ATS, 28 de Noviembre de 2018
Ponente | FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS |
ECLI | ES:TS:2018:12747A |
Número de Recurso | 3532/2016 |
Procedimiento | Civil |
Fecha de Resolución | 28 de Noviembre de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 28/11/2018
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 3532 /2016
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 24 DE MADRID
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
Transcrito por: MRT/P
Nota:
CASACIÓN núm.: 3532/2016
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Francisco Marin Castan, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D.ª M.ª Angeles Parra Lucan
En Madrid, a 28 de noviembre de 2018.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas.
La representación procesal de don Ángel, presentó escrito de interposición de recurso de casación, contra la sentencia dictada, con fecha 1 de septiembre de 2016, por la Audiencia Provincial de Madrid, sección 24.ª, en el rollo de apelación 1456/2015, dimanante del juicio de formación de inventario en liquidación de sociedad de gananciales 692/2014, del Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Getafe.
Mediante diligencia de ordenación se tuvo por interpuesto el recurso de casación y se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días.
La procuradora doña Marta Bartolomé Dobarro, en nombre y representación de don Ángel, mediante el correspondiente escrito, se ha personado ante esta sala como parte recurrente. La procuradora doña Gloria Rubio Sanz, en nombre y representación de doña Erica, presentó escrito ante esta sala, personándose como parte recurrida.
La parte recurrente, efectuó el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15.ª LOPJ.
El recurso de casación, que tiene por objeto la sentencia dictada en un proceso especial de formación del inventario de la sociedad de gananciales, con tramitación ordenada por razón de la materia en el Libro IV, LEC, se ha interpuesto por el cauce correcto previsto en el ordinal 3º del art. 477.2 de la LEC, sin apreciarse inicialmente en la presente fase, la concurrencia de causa legal de admisión.
De conformidad y a los fines dispuestos en el art 485 LEC, procede abrir el plazo de veinte días para que la parte recurrida personada ante esta sala formalice su oposición por escrito, encontrándose las actuaciones a su disposición en secretaría.
LA SALA ACUERDA:
-
) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de don Ángel, contra la sentencia dictada, con fecha 1 de septiembre de 2016, por la Audiencia Provincial de Madrid, sección 24.ª, en el rollo de apelación 1456/2015, dimanante del juicio de formación de inventario en liquidación de sociedad de gananciales 692/2014, del Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Getafe.
-
) Abrir el plazo de veinte días para que la parte recurrida personada ante esta sala, formalice su oposición por escrito, encontrándose las actuaciones a su disposición en secretaría.
De acuerdo con lo previsto en el art. 483.5 LEC contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.