STSJ Galicia 366/2009, 6 de Mayo de 2009

PonenteFRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA
ECLIES:TSJGAL:2009:3500
Número de Recurso724/2005
Número de Resolución366/2009
Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA: 00366/2009

PONENTE: D. FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA

RECURSO NUMERO: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 724/2005

RECURRENTE: CONSELLO GALEGO DE COLEXIOS VETERINARIOS

ADMINISTRACION DEMANDADA: CONSELLO DA XUNTA DE GALICIA

EN NOMBRE DEL REY

La Sección 001 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la

SENTENCIA

Ilmos./as. Sres./as. D./Dª

FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.- Pte.

FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA

MARIA DOLORES GALINDO GIL

A CORUÑA, seis de Mayo de dos mil nueve.

En el recurso contencioso-administrativo que, con el número 724/2005, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por el

CONSELLO GALEGO DE COLEXIOS VETERINARIOS, representado por el procurador D. RICARDO SANZO FERREIRO, dirigido por el letrado D. PABLO NO COUTO, contra RESOLUCIÓN 29/07/2005 CONSELLO XUNTA DE GALICIA SOBRE RELALCIÓN PUESTOS DE TRABAJO DE CONSELLERÍA MEDIO AMBIENTE. Es parte la Administración demandada la CONSELLO DA XUNTA DE GALICIA, representado por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA.

Es ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

que admitido a trámite el presente recurso contencioso-administrativo, se practicaron las diligencias oportunas y, recibido el expediente, se dio traslado del mismo a las partes recurrentes para deducir la oportuna demanda, lo que se hizo a medio de escrito, en el que en síntesis, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que se estimaron pertinentes, se acabó suplicando que se dictase sentencia por la que se declara la disconformidad a Derecho y la nulidad de las disposiciones recurridas, dejándolas sin efecto; con imposición de las costas a la demandada.

SEGUNDO

que conferido traslado a la parte demandada, se solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en la contestación de la demanda.

TERCERO

que no habiéndose recibido el asunto a prueba y declarado concluso el debate escrito, quedaron las actuaciones sobre la mesa para resolver.

CUARTO

que en la sustanciación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo indeterminada.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

que el "Consello Galego de Colexios Veterinarios" impugna el acuerdo de 28-7-2005 del Consello de la Xunta, que aprueba la modificación de la RPT de la Consellería de Medio Ambiente, que había sido acordada en

13-12-2002; y, pretendiendo una urgente creación de los puestos de codificadores de datos, para reforzar los servicios provinciales contra incendios en Lugo y Ourense, se suprimen o amortizan, entre otros, tres puestos previstos para funcionarios del Cuerpo Facultativo Superior (Grupo A), de la Escala de Veterinarios, concretamente, el de Jefe de la Unidad de Intervención Ambiental del Servicio General de Evaluación Ambiental, el de Jefe de Unidad de Intervención Ambiental III del Servicio de Calidad Ambiental de Lugo y el de Jefe de Intervención Ambiental IV del Servicio de Calidad Ambiental de Pontevedra, al señalar que no existe motivación para tal supresión de esos tres puestos de trabajo de veterinarios que se encuentran vinculados a competencias esenciales y...

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