AAP Girona 220/2018, 21 de Noviembre de 2018
Ponente | FERNANDO LACABA SANCHEZ |
ECLI | ES:APGI:2018:1044A |
Número de Recurso | 707/2018 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 220/2018 |
Fecha de Resolución | 21 de Noviembre de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Girona, Sección 1ª |
Sección nº 01 Civil de la Audiencia Provincial de Girona (UPSD AP Civil Sec.01)
Plaza Josep Maria Lidón Corbí, 1 - Girona - C.P.: 17001
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FAX: 972942373
EMAIL:aps1.girona@xij.gencat.cat
N.I.G.: 1707942120128066150
Recurso de apelación 707/2018 -1
Materia: Apelación civil
Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Girona Procedimiento de origen:Ejecución de títulos judiciales 597/2013 Parte recurrente: SERVEIS INMOBILIARIS DAMIA FEIXAS, SL Procuradora: Elisenda Pascual Sala
Abogada: Josep Maria Pou Soler
Parte recurrida: Juan María y
Pura
Procurador: Aniol Peya Del Moral
Abogada: Maria Angels Angelats Ramio
AUTO Nº 220/2018
Magistrados:
Fernando Lacaba Sánchez
Fernando Ferrero Hidalgo
Carles Cruz Moratones
Girona, 21 de noviembre de 2018
En fecha 22 de junio de 2018 se han recibido los autos de Ejecución de títulos judiciales 597/2013 remitidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Girona a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Elisenda Pascual Sala, en nombre y representación de SERVEIS INMOBILIARIS
DAMIA FEIXAS, SL contra el Auto de 19 de 19/04/2018 y en el que consta como parte apelada el Procurador Aniol Peya del Moral, en nombre y representación de Juan María y Pura .
El contenido de la parte dispositiva del auto contra el que se ha interpuesto el recurso es el siguiente: "Estimo el recurs de revisió que ha interposat la procuradora Elisenda Pascual Sala, en representació de/d' SERVEIS INMOBILIARIS DAMIA FEIXAS, SL, contra el Decret, de data de 26 de març de 2018, i disposo en el seu lloc mantenir el procediment d'execució als únics efectes de la liquidació dels interessos generats per les costes de l'execució aprovades el 10/3/2017 i pagades el 23/3/2018."
Pel que fa al dipòsit que ha constituït la part que presenta el recurs, doneu-li la destinació que estableix la disposició addicional quinzena de la LOPJ.
El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos.
Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo, que ha tenido lugar el día 12/11/2018. Cuarto. En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.
Se designó ponente al Magistrado D. Fernando Lacaba Sánchez.
Antecedentes.- 1.- En el seno del proceso de ejecución 597/13 que se sigue ante el Juzgado nº 1 de 1ª Instancia de Girona, se dictó Decreto en el que se declaraba la terminación del proceso de ejecución por satisfacción del crédito de la parte ejecutante.
La parte ejecutante, SERVEIS INMOBILIARIS DAMIA FEIXES SL interpuso recurso de revisión frente al meritado Decreto, por considerar no completada la satisfacción de su crédito, dado que quedaba pendiente:
- La tasación de costas de dos recursos de revisión interpuestos por el ejecutante contra los Decretos de 6 junio y 6 julio 2017,
- La liquidación de las costas generadas en esta ejecución a partir del pago del principal, concretamente
49.075,46€ que se corresponden con parte de los intereses (12.284,19€) y a la totalidad de las costas de ejecución (36.791,27€),
- La liquidación de los intereses devengados por las costas de ejecución, aprobadas por Decreto de 10 marzo 2017 y no pagadas.
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- En Auto de 19 abril 2018 (objeto del recurso) se estima el meritado recurso de revisión y " a contrario imperio " se acuerda mantener la ejecución a los únicos efectos de la liquidación de los intereses generales por las costas de la ejecución aprobadas el 10/3/2017 y pagadas el 23/3/2018.
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- La parte ejecutante recurre aquel Auto por considerarlo no acorde con lo actuado en la ejecución.
Examen del recurso. Estimación del mismo.
El prolijo proceso de ejecución que se está siguiendo en las actuaciones 597/13...
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