SAP Madrid 707/2018, 25 de Octubre de 2018

PonenteLEANDRO MARTINEZ PUERTAS
ECLIES:APM:2018:13424
Número de Recurso98/2018
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución707/2018
Fecha de Resolución25 de Octubre de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª

Sección nº 17 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 8 - 28035

Teléfono: 914934564,4443,4430

Fax: 914934563

EC 914934594

37051540

N.I.G.: 28.045.00.1-2013/0009709

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 17ª

ROLLO DE APELACION Nº RAA 98/2018

Procedimiento Abreviado 264/2016

Juzgado de lo Penal nº 18 de Madrid

MAGISTRADOS ILUSTRISIMOS SEÑORES:

Don José Luis Sánchez Trujillano

Don Manuel Eduardo Regalado Valdés

Don Leandro Martínez Puertas (Ponente)

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en la causa al margen de referencia, ha dictado,

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD, EL REY

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 707/2018

En la Villa de Madrid, a 25 de octubre de 2018

Visto en segunda instancia ante la Sección Decimoséptima de esta Audiencia Provincial el Procedimiento Abreviado nº 264/16, procedente del Juzgado de lo Penal nº 18 de Madrid, seguido por delitos de injurias y calumnias en el que resultó condenado Cecilio, ha venido a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto en tiempo y forma, en nombre y representación de Cecilio, contra la sentencia de fecha 5 de abril de 2017. Ha sido parte en la sustanciación del recurso, como apelado, el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 05/04/2017, se dictó sentencia en Procedimiento Abreviado 264/2016, del Juzgado de lo Penal nº 18 de Madrid.

En dicha resolución se fijaron los siguientes hechos, como probados:

"ÚNICO.- A la vista de la prueba practicada en su conjunto, ha quedado acreditado que, en la celebración de la vista que tuvo lugar con fecha 3, 4 y 8 de Julio de 2013, en el seno del procedimiento de modificación de medidas contencioso, no 320/2012, vista que fue presidida por la Ilustrísima Sra. Da Aida, y en la que compareció, en representación del Ministerio Fiscal, la Ilma. Sra. Doña Regina, el acusado, con absoluto desprecio a la verdad, y plena conciencia de la autoridad judicial y fiscal que aquellas representaban, actuando como Letrado de la Sra. Núñez Barcos, profirió las siguientes expresiones:

En alusión a la Ilma. Magistrado:

  1. sesión del día 4 de Julio de 2013:

    "ha dado instrucciones a dos guardias civiles a solas.. al objeto exclusivamente de intimidar a esta parte"

    "¿le suena esta escena? Cada vez que llegamos al hecho de que el Sr Severino ...al asunto 1 de echar fuera de la carretera se declara improcedente, gracias a Dios que la querella, Su Señoría, la pondremos en instrucción en Madrid con la grabación de esta vista. Y encubrimiento de un homicidio en grado de tentativa es lo que tenemos aquí" ..."Dado que hay dos guardias civiles aquí y su señora me ha dicho lo del buen camino.. .bajo coacciones he de declarar que.. .el Sr Severino súper súper papi... Su Señoría lo ha concluido usted bajo amenazas"

    ... "Su Señoría, yo mañana me voy a presentar con la tercera querella contra usted.. .emparejar a una menor abusada sexualmente con la que exculpó al abusador es ya la burla más total a la justicia...Su señoría, no confiamos ya en usted nos ha escamoteado un procedimiento".

  2. sesión del día 5 de julio de 2013:

    .."quiere que acabemos esta cosa y hacer la pregunta usted, gracias.. .como ya hemos perdido tantos privilegios esta parte a lo largo de un día y medio.. .si usted quiere interrogar y llegar a la conclusión..yo me cuadro y le saludo.. .estaba intentado darle aire a una señora que miente"

  3. sesión del día 8 de julio de 2013:

    ,-"por cierto, Su Señoría está atascada un pequeña ejecución dineraria contra el Sr Severino, misterio misterioso ¿Qué sostenemos? Que este Juez no es competente".

    .-"como puede interrogar a una menor una juez que está querellada por dos? Por atentar contra una procuradora y nos dejó indefensos sin representación procesal durante un año."

    .-"que se mienta el Consejo General del Poder Judicial, Su Señoría es algo que no está autorizada Su Señoría, a mentir a sus propios jefes.. .a mentir"

    .- "como vamos a dejar a una menor en manos de una juez que está afecta de prevaricación dolosa por intimidar a este letrado."

    .-"el delito es tan suyo como de la Sra. Fiscal, de la jueza como de la Sra. Secretaria, no tolero que se intimidé a un abogado en estrados."

    .-"si no se les cae la toga de vergüenza, Su Señoría y Su Señoría, usted ha intentado repetidamente hacer lo mismo.. el ardid procesal que urdieron la abogada, la fiscal y usted Su Señoría...uno, dos y tres y la Tagle."

    En alusión a la representante del Ministerio Fiscal, en la sesión del día 8 de julio de 2013, el acusado profirió las siguientes expresiones:

    .-"las fabulaciones a su casa Sra. Fiscal."

    .-"es una sirvenguenceria, Sra. Fiscal."

