AAP Barcelona 385/2018, 27 de Diciembre de 2018
Ponente | JOSE MANUEL REGADERA SAENZ |
ECLI | ES:APB:2018:8237A |
Número de Recurso | 589/2018 |
Procedimiento | Recurso de queja |
Número de Resolución | 385/2018 |
Fecha de Resolución | 27 de Diciembre de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª |
Sección nº 19 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
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Recurso de Queja 589/2018 -D
Materia: Quejas art.2168 LEC
Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 32 de Barcelona Procedimiento de origen:Procedimiento ordinario 463/2016
Parte recurrente/Solicitante: Vicenta
Procurador/a: Jesus-miguel Acin Biota
Abogado/a: Jorge Carreras Guixé
Parte recurrida: ENDESA ENERGIA, S.A.U., GAS NATURAL SERVICIOS SGD, S.A. Procurador/a: Carlos Montero Reiter, Javier Segura Zariquiey
Abogado/a: Begoña Candel Alonso, Brigit Gutierrez Juarez
AUTO Nº 385/2018
Magistrados:
Miguel Julian Collado Nuño
Asuncion Claret Castany
Jose Manuel Regadera Saenz
Barcelona, 27 de diciembre de 2018
ÚNICO.- El Procurador Jesus-Miguel Acin Biota, en nombre y representación de Vicenta presentó un recurso de queja contra la resolución del Juzgado de Primera Instancia nº 32 de Barcelona por la que le inadmitió el recurso de apelación interpuesto contra el Auto de fecha 6 de julio de 2018 dictada en el procedimiento Procedimiento ordinario 463/2016.
Por parte de la representación de Dª. Vicenta se interpone recurso de queja contra el Auto dictado el día 6 de julio de 2018 por el Juzgado de Primera Instancia nº 32 de Barcelona en juicio ordinario 463/2016. La mencionada resolución inadmitió la impugnación de la sentencia dictada en dicho procedimiento formulada por la quejadante. Considera la resolución recurrida que la parte no puede impugnar la sentencia en cuanto a los pronunciamientos relativos a la demandada ENDESA ENERGÍA SAU, ya que ni esta última ni la quejadante apelaron la sentencia.
La quejadante considera que debió admitirse su recurso de apelación.
No puede admitirse la impugnación de la sentencia formulada por quien no ha apelado y contra quien no es apelante. Señala la a STS de 26 de abril de 2017,: "Pero si ante una estimación parcial de las pretensiones de una y otra parte, un litigante se aquietó inicialmente y no formuló recurso de apelación, puede aprovechar el trámite de oposición al recurso de apelación formulado por el litigante contrario para impugnar a su vez la sentencia, y tal...
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