SAP Zaragoza 140/2009, 11 de Marzo de 2009
Ponente | MARIA ELIA MATA ALBERT |
ECLI | ES:APZ:2009:2155 |
Número de Recurso | 709/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 140/2009 |
Fecha de Resolución | 11 de Marzo de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª |
SENTENCIA: 00140/2009
SENTENCIA NÚMERO 140-09
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Ilmos. Señores:
Presidente:
D. JULIAN CARLOS ARQUÉ BESCÓS
Magistrados:
D. FRANCISCO ACIN GARÓS
D. MARIA ELIA MATA ALBERT
En ZARAGOZA, a once de Marzo de dos mil nueve.
VISTO por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 118/2008, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de LA ALMUNIA DE DOÑA GODINA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 709/2008, en los que aparece como parte apelante D. Hilario representado por la procuradora Dª. MARIA BELEN GABIAN USIETO, y asistido por la Letrada D. LEYRE LOPEZ PINA, y D. Melisa representada por el procurador Sra. García de Val , y asistida por el Letrado Sra. Corujo Quintero, en cuyos autos en fecha 20 de junio de 2008 recayó Sentencia.
Se aceptan los que figuran en la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por doña Melisa contra don Hilario , debo condenar y condeno al demandado a pagar a la actora la cantidad de 5.923,56 euros (Cinco mil novecientos veintitrés Euros con cincuenta y seis céntimos), así como a los intereses devengados por dicha cantidad desde la interposición de la demanda, y a la imposición de las costas del juicio.".
Contra dicha Sentencia, ambas partes presentaron escritos de interposición del recurso de apelación y de Oposición al recurso formulado de contrario. Seguidamente se remitieron los autos a esta Sala para la resolución de la apelación.
No habiéndose aportado nuevos documentos, ni propuesto prueba, ni considerándose necesaria la celebración de Vista, se señaló para deliberación y votación el día 3-03-09.
Que en la tramitación de la apelación se han observado todas las prescripciones legales.
Habiendo sido ponente en esta apelación la Ilma. Sra Magistrada Dª MARIA ELIA MATA ALBERT.
Ambas partes recurren la Sentencia dictada en la instancia, la Sra. Melisa solicita se condene al demandado al abono de 42.610,46 Euros y el Sr. Hilario la desestimación íntegra de la demanda formulada, o, subsidiariamente, se confirme la Sentencia dictada, sin hacer declaración de las costas de la instancia, dado que la estimación de la demanda fue parcial.
Sostiene el demandado en su recurso que las 15.000 pesetas mensuales que desde enero de 2003 se la han reconocido a la actora, pactadas en la capitulaciones matrimoniales otorgadas el 20 de septiembre de 1976, han sido abonadas con creces, al haber sostenido sólo él económicamente a la familia, pues la Sra. Melisa no trabajaba, debiendo ser compensadas dichas sumas con las que ésta ha percibido para su uso personal, y que la imposición al mismo de las costas del proceso infringe el art. 394 L.E.C. Por su parte, la actora alega que al haber opuesto el demandado, con carácter subsidiario, la prescripción de la deuda aceptó la cuantificación por ella efectuada de 42.610,46 euros, por lo que al no conceder dicha suma la Sentencia impugnada, incurre en incongruencia, debiendo mantenerse tal cantidad por deber aplicarse las actualizaciones pactadas desde la firma de los capítulos y no desde 2003 como hace la resolución impugnada.
Con respecto a los motivos...
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