SAP Barcelona 1092/2018, 30 de Noviembre de 2018

PonenteGONZALO FERRER AMIGO
ECLIES:APB:2018:11781
Número de Recurso54/2018
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución1092/2018
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 12ª

Sección nº 12 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Calle Roger de Flor, 62-68, planta baixa - Barcelona - C.P.: 08013

TEL.: 938294443

FAX: 938294450

EMAIL:aps12.barcelona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 0801942120158091243

Recurso de apelación 54/2018 -A1

Materia: Proceso especial filiación, paternidad y maternidad

Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Barcelona (Familia) Procedimiento de origen:Filiación 414/2015

Parte recurrente/Solicitante: Ana María, Nazario

Procurador/a: Alex Martinez Batlle, Pilar Lopez Rodriguez

Abogado/a: Maria Esther Peral Gómez

Parte recurrida:

Procurador/a:

Abogado/a:

SENTENCIA Nº 1092/2018

Magistrados:

Dª. María Gema Espinosa Conde

D. Vicente Ballesta Bernal

D. Gonzalo Ferrer Amigo (Ponente)

Barcelona, 30 de noviembre de 2018

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 17 de enero de 2018 se han recibido los autos de Filiación 414/2015 remitidos por Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Barcelona (Familia) a fin de resolver los recursos de apelación interpuestos por los Procuradores Alex Martinez Batlle y Pilar Lopez Rodriguez, en nombre y representación de Nazario y Ana María, respectivamente, contra Sentencia - 24/04/2017.

SEGUNDO

El contenido del fallo de la Sentencia contra la que se ha interpuesto el recurso es el siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Dª Pilar López Rodríguez, en nombre y representación de Dª Ana María, contra Dº Nazario, declarado en rebeldía en las presentes actuaciones, debo absolver y absuelvo al demandado de los pedimentos efectuados en su contra, por concurrir la excepción legal de caducidad de la acción.

Todo ello sin hacer pronunciamiento expreso de las costas, y firme que sea esta

sentencia, comuníquese al encargado del Registro Civil en el que consta, en su

caso, la inscripción del matrimonio, así como el nacimiento del hijo."

TERCERO

El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos. Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo, que ha tenido lugar el día 28/11/2018. CUARTO. En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.

Se designó ponente al Magistrado D. Gonzalo Ferrer Amigo .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Antecedentes. Se ha seguido en el Juzgado de Primera Instancia 14 de Barcelona, procedimiento especial de filiación a instancia de Dª Ana María que tenía por objeto la impugnación de la filiación matrimonial paterna de Jose Pedro al constar inscrito como hijo de D. Nazario pese a la inexistencia de vínculo biológico. El procedimiento se ha seguido en rebeldía del padre biológico y registral quien no obstante ha comparecido en segunda Instancia. La sentencia desestima la demanda por caducidad de la acción

Frente a esta decisión interpone recurso de apelación la Sra. Ana María invocando como motivo la vulneración de la tutela judicial efectiva al no entrarse en el fondo del asunto tras la declaración de caducidad.

El Sr. Nazario comparece, finalmente con otro procurador, y se adhiere al contenido del recurso que es opuesto por el Ministerio Fiscal

SEGUNDO

Se aceptan íntegramente los fundamentos de la resolución recurrida.

Se invoca, como se ha indicado en el fundamento anterior, la vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva del artículo 24 de la CE considerando el recurso que al no entrar en el fondo de la controversia se está impidiendo el derecho del menor a conocer la verdad biológica causándole un grave perjuicio debiendo prevalecer en interés del menor la realidad biológica frente a la verdad formal.

No puede sin embargo estimarse el recurso. El derecho a la tutela judicial efectiva del artículo 24 de la CE tal y como plantean los recurrentes otorga el derecho a obtener una resolución sobre el fondo de la cuestión litigiosa planteada ante los Tribunales, pero al mismo tiempo exige a las partes que invocan la actuación jurisdiccional toda la diligencia en el actuar procesal, debiendo deducir su pretensión ante el Tribunal competente y adicionalmente y con carácter...

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