STSJ Castilla y León 776/2018, 6 de Septiembre de 2018

PonenteADRIANA CID PERRINO
ECLIES:TSJCL:2018:3077
Número de Recurso466/2016
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución776/2018
Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2018
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN

Sala de lo Contencioso-administrativo de

VALLADOLID

Sección Segunda

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/ADVALLADOLID

SENTENCIA: 00776 /2018

N56820 - JVA

N.I.G: 47186 33 3 2016 0105495

Procedimiento: AP RECURSO DE APELACION 0000466 /2016

Sobre: URBANISMO

De AYUNTAMIENTO DE CIUDAD RODRIGO

Representación D.ª MARIA JESUS HERNANDEZ GONZALEZ

Contra ASOCIACION DE PERJUDICADOS POR EL CREMATORIO DEL CAMINO DEL CEMENTERIO,

D. Santiago

Representación: D.ª M.ª ANGELES CASTAÑO ALVAREZ

SENTENCIA N.º 776

ILMO. SR. PRESIDENTE DE SECCIÓN:

D. JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

D. RAMÓN SASTRE LEGIDO

DÑA. ADRIANA CID PERRINO

En Valladolid, a seis de septiembre de dos mil dieciocho.

VISTO por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid el Recurso de apelación n.º 466/16, en el que han sido partes:

Como parte apelante: el AYUNTAMIENTO DE CIUDAD RODRIGO (SALAMANCA), representado ante esta Sala por la Procuradora Sra. Hernández González y defendido por el Letrado Sr. Barbero García.

Como parte apelada: D. Santiago, en su nombre propio y como presidente de la "ASOCIACIÓN DE PERJUDICADOS POR EL CREMATORIO DEL CAMINO DEL CEMENTERIO DE CIUDAD RODRIGO", representado ante esta Sala por la Procuradora Sra. Castaño Álvarez y defendido por el Letrado Sr. Bueno Julián.

Es objeto del recurso de apelación la sentencia nº 196/16, de fecha 30 de junio 2016 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 1 de Salamanca en los autos de Procedimiento Ordinario nº 139/14.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Salamanca se dictó Sentencia nº 196/16, de fecha 30 de junio 2016 en los autos de Procedimiento Ordinario nº 139/14, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "estimo parcialmente el recurso contencioso administrativo interpuesto por la procuradora Dª. Mª Ángeles Castaño en representación de la "Asociación de perjudicados por el Crematorio del Camino del Cementerio de Ciudad Rodrigo" y D. Santiago contra la resolución 99/2014 del Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo de 17 de marzo de 2014, por el que se conceden licencias urbanística y ambiental a la sociedad "Fabián Martín S.L." para instalación de Velatorio-Crematorio en el Camino del Cementerio nº 54.

Y declaro que la resolución recurrida no es conforme a derecho, anulándola y dejándola sin efecto.

Sin imposición de costas a ninguna de las partes."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se ha interpuesto por la representación procesal del Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo recurso de apelación del que, una vez admitido, se dio traslado a la parte contraria que presentó escrito de oposición al mismo.

TERCERO

Elevados los autos y el expediente administrativo a la Sala, se acordó la formación y registro del presente recurso de apelación.

Declarada conclusa la presente apelación se señaló para votación y fallo el día 19 de junio pasado.

Ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª. ADRIANA CID PERRINO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso de apelación tiene por objeto la sentencia nº 196/16, de fecha 30 de junio de 2016 dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Salamanca en los autos de Procedimiento Ordinario nº 139/14 por la que se estima parcialmente el recurso contencioso administrativo formulado contra la resolución 99/2014 del Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo de 17 de marzo de 2014, por la que se conceden licencias urbanística y ambiental a la sociedad "Fabián Martín S.L." para instalación de Velatorio-Crematorio en el Camino del Cementerio nº 54, anulando la citada resolución.

La sentencia aquí apelada, con remisión a la sentencia del mismo Juzgado dictada en el PO 129/14 en la que se resolvía sobre la impugnación de la misma resolución objeto del presente procedimiento, mantiene la incompatibilidad urbanística de la ubicación elegida para la instalación del velatorio-crematorio por contravención de la Ordenanza 4-ME del PGOU de Ciudad Rodrigo al establecer en su punto 4.1.1 que el uso característico en esa zona es residencial, no encontrándose dentro de los usos permitidos en el punto

4.3.1 el uso funerario, y la existencia de crematorio impide su asimilación a uso sanitario, máxime al existir una vivienda colindante a la finca; considera también que el Proyecto Básico no contempla medidas sanitarias y de gestión de residuos generados u otras medidas correctoras para evitar que se generen daños a la salud pública o al medio ambiente conforme previene el artículo 27 del Decreto 16/2005, de 10 de febrero, por el que se regula la policía sanitaria mortuoria en la Comunidad de Castilla y León. Anula la resolución recurrida con las consecuencias derivadas de dicha anulación pero desestima la petición de clausura y cierre de las instalaciones al considerar que debe ser adoptada por la vía administrativa correspondiente.

La parte apelante fundamenta su recurso, en líneas generales, en el error padecido en la sentencia de instancia al valorar la prueba existente en lo concerniente a la incompatibilidad urbanística apreciada por el Juzgador de instancia al efectuar una incorrecta valoración de los dictámenes periciales en los que el uso pretendido se asimila al uso sanitario, considerando por tanto que resulta compatible con el uso residencial característico de esa zona al no estar expresamente prohibido el uso funerario; atribuye un nuevo error a la sentencia apelada en cuanto que no tiene en consideración el informe favorable del Servicio Territorial de Sanidad y Bienestar Social de 30 de septiembre de 2013 al informar que el Proyecto cumple con los requisitos del artículo 32 del Decreto 16/2005, de 10 de febrero.

La Asociación apelada manifiesta su oposición a esta apelación compartiendo los...

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