STSJ Navarra 143/2009, 11 de Marzo de 2009

PonenteANTONIO RUBIO PEREZ
ECLIES:TSJNA:2009:68
Número de Recurso59/2009
Número de Resolución143/2009
Fecha de Resolución11 de Marzo de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA DE A P E L A C I Ó N NÚM. 143/2009

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE,

D. JOAQUÍN Mª MIQUELEIZ BRONTE

MAGISTRADOS,

D. ANTONIO RUBIO PÉREZ

D. JUAN ANTONIO HURTADO MARTÍNEZ

En Pamplona, a once de marzo de dos mil nueve.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, el presente rollo de apelación núm. 59/2009 formado para la sustanciación del recurso de apelación interpuesto contra el auto de fecha 9 de diciembre de 2008, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Núm. 2 de Pamplona en la pieza separada de suspensión dimanante del Procedimiento Abreviado núm. 304/2008, por el que se deniega la suspensión de la ejecución del acto impugnado interesada por la parte actora; siendo partes: como apelante, Milagrosa , representada por la Procuradora Dña. RAQUEL MARTÍNEZ DE MUNIAIN LABIANO y dirigida por la Letrada Dña. BLANCA RAMOS ARANAZ; y, como apelada, la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada y dirigida por el Sr. ABOGADO DEL ESTADO, venimos en resolver en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 9 de diciembre de 2008 se dictó Auto por el Juzgdo de lo Contencioso-Administrativo Núm. 2 de Pamplona cuya parte dispositiva contiene el tenor literal siguiente: "No ha lugar a acordar la suspensión interesada por la parte actora".

SEGUNDO

Por la parte actora se ejercitó recurso de apelación en el que solicitaba su estimación con revocación del auto apelado, al que se dio el trámite legalmente establecido.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a la Sala y formado el correspondiente rollo, tras las actuaciones legalmente prevenidas, se señaló para votación y fallo el pasado día 10.

Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO RUBIO PÉREZ quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La resolución apelada deniega la suspensión de la orden de expulsión decretada contra la recurrente.Alega ésta, en definitiva, que la expulsión le acarrearía perjuicios de difícil o imposible reparación dado que tiene arraigo y ha observado buena conducta durante su estancia en España, no constándole antecedentes policiales ni penales.

SEGUNDO

En materia de suspensión de actos administrativos del contenido del que nos ocupa, la jurisprudencia es clara: la...

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