SAP Málaga 93/2018, 19 de Febrero de 2018
Ponente | SOLEDAD VELAZQUEZ MORENO |
ECLI | ES:APMA:2018:969 |
Número de Recurso | 615/2016 |
Procedimiento | Civil |
Número de Resolución | 93/2018 |
Fecha de Resolución | 19 de Febrero de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 5ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. SECCIÓN QUINTA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 5 DE TORREMOLINOS
JUICIO ORDINARIO 1821/12
ROLLO DE APELACIÓN CIVIL Nº. 615/16
SENTENCIA Nº 93.
Iltmos. Sres.
Presidente
D. José Javier Díez Núñez
Magistrados
D. Melchor Hernández Calvo
Dª . Soledad Velázquez Moreno
En la ciudad de Málaga a 19 de Febrero de 2018
Vistos en grado de apelación, ante la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio Ordinario nº 1821/12 procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Torremolinos, seguidos a instancias de Dª Estela representada en el recurso por la Procuradora Dª . Margarita Zafra Solis contra D Carlos José representado por la Procuradora Dª Mª del Carmen Gomiz Cabrera y la entidad Pinillo Motor SL en situación procesal de rebeldía pendientes en esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada en el citado juicio.
El Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Torremolinos dictó sentencia de fecha 3 de Marzo de 2016 en el Juicio Ordinario nº 1821/12 del que este rollo dimana, cuya parte dispositiva dice así "DESESTIMO la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dª . Margarita Zafra Solís, en nombre y representación de Dª . Estela, contra D. Carlos José, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª . María Carmen Capitán González, y contra la entidad "PINILLO MOTOR, S.L.", y ACUERDO:
-
- ABSOLVER a la parte demandada de los pedimentos contenidos en su contra en la demanda.
-
- Imponer a la parte actora el abono de las costas procesales. "
Contra la expresada sentencia interpuso en tiempo y forma recurso de apelación Dª Estela formulándose oposición por D Carlos José, donde al no estimarse necesaria la celebración de vista, previa deliberación de la Sala, que tuvo lugar el día 13 de Febrero de 2018, quedaron las actuaciones conclusas para sentencia.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo ponente la Iltma. Sra. Dª Soledad Velázquez Moreno.
Frente a la sentencia de instancia íntegramente desestimatoria de la demanda se alza la apelante entendiendo acreditada la legitimación activa de la actora.
El citado motivo debe ser estimado. En efecto la actora fundamentó su reclamación en el incumplimiento del contrato de arrendamiento de obra que ligaba a las partes, en virtud del cual entregó el vehículo al demandado para su reparación. Ello implica que su legitimación activa deriva de su carácter de parte contratante, y ello con independencia de que sea o no la propietaria del vehículo en la medida en que es admisible que un no propietario encomiende a otra persona la reparación de un vehículo ajeno teniendo derecho a ser indemnizado cuando en el desarrolllo de la relación contractual ha sufrido un perjuicio.
Y tal condición de parte contratante no ha sido negada por el demandado en ningún momento, dado que lo cuestionado es la propiedad del vehículo. La actora por tanto tiene plena legitimación para el ejercicio de la acción objeto de este procedimiento.
Por lo que respecta a la posible falta de legitimación del demandado queda excluida por el reconocimiento que realiza el mismo en la denuncia que, como documento numero dos se aporta con la demanda, y ello con independencia de que, según afirma, el contrato vinculó asimismo a la sociedad Pinillo Motor Sl, por lo que ha de establecerse la responsabilidad solidaria de ambos.
Sentado lo anterior entrando en el fondo del asunto como establece la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 6ª) núm. 503/2012 de 13 septiembre: "Es igualmente reiterada la jurisprudencia que señala que la entrega del vehículo en el taller con el fin de que sea reparado, constituye un contrato de arrendamiento de obra que lleva aparejado el depósito del coche en el establecimiento con el subsiguiente deber de custodia para el responsable del taller ; confiando el dueño del...
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