SAP Madrid 357/2018, 17 de Octubre de 2018
Ponente | MARIA DEL CARMEN GARCIA DE LEANIZ CAVALLE |
ECLI | ES:APM:2018:12520 |
Número de Recurso | 438/2018 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 357/2018 |
Fecha de Resolución | 17 de Octubre de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª |
Audiencia Provincial Civil de Madrid
Sección Decimonovena
c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 7ª - 28035
Tfno.: 914933886,914933815-16-87
37007740
N.I.G.: 28.079.00.2-2015/0261354
Recurso de Apelación 438/2018
O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 45 de Madrid
Autos de Procedimiento Ordinario 1669/2015
APELANTE: D. Cipriano
PROCURADOR: DÑA. ANA CLAUDIA LÓPEZ THOMAZ
APELADOS: ASISA, S.A.
PROCURADOR: D. ANTONIO MIGUEL ÁNGEL ARAQUE ALMENDROS
SEGUROS BILBAO GRUPO CATALANA OCCIDENTE y UNITECO PROFESIONAL CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L.
PROCURADOR: DÑA. RAQUEL DÍAZ UREÑA
CLÍNICA RUBER, S.A.
PROCURADOR: D. GONZALO HERRAIZ AGUIRRE
AGRUPACIÓN MUTUAL ASEGURADORA MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA
PROCURADOR: D. ANTONIO RAMÓN RUDEDA LÓPEZ
SENTENCIA Nº 357
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
D. FERNANDO DELGADO RODRÍGUEZ
D. MIGUEL ÁNGEL LOMBARDÍA DEL POZO
DÑA. CARMEN GARCÍA DE LEÁNIZ CAVALLÉ
En Madrid, a diecisiete octubre de dos mil dieciocho.
La Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por los Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles de Procedimiento Ordinario nº 1669/2015, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 45 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante-demandante, D.
Cipriano, representado por la Procuradora DÑA. ANA CLAUDIA LÓPEZ THOMAZ y defendido por Letrado, y de otra como apeladas-demandadas, ASISA, S.A., representada por el Procurador D. ANTONIO MIGUEL ÁNGEL ARAQUE ALMENDROS y defendida por Letrado, SEGUROS BILBAO GRUPO CATALANA OCCIDENTE y UNITECO PROFESIONAL CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L., representadas por la Procuradora DÑA. RAQUEL DÍAZ UREÑA y defendidas por Letrado, CLÍNICA RUBER, S.A., representada por el Procurador D. GONZALO HERRAIZ AGUIRRE y defendida por Letrado y AGRUPACIÓN MUTUAL ASEGURADORA MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA, representada por el Procurador D. ANTONIO RAMÓN RUDEDA LÓPEZ y defendida por Letrado; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra Sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 5 de febrero de 2018.
VISTO, siendo Magistrada Ponente DÑA. CARMEN GARCÍA DE LEÁNIZ CAVALLÉ .
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 45 de Madrid se dictó Sentencia de fecha 5 de febrero de 2018 cuyo fallo es del tenor siguiente:
"Estimando la excepción de prescripción opuesta por el Procurador de los Tribunales D. Gonzalo Herráiz Aguirre en nombre y representación de Clínica Ruber, desestimo la demanda dirigida contra ella por la procuradora de los Tribunales Dña. Ana Claudia López en nombre y representación de Don Cipriano, imponiendo al demandante las costas causadas.
Desestimando la demanda deducida por el Sr. Cipriano contra Asisa S.A., Agrupación Mutual Aseguradora (AMA) y Seguros Bilbao Grupo Catalana Occidente les absuelvo de sus pretensiones.
Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad."
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido, dándose traslado a las adversas, que se opusieron al mismo, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
No estimándose necesaria la celebración de vista pública quedó en turno de deliberación, votación y fallo, lo que se ha cumplido el día 16 de los corrientes.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.
El presente recurso de apelación trae causa del procedimiento de Juicio Ordinario iniciado en virtud de demanda presentada por D. Cipriano contra ASISA, S.A., CLÍNICA RUBER, A.M.A., AGRUPACIÓN MUTUAL ASEGURADORA y SEGUROS BILBAO, interesando el dictado de una sentencia a cuyo tenor se condenase a los demandados a abonarle solidariamente la cantidad de 1.034.719 €, en concepto de indemnización de los daños y perjuicios irrogados por una mala praxis médica.
Conforme al escrito rector del procedimiento, desde el año 2012, el demandante presentaba dificultad para la marcha por cojera en la pierna izquierda y en los 3-4 últimos meses, comenzó a notar cierta debilidad en el brazo del mismo lado, en especial de la mano. En consulta neurológica, en el año 2013, fue diagnosticado de una hernia discal cervical y le plantearon la necesidad de una evaluación neuroquirúrgica a fin de decidir una intervención. Tras varias consultas y estudios, fue intervenido por el doctor Indalecio, en la clínica Ruber, de unas hernias discales cervicales, colocándosele una placa en la columna; encontrándose bien, fue dado de alta a los dos días. Ya en su domicilio, tres días después de la intervención, comenzó a notar debilidad creciente importante en las piernas siendo que, a pesar de ponerse en contacto con la consulta del Dr. Indalecio, la enfermera que la atendió en ese momento rechazó la posibilidad de ser evaluado, remitiéndole a la consulta concertada para días después; al progresar dicha debilidad, el 2 de julio de 2013 acudió a consulta en la que el doctor Justino ordenó con urgencia la realización de una resonancia magnética que confirmó el diagnóstico presuntivo que había comentado con la familia, esto es una hemorragia postoperatoria; no obstante ello, fue nuevamente enviado a su domicilio. Al día siguiente, 3 de julio, fue trasladado de urgencia a la Clínica e intervenido a las 21-22 horas, para evacuar el hematoma postoperatorio y limpiar la placa cervical; desde el diagnóstico del hematoma hasta la intervención transcurrieron 33 horas; desde los primeros síntomas hasta la operación, transcurrieron 7 días. Después de la segunda operación se notó alguna mejoría transitoria; a los tres días de estar hospitalizado, presentó nueva recaída con afectación de manos y progresión rápida, evolucionando a una parálisis de todas las extremidades. Pese a solicitarse por la familia que
siguiera ingresado en la Clínica Ruber, fue derivado al Hospital Beata María Ana para ser rehabilitado; ante la imposibilidad de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
ATS, 21 de Abril de 2021
...la sentencia de fecha 17 de octubre de 2018, dictada por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 19.ª), en el rollo de apelación nº 438/2018, dimanante de juicio ordinario nº 1669/2015 del Juzgado de Primera Instancia nº 45 de Se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la rem......