STSJ Murcia 369/2018, 28 de Septiembre de 2018

PonenteMARIA CONSUELO URIS LLORET
ECLIES:TSJMU:2018:1708
Número de Recurso80/2017
ProcedimientoProcedimiento ordinario
Número de Resolución369/2018
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2018
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MURCIA SALA 1 CON/AD

MURCIA

SENTENCIA: 00369/2018

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Equipo/usuario: UP3

Modelo: N11600

PALACIO DE JUSTICIA, RONDA DE GARAY, 5, 3ª PLANTA -DIR3:J00008050

N.I.G: 30030 33 3 2017 0000201

Procedimiento : PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000080 /2017 /

Sobre: ADMINISTRACION AUTONOMICA

De D./ña. SOCIEDAD CONCESIONARIA AEROPUERTO DE MURCIA, S.A.

ABOGADO JUAN JOSE ZABALA GUADALUPE

PROCURADOR D./Dª. AURELIA CANO PEÑALVER

Contra D./Dª. CONSEJERIA DE HACIENDA Y ADMINISTRACION PUBLICA REGION DE MURCIA

ABOGADO LETRADO DE LA COMUNIDAD

PROCURADOR D./Dª.

RECURSO núm. 80/2017

SENTENCIA núm. 369/2018

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA:

SECCIÓN PRIMERA

Compuesta por los Iltmos. Sres.:

Dña. Maria Consuelo Uris Lloret

Presidente

D. Indalecio Cassinello Gómez Pardo

Dña. Gema Quintanilla Navarro

Magistrados

Han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

La siguiente

S E N T E N C I A nº 369/18

Murcia, a veintiocho de septiembre de dos mil dieciocho

En el recurso contencioso administrativo nº 80/2017, tramitado por las normas de procedimiento ordinario, en cuantía de 182.628.215,70 €, y referido a reclamación económico- administrativa.

Parte demandante: "Sociedad Concesionaria Aeropuerto de Murcia,S.A.", representada por la Procuradora Dña. Aurelia Cano Peñalver y dirigida por el Letrado D. Juan José Zabala Guadalupe.

Parte demandada: Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, representada y dirigida por el Letrado de la Comunidad.

Actos administrativos impugnados:

-Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 15 de diciembre de 2016, desestimatoria de la reclamación económico-administrativa formulada contra la liquidación número 130100 997048413 00001 2013 5101, por importe principal de 182.628.215,70 euros.

-Orden de la misma Consejería de 10 de enero de 2017, por la que se desestima la solicitud de aplazamiento de la obligación de reembolso al Tesoro Público regional del importe antes señalado.

Pretensión deducida en la demanda: Que se dicte sentencia por la que, estimando el presente recurso contencioso-administrativo "acuerde anular:

  1. La Resolución de la Secretaria General de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Región de Murcia de 15 de diciembre de 2016, dictada por delegación del Consejero de Hacienda y Administración Pública de la Región de Murcia, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto por la SCAM contra la liquidación 130100- 997-048413-00001-2013 510-1, de 19 de septiembre de 2016, por la que se liquida y comunica el inicio del período voluntario de pago de la obligación impuesta por Orden de 17 de enero de 2014, de la Consejería de Economía y Hacienda de abono de la cantidad de 182.628.215,73 euros.

  2. La Orden del Consejero de Hacienda y Administración Pública de 10 de enero de 2017, por la que se desestima la solicitud de aplazamiento y compensación de la obligación de reembolso por importe de 182.628.215,73 euros".

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dña. Maria Consuelo Uris Lloret, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se interpuso el día 22 de febrero de 2017, siendo admitido a trámite por Decreto de 8 de marzo siguiente. La parte actora formalizó demanda, deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se opuso al recurso e interesó su desestimación.

TERCERO

Ha habido recibimiento del recurso a prueba con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en la fundamentación jurídica de esta sentencia.

CUARTO

Presentados escritos de conclusiones por las partes se señaló para votación y fallo el día 14 de septiembre de 2018, quedando las actuaciones conclusas y pendientes de sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso contencioso-administrativo se interpone por "Sociedad Concesionaria Aeropuerto de Murcia, S.A." (en adelante SCAM) contra los siguientes actos:

  1. La Resolución de la Secretaria General de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Región de Murcia de 15 de diciembre de 2016, dictada por delegación del Consejero de Hacienda y Administración Pública, por la que se desestima la reclamación económico-administrativa formulada contra la liquidación 130100-997-048413-00001- 2013 510-1, de 19 de septiembre de 2016, por la que se liquida y comunica el inicio del período voluntario de pago de la obligación impuesta a la demandante por Orden de 17 de enero de 2014, de la Consejería de Economía y Hacienda de abono de la cantidad de 182.628.215,73 euros.

  2. La Orden del Consejero de Hacienda y Administración Pública de 10 de enero de 2017, por la que se desestima la solicitud de aplazamiento y compensación de la obligación de reembolso por importe de 182.628.215,73 euros.