    "-"Sra. Fiscal, cuando el padre se folle a la niña, a quien acudimos, cuando el padre vuelva a abusar de la niña y la niña diga que el padre le ha metido en la cama a quien acudimos Sra. Fiscal."

    "-"No puedo respetar a quien está entregando a una menor a un señor que tiene Procedimiento abierto por abusos sexuales."

    "-." Que locura Sra. Fiscal está diciendo."

    "-"Sra. fiscal usted está entregando a una menor a un pederasta."

    "-." Qué vergüenza, está condenando a una menor a meterse en la cama del padre." "-"Sra. Fiscal, está metiendo a una menor en la cama del padre, ¿lo entiende claro?." "- "Señoría usted amenazó a mi Procuradora hace un año, no me venga con gaitas Sra. Fiscal."

    "-"Al Ministerio Fiscal no, es una señora indocumentada."

    "-"está justificando lo que ha cobrado."

    _ "De que sirve acudir a un procedimiento trucado? Sra. Fiscal, un procedimiento 'trucado, trucado, trucado."

    .. "Sra. Fiscal no está en condiciones de amenazar, que usted ha instruido a una perito de la parte actora violando secretos, usted, señora, usted ha delinquido el viernes 5 ha delinquido,"

    ..."Bueno Sra. Fiscal nos veremos, es parte contraria, está querellada. Usted ha chapuceado pruebas en beneficio de su amiga." ..."La próxima vez que a esa menor le meta mano su padre Sra. Fiscal, podrá usted huir pero no esconderse."

    ..."usted es una indocumentada que oculta su nombre."

    De la misma forma se condujo en otros procedimientos de familia que se tramitaban en el mismo juzgado, donde remitió numerosos escritos con expresiones equivalentes a las indicadas, enviando copia de los mismos a la Juez Decana de los Juzgados de DIRECCION000, donde continuaba con su campaña de desprestigio y menosprecio hacia la labor de la Ilma. Magistrado Sra. Aida, en los que afirmaba que la misma colaboraba en la comisión de delitos contra la indemnidad sexual y la integridad física de la menor. Así, en el escrito de fecha 25 de octubre de 2013, presentado en el procedimiento de títulos judiciales n° 480/2013, se puede leer " Aida ha entregado al mismo presunto agresor a la misma menor sin tener competencias para ello, utilizando ardid procesal con uso y abuso de los bienes del estado y bloqueando a sabiendas cualquier derecho de la madre y de la hija. Es decir, a espaldas de la Justicia y el Derecho. De negarse Sra. Aida a realizar prueba médica urgente será considerada como presunta autora de abusos y lesiones a una menor."

    ,-Igualmente, el acusado presentó un escrito, de fecha 24 de Octubre de 2013, en el procedimiento de modificación de medidas n°320/2012, donde hizo constar que "mi representada tiene constancia-por personal de ese juzgado-que su hija menor de edad, Candida, fue sometida-por la fuerza y con violencia-a una exploración por parte de Celsa . Dicha exploración fue realizada no tanto por el bien de la menor...sino para justificar la conducta profesional de la querellada, Aida, que mi representada tiene constancia.. .que su hija menor... fue drogada (sedada o como quieran decirlo)en las propias dependencias de Aida y a los efectos de que no opusiera resistencia al secuestro al que estaba siendo sometida...sedición criminal en las dependencias públicas judiciales bajo la responsabilidad de la juez Aida "."

    Y cuyo "FALLO" dice:

    "QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a D. Cecilio como autor criminalmente responsable de un DELITO continuado de CALUMNIAS, precedentemente definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de DOCE MESES de MULTA con una cuota diaria de SEIS EUROS, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago del art.53 del C.P.

    QUE DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a D. Cecilio del delito de INJURIAS del que venía siendo acusado.

    Igualmente, está condenado al pago de las de las costas procesales.

    En concepto de responsabilidad civil se condena a D. Cecilio a indemnizar a Aida y a Regina en la cantidad, para cada una de ellas, de 1000 euros, por el daño moral causado, con aplicación del art. 576 de la LEC.

    Conforme al art. 216 del C.P. se ordena que esta sentencia se coloque en el tablón de anuncios de la sede, tanto de los Juzgados de DIRECCION000, como la sección territorial de DIRECCION001 así como que se publique, a costa del acusado, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid."

SEGUNDO

Notificada dicha Sentencia a las partes personadas, por la defensa se interpuso Recurso de Apelación, que autoriza el artículo 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEG 1882, 16), interesando el dictado de sentencia absolutoria. Hizo las alegaciones que se contienen en su escrito del recurso, que aquí se tienen por reproducidas, no pidiéndose la práctica de ninguna diligencia de prueba dándose traslado del escrito de personación al Ministerio Fiscal y a las demás partes personadas por el plazo de diez días comunes para que pudieran adherirse o impugnarlo.

TERCERO

Admitido el recurso y efectuado el correspondiente traslado a las demás partes, por el Ministerio Fiscal se presentó escrito de impugnación, interesando la confirmación de la resolución recurrida.

CUARTO

Recibido el procedimiento en esta Audiencia y...

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