AAP Valladolid 522/2018, 29 de Octubre de 2018

PonenteJUAN MIGUEL DONIS CARRACEDO
ECLIES:APVA:2018:940A
Número de Recurso705/2018
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución522/2018
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

VALLADOLID

AUTO: 00522/2018

C/ ANGUSTIAS S/N

Teléfono: 983 413475

Equipo/usuario: SPG

Modelo: 662000

N.I.G.: 47186 51 2 2015 0001531

RT APELACION AUTOS 0000705 /2018

Delito: DESOBEDIENCIA DE AUTORIDADES O FUNCIONARIOS

Recurrente: Higinio

Procurador/a: D/Dª MARTA FERNANDEZ GIMENO

Abogado/a: D/Dª JOAQUIN REYES NUÑEZ

Recurrido: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

AUTO Nº 522/18 ========================================================== ILMOS. SRES. Magistrados:

D. FELICIANO TREBOLLE FERNANDEZ

D. FERNANDO PIZARRO GARCIA

D. MIGUEL DONIS CARRACEDO ========================================================== En VALLADOLID, a veintinueve de octubre de dos mil dieciocho.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la causa referenciada se dictó por el JDO. DE LO PENAL N. 2 de VALLADOLID Providencia de fecha 7/11/2017 por el que se acordó el cumplimiento de una pena.

SEGUNDO

Contra dicho auto se interpuso por Higinio recurso de reforma y subsidiario de apelación, desestimándose el primero de ellos y siendo admitido a trámite el segundo, remitiéndose en su virtud a esta Sala las actuaciones para la resolución del recurso.

TERCERO

Correspondió el conocimiento del recurso en virtud de turno de reparto a esta Sección Segunda, siendo designado Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. MIGUEL DONIS CARRACEDO .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La presente causa deriva de la ejecución de una pena SEIS MESES DE PRISIÓN impuesta a Higinio

, al haber sido condenado como autor criminalmente responsable de un delito de desobediencia, en virtud de sentencia datada el 4-4-2.016 del Juzgado de procedencia (folios 194 y ss), que fue confirmada por la de esta Sala de 1-6-2.016 (folios 246 y ss).

Una vez firme, a través de auto de 9-6-2.016 (folios 252 y ss), por auto de 7-9-2.016 se desestimó la posibilidad de suspender la ejecución de dicha pena (folios 280 y ss), por lo que fue recurrido en reforma y subsidiaria apelación por la representación del condenado, siendo confirmado el mismo a través del de esta Sala de 14-12-2.016 (folios 304 y ss).

No obstante lo anterior, un escrito de su Defensa fechado el 29-5-2.017 (folios 321 y ss) interesó la suspensión de la ejecución de dicha pena por vía de lo establecido en los arts. 80,3 y 84,1, CP. Pretensión que le fue desestimada a través de providencia de 19-6-2.017 del Juzgado de procedencia, por lo que frente a la misma se recurrió en reforma y subsidiaria apelación, interesando la...

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