

CUARTO

Por el órgano judicial sentenciador se remitieron a este Tribunal los autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para la deliberación, votación y fallo.

HECHOS PROBADOS

ÚNICO.- Se aceptan los de la resolución recurrida, que son del tenor literal siguiente: "Sobre las 05:00 horas, del día 10 de abril de 2016, los acusados Jenaro, mayor de edad, con DNI NUM001 y, sin antecedentes penales e, Jose Ignacio, mayor de edad, con DNI NUM002 y, sin antecedentes penales, se encontraban delante de la entrada del Pub Travellers, sito en la Magdalena de Ferrol, cuando se inició una pelea entre Justiniano y otras personas que no han sido identificadas, a la que en un momento determinado se unió, el acusado, Jenaro, que con ánimo de menoscabar la integridad física de Justiniano, le propinó patadas y puñetazos incluso cuando ya Justiniano se encontraba en el suelo por razón de los golpes recibidos y, que con el mismo ánimo de menoscabar la integridad física, propinó también puñetazos y patadas, a Juan, quien viendo que estaban agrediendo a su Hermano acudió en su ayuda, pero que también terminó en el suelo donde continuó la agresión, hasta que, en un momento determinado, Jenaro, se marchó adentrándose en el Pub Travellers, donde fue localizado por funcionarios de la Policía local con el pantalón y los zapatos manchados de sangre.

A consecuencia de estos hechos Justiniano, con una edad de 29 años a la fecha de los hechos sufrió una fractura de huesos propios de la nariz, hematoma periorbitario derecho, frontal, erosiones cervicales derechas, incisivo lateral superior roto, hemorragia en astilla en fondo de ojo derecho, para cuya sanación precisó de exploración de exploración diagnóstica, medicación tópica (colirio antiinflamatorio- profilaxis antibiótica) y reparación estética de fractura incisivo, tardando 10 días no impeditivos en curar y, restándole como secuela, una alteración de color a nivel de incisivo central superior derecho; por su parte, Juan, con una edad de 32 años a la fecha de los hechos sufrió una queratitis leve, fractura de huesos propios de la nariz, fractura de tabique nasal, fractura de la pared interna del seno maxilar izquierdo, policontusiones, excoriaciones a nivel de la región frontal izquierda y en piel de nariz, que precisaron para su sanación de exploración diagnóstica, corticoides, profilaxis antibiótica, medicación analgésica- antinflamatoria, reducción de fractura nasal bajo anestesia local, taponamiento nasal y férula nasal, alcanzando...

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