SAN, 23 de Noviembre de 2018

PonenteJAVIER EUGENIO LOPEZ CANDELA
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 7ª
ECLIES:AN:2018:4659
Número de Recurso53/2018

A U D I E N C I A N A C I O N A L

Sala de lo Contencioso-Administrativo

SECCIÓN SÉPTIMA

Núm. de Recurso: 0000053 / 2018

Tipo de Recurso: APELACION

Núm. Registro General : 00221/2018

Apelante: AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Procurador ALVARO ARMANDO GARCIA DE LA NOCEDA DE LAS ALAS PUMARIÑO

Apelado: CONSEJO DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO

Abogado Del Estado

Ponente IImo. Sr.: D. JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA

SENTENCIA EN APELACION

IImo. Sr. Presidente:

  1. JUAN CARLOS FERNÁNDEZ DE AGUIRRE FERNÁNDEZ

    Ilmos. Sres. Magistrados:

    Dª. BEGOÑA FERNANDEZ DOZAGARAT

  2. JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA

  3. LUIS HELMUTH MOYA MEYER

    Madrid, a veintitres de noviembre de dos mil dieciocho.

    La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Séptima) ha pronunciado la siguiente Sentencia en el recurso de apelación 53/2018, interpuesto por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, representada por la Abogacía del Estado, contra el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, representado por el Procurador Sr. Álvaro García de la Noceda, y asistido por el letrado Sr. Jorge Gómez Jiménez, en el que se impugna la sentencia n.º 49/2018, de 27 de marzo, del Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo nº 4 en el recurso contencioso-administrativo 36/2016 que desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Resolución de 23 de junio de 2.016 del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y de 24 de agosto de 2.016 que estiman las reclamaciones interpuestas por Carlos Jesús, en representación de la Junta de Personal de la AEAT de Valencia, de acceso a la solicitud de información interesada en fecha 19 de febrero de 2.016 a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

    Ha sido Ponente el Ilmo. Señor Don JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Po r la Abogacía del Estado en fecha 20.4.2018 en escrito presentado en el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº4 se interpuso el presente recurso de apelación contra la sentencia n.º 49/2018, de 27 de marzo, del Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo nº 4 en el recurso contenciosoadministrativo 36/2016 que desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Resolución de 23 de junio de 2.016 y de 24.8.2016 del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno que estiman la reclamaciones interpuestas por Carlos Jesús, en representación de la Junta de Personal de la AEAT de Valencia, de acceso a la solicitud de información interesada en fecha 19 de febrero de 2.016 a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

SEGUNDO

Admitido a trámite el recurso se dio traslado del mismo a la Administración demandada, que evacuó el mismo, oponiéndose a dicho recurso por escrito de fecha 16 de mayo de 2.016 e interesando la confirmación de la sentencia dictada.

TERCERO

Po r diligencia de ordenación se acordó elevar testimonio de las actuaciones a este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta Sección Séptima, siendo designado Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA, señalándose el día 8 de noviembre de 2.018 para la deliberación votación y fallo del recurso de apelación.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones de los artículos 80.3 y 85 de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa 29/1.998.

El Magistrado D. JUAN CARLOS FERNÁNDEZ DE AGUIRRE FERNÁNDEZ presidió la deliberación, votó en Sala y no pudo firmar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia impugnada expuestos por la Juez a quo y además se indican los siguientes:

PRIMERO

En el presente recurso de apelación se impugna la sentencia nº 49/2018, de 27 de marzo, del Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo nº 4 en el recurso contencioso-administrativo 36/2016 que desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Resolución de 23 de junio de 2.016 y 24 de agosto de 2.016 del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno que estiman las reclamaciones interpuestas por Carlos Jesús, en representación de la Junta de Personal de la AEAT de Valencia, n.º 114 y 230/2016 de acceso a la solicitud de información interesada en fecha 19 de febrero de 2.016 y 4.4.2016 al delegado Especial de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en Valencia.

La sentencia impugnada, en esencia, desestima el recurso contencioso-administrativo y confirma las resoluciones impugnadas admitiendo la procedencia de la petición de información solicitada, al considerar que la Junta de personal recurrente tiene derecho a obtener la información solicitada, consistente en acceder a la información sobre:

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