SAP Cantabria 626/2009, 24 de Septiembre de 2009
Ponente | MILAGROS MARTINEZ RIONDA |
ECLI | ES:APS:2009:1440 |
Número de Recurso | 371/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 626/2009 |
Fecha de Resolución | 24 de Septiembre de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cantabria, Sección 2ª |
SENTENCIA: 00626/2009
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CANTABRIA ROLLO NUM. 371/08
Sección Segunda
SENTENCIA NÚM. 626/09
Iltmo. Sr. Presidente:
Don Miguel Carlos Fernández Díez.
Iltmos. Sres. Magistrados:
Don Javier de la Hoz de la Escalera.
Doña Milagros Martínez Rionda.
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En la Ciudad de Santander a veinticuatro de septiembre de dos mil nueve.
Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de Juicio Ordinario número 878 de 2007, Rollo de Sala número 371 de 2008, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 4 de los de Santander, seguidos a instancia de D. Laureano contra Winterthur Seguros.
En esta segunda instancia ha sido parte apelante D. Laureano , representado por la Procuradora Sra. Diez Garrido y asistido por el Letrado Sr. De Diego Martínez; y parte apelada WINTHERTUR, Seguros Generales S.A., representado por el Procurador Sr. Ruiz Canales y asistido por el Letrado Sr. Burgada Sanz.
Es ponente de esta resolución la Ilma. Sra. Magistrada Don Milagros Martínez Rionda.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 4 de los de Santander y en los autos ya referenciados, se dictó Sentencia con fecha tres de marzo de dos mil ocho , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:"FALLO: Desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Díez en representación de D. Laureano contra la entidad Winterthur Seguros S.A., absuelvo a esta de las pretensiones contra ella ejercitadas en la litis
Se imponen las costas de esta instancia a la parte actora".
Contra dicha Sentencia, la representación de la parte demandante interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado; y tramitado el mismo, se remitieron las actuaciones a esta Sección Segunda de la Iltma. Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, donde tras el personamiento de las mismas, se deliberó y fallo el día señalado, quedando pendiente de dictarse la resolución correspondiente.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, excepto el plazo para resolver el recurso, en razón a la existencia de otros asuntos civiles señalados con anterioridad.
Se admiten los de la sentencia de instancia, en tanto no sean contradictorios con los que a continuación se establecen, y
En síntesis, la pretensión resarcitoria reproducida en esta segunda instancia se funda en que la póliza de seguro de embarcación suscrita por el demandante cubre la responsabilidad civil del actor, que es consecuencia de los daños personales producidos en siniestro acaecido en fecha 16 de julio del
2.005, al tropezar un usuario del muelle con el cable eléctrico de una pulidora empleada en la reparación del barco asegurado, el cual se encontraba en el pantalán del puerto deportivo "Marina del Cantábrico".
En primer lugar, cabe resaltar la falta de...
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