SAP Alicante 553/2009, 19 de Octubre de 2009
Ponente | JULIO CALVET BOTELLA |
ECLI | ES:APA:2009:3249 |
Número de Recurso | 441/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 553/2009 |
Fecha de Resolución | 19 de Octubre de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 9ª |
SENTENCIA Nº 553/09
Iltmos. Srs.
Presidente: D. Julio Calvet Botella.
Magistrado: D. José Manuel Valero Díez.
Magistrado: D. Domingo Salvatierra Ossorio
En la Ciudad de Elche, a diecinueve de octubre de dos mil nueve.
La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Alicante con sede en Elche, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Ordinario nº 872/08, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Torrevieja, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada D. Fidel , habiendo intervenido en la alzada dicha parte, en su condición de recurrente, representada por el Procurador Sr/a Payá Vidal y dirigida por el Letrado Sr/a Lorenzo Alcolea, y como apelada la parte demandante Doña Santiaga , representada por el Procurador Sr/a Húngaro Favieri y defendida por el Letrado Sr/a. Rico Font.
Por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Torrevieja en los referidos autos, tramitados con el número 872/08 , se dictó sentencia con fecha 19/1/09 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que por medio de la presente sentencia estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr Gimez Doña en nombre y representación de Dña Santiaga , contra D. Fidel , representado por la Procuradora Sra. Valero Mora, debo declarar y declaro la división de la cosa común, finca registral NUM000 del Registro de la Propiedad número tres de Torrevieja, y al se física y jurídicamente indivisible, la venta en pública subasta, con admisión de licitadores extraños, si las partes no llegaban a un acuerdo en cuanto a su adjudicación a una de ellas, aplicándose lo obtenido siguiendo as bases establecidas en el fundamento de derecho quinto de la presente sentencia, con expresa condena en costas a la parte demandada."
Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada entiempo y forma que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a este Tribunal, donde quedó formado el Rollo número 441/09, tramitándose el recurso en forma legal. La parte apelante solicitó la revocación de la sentencia dictada y la apelada su confirmación. Para la deliberación y votación se fijó el día 14/10/09.
En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Julio Calvet Botella.
Contra la sentencia dictada con fecha 19 de enero de 2009 por el Juzgado de Primera Instancia número dos de Torrevieja en el juicio ordinario número 872/08, que estimando íntegramente la demanda interpuesta por doña Santiaga contra don Fidel , declaró la división de la cosa común, finca registral NUM000 del Registro de la Propiedad número tres de Torrevieja, y al ser física y jurídicamente indivisible, la venta en publica subasta con admisión de licitadores extraños, si las partes no llegaban a un acuerdo en cuanto a su adjudicación a una de ellas, aplicándose lo obtenido siguiendo las bases establecidas en el fundamento de derecho quinto de la presente sentencia, con expresa condena en costas a la parte demandada, se alza ante esta instancia la parte demandada don Fidel , en solicitud de que se estime íntegramente el recurso de apelación y se revoque la sentencia recurrida y se desestime íntegramente los pedimentos aducidos por la actora en su escrito de demanda con expresa imposición de las costas, a cuyo recurso se ha opuesto la demandante en solicitud de que se confirme la sentencia dictada en todos sus extremos con expresa imposición de cotas a la contraparte.
En el presente procedimiento, y por doña Santiaga , como copropietaria en pleno dominio con carácter privativo por mitades iguales con el demandado don Fidel , de la vivienda sita en Torrevieja, finca registral número NUM000 del Registro de la Propiedad número tres de dicha localidad, se ejercita acción de división de cosa común, con cita de los artículos 400, 401 y 404 del código civil , en petición de que se declare haber lugar a la división de la comunidad y consiguiente extinción del condominio que ostentan sobre la vivienda, y se venda en publica subasta con admisión de licitadores extraños y con el precio que se obtenga se distribuya como dice, condenando al demandado a estar y pasar por esta declaración, habiéndose...
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