SEGUNDO

Para una mayor comprensión de las cuestiones debatidas en el presente recurso, y según consta en las actuaciones, procede destacar los siguientes antecedentes fácticos:

La Orden FOM 1252/2003, de 21 de mayo, dispuso, entre otros extremos, autorizar a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia la construcción del "Aeropuerto de la Región de Murcia" sobre terrenos de titularidad no estatal, y que la titularidad del aeropuerto y la gestión de los servicios consignados en los apartados 4 y 5 del artículo 2º del Real Decreto 2858/1981, de 27 de noviembre, correspondía a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Por acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de marzo de 2004 se declaró como Actuación de Interés Regional, de titularidad pública y carácter inmediato, la implantación del aeropuerto (BORM de 19 de abril de 2004).

El Plan Director del Aeropuerto de la Región de Murcia fue aprobado por Orden FOM/1067/2006, de 29 de marzo, definiendo las grandes directrices de ordenación y desarrollo del mismo, y delimitando su zona de servicio aeroportuaria.

En virtud de anuncio de licitación publicado en el DOUE y en el BOE de 8 de junio de 2006 la Comunidad Autónoma convocó procedimiento para la contratación de la "Concesión Administrativa para la Construcción y Explotación del Aeropuerto Internacional de la Región de Murcia", por procedimiento abierto, estableciendo el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) el régimen jurídico del contrato y la legislación aplicable.

El contrato fue adjudicado por Orden del Consejero de Obras Públicas de 23 de abril de 2007, previa autorización concedida por acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de mayo de 2006, siendo la concesionaria el Consorcio Aeromur, integrado por CajaMurcia, Caja de Ahorros del Mediterráneo, Cementos la Cruz, Grupo Fuertes, Grupo Monthisa, Inocsa y Sacyr, S.A. teniendo ésta mercantil la participación mayoritaria con un 60%, y cada uno de los demás integrantes del grupo un 6,66 %. El Consorcio se constituyó en fecha 31 de mayo de 2007 en sociedad concesionaria y adoptó el nombre de "Sociedad Concesionaria Aeropuerto de Murcia, S.A." (SCAM), produciéndose algunas variaciones en las entidades integrantes.

Mediante resolución de la Dirección General de Aviación Civil de 3 de junio de 2008 se autorizó el Proyecto Constructivo del Aeropuerto de la Región de Murcia, que fue aprobado el día 24 de junio de 2008 por la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio.

El calendario para la construcción y puesta en funcionamiento del aeropuerto aportado por la concesionaria en su oferta contemplaba 21 meses de período de construcción y tres meses para la fase de pruebas, y a la conclusión de las mismas la puesta en marcha de las instalaciones. Habida cuenta que el Acta de Comprobación del Replanteo fue levantada el día 24 de julio de 2008, inicialmente el plazo de ejecución finalizaba el 24 de julio de 2010, pero al aprobar la Administración el día 24 de junio de 2010 un nuevo calendario de las obras, a petición de la concesionaria, el plazo para su finalización quedó fijado para el día 28 de enero de 2012.

El Acta de Comprobación de las obras fue levantada con fecha 28 de abril de 2012. A la vista de la misma la Dirección de Explotación requirió a la concesionaria el día 7 de mayo siguiente para que a no más tardar el día 28 de julio de 2012 el aeropuerto estuviera abierto al tráfico civil y en explotación. El Acta de Comprobación de las obras no fue aprobada y el aeropuerto no ha entrado en funcionamiento.

En cuanto al aspecto económico o financiero de la concesión es de destacar que con fecha 18 de mayo de 2007 el consorcio adjudicatario presentó en concepto de Garantía Definitiva un total de siete Cartas de Pago, por importe de 7.407.190,06 euros, acompañadas del respectivo aval entregado en la Caja General de Depósitos.

El día 22 de octubre de 2010 la sociedad concesionaria presentó siete Cartas de Pago a nombre de la misma, dos de ellas por un importe de 2.222.171,84 euros cada una de ellas, y las otras cinco por un importe individual cada una de 493.807,73 euros, con una suma total de 6.913.382,33 euros, quedando pendiente de regularización la garantía presentada a nombre de "Montoro e Hijos, S.A." por importe de 493.807,73 euros.

Con fecha 28 de enero de 2010 se celebró contrato de préstamo por importe de 200.000.000 euros entre varias entidades financieras y la concesionaria, para financiar parcialmente la construcción del Aeropuerto Internacional de Murcia.

La Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2010 incluyó una Disposición Adicional Decimoctava que autorizaba al Consejo de Gobierno a conceder un aval de hasta

200.000.000 euros a la sociedad concesionaria. Fue otorgado con fecha 24 de junio de 2010, previa Decisión de la Comisión Europea de 9 de junio de 2010, que acordó no formular...

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