SAP Zaragoza 140/2009, 11 de Marzo de 2009

PonenteMARIA ELIA MATA ALBERT
ECLIES:APZ:2009:2155
Número de Recurso709/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución140/2009
Fecha de Resolución11 de Marzo de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª

SENTENCIA: 00140/2009

SENTENCIA NÚMERO 140-09

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Ilmos. Señores:

Presidente:

D. JULIAN CARLOS ARQUÉ BESCÓS

Magistrados:

D. FRANCISCO ACIN GARÓS

D. MARIA ELIA MATA ALBERT

En ZARAGOZA, a once de Marzo de dos mil nueve.

VISTO por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 118/2008, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de LA ALMUNIA DE DOÑA GODINA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 709/2008, en los que aparece como parte apelante D. Hilario representado por la procuradora Dª. MARIA BELEN GABIAN USIETO, y asistido por la Letrada D. LEYRE LOPEZ PINA, y D. Melisa representada por el procurador Sra. García de Val , y asistida por el Letrado Sra. Corujo Quintero, en cuyos autos en fecha 20 de junio de 2008 recayó Sentencia.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los que figuran en la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por doña Melisa contra don Hilario , debo condenar y condeno al demandado a pagar a la actora la cantidad de 5.923,56 euros (Cinco mil novecientos veintitrés Euros con cincuenta y seis céntimos), así como a los intereses devengados por dicha cantidad desde la interposición de la demanda, y a la imposición de las costas del juicio.".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, ambas partes presentaron escritos de interposición del recurso de apelación y de Oposición al recurso formulado de contrario. Seguidamente se remitieron los autos a esta Sala para la resolución de la apelación.

TERCERO

No habiéndose aportado nuevos documentos, ni propuesto prueba, ni considerándose necesaria la celebración de Vista, se señaló para deliberación y votación el día 3-03-09.

CUARTO

Que en la tramitación de la apelación se han observado todas las prescripciones legales.

Habiendo sido ponente en esta apelación la Ilma. Sra Magistrada Dª MARIA ELIA MATA ALBERT.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Ambas partes recurren la Sentencia dictada en la instancia, la Sra. Melisa solicita se condene al demandado al abono de 42.610,46 Euros y el Sr. Hilario la desestimación íntegra de la demanda formulada, o, subsidiariamente, se confirme la Sentencia dictada, sin hacer declaración de las costas de la instancia, dado que la estimación de la demanda fue parcial.

SEGUNDO

Sostiene el demandado en su recurso que las 15.000 pesetas mensuales que desde enero de 2003 se la han reconocido a la actora, pactadas en la capitulaciones matrimoniales otorgadas el 20 de septiembre de 1976, han sido abonadas con creces, al haber sostenido sólo él económicamente a la familia, pues la Sra. Melisa no trabajaba, debiendo ser compensadas dichas sumas con las que ésta ha percibido para su uso personal, y que la imposición al mismo de las costas del proceso infringe el art. 394 L.E.C. Por su parte, la actora alega que al haber opuesto el demandado, con carácter subsidiario, la prescripción de la deuda aceptó la cuantificación por ella efectuada de 42.610,46 euros, por lo que al no conceder dicha suma la Sentencia impugnada, incurre en incongruencia, debiendo mantenerse tal cantidad por deber aplicarse las actualizaciones pactadas desde la firma de los capítulos y no desde 2003 como hace la resolución impugnada.

TERCERO

Con respecto a los motivos...

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