STSJ Asturias 1839/2018, 10 de Julio de 2018

PonenteCARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ
ECLIES:TSJAS:2018:2470
Número de Recurso1247/2018
ProcedimientoSocial
Número de Resolución1839/2018
Fecha de Resolución10 de Julio de 2018
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 01839/2018

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL DE OVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax: 985 20 06 59

NIG: 33044 44 4 2017 0004087

Equipo/usuario: MAR

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0001247 /2018

Procedimiento origen: IAA IMPUGNACION DE ACTOS DE LA ADMINISTRACION 0000683 /2017

Sobre: SANCION

RECURRENTE/S D/ña MANTELNOR OUTSOURCING SL

ABOGADO/A: OLIVA MARIA SALGADO CRUZ

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: CONSEJ. EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO P. ASTURIAS-DIREC. GRAL COMERCIO Y TURISMO

ABOGADO/A: LETRADO DE LA COMUNIDAD

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

Sentencia nº1839/2018

En OVIEDO, a diez de julio de dos mil dieciocho.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias formada por los Iltmos. Sres. D. JORGE GONZÁLEZ RODRIGUEZ, Presidente, Dª. CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ,

D. LUIS CAYETANO FERNÁNDEZ ARDAVIN y Dª. MARÍA DE LA ALMUDENA VEIGA VÁZQUEZ, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0001247/2018, formalizado por la LETRADA DªOLIVA MARIA SALGADO CRUZ en nombre y representación de MANTELNOR OUTSOURCING SL, contra la sentencia número 142/2018 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 5 de OVIEDO en el procedimiento IMPUGNACION DE ACTOS DE LA ADMINISTRACION 0000683/2017, seguidos a instancia de MANTELNOR OUTSOURCING SL frente a la CONSEJ. EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO P. ASTURIAS- DIREC. GRAL COMERCIO Y TURISMO, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por MANTELNOR OUTSOURCING SL presentó demanda contra la CONSEJ. EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO P. ASTURIAS-DIREC. GRAL COMERCIO Y TURISMO, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 142/2018, de fecha doce de marzo de dos mil dieciocho .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

"1º.- En expediente NUM000 tramitado por CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS se dictó Resolución de fecha 17 de julio de 2017 en la que se confirma el acta de infracción nº NUM001 extendida a la empresa la entidad MANTELNOR OUTSOURCING S.L. imponiendo la sanción de DOS MIL CIEN € (2.100€) por infracción GRAVE según el artículo 12.8 del Real Decreto legislativo 5/2000 de 4 de agosto por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el orden social apreciándose en su GRADO MÍNIMO de conformidad con las circunstancias previstas en el Art.

39.3 del Real Decreto legislativo 5/2000 de 4 de agosto .

  1. - En fecha 15 de septiembre de 2017 se extendió por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social Acta de infracción nº NUM002 cuyo contenido se da por reproducido en el que se indica que:

En cumplimiento de la orden de servicio 33/0007622116 por la funcionaria actuante se deja constancia de lo siguiente:

Examinadas las bases de Asexor del Registro Mercantil se comprueba que la sociedad Mantelnor Outsourcing

S.l con CIF B15591357 se constituye en fecha 5 de marzo del 1997, cuenta con un capital social de 6010 euros, con domicilio social sito en Calle Curros Enríquez, 43 bajo en A Coruña. Su objeto social es la conservación, mantenimiento y reparación de vías públicas, carreteras, conducciones eléctricas, de aire y de gas, la prestación de servicios de externalización referentes a diversos apartados.

La sociedad BAmpinor es la matriz de Mantelnor con un 97% de las participaciones y a su vez Mantelnor posee el 100% de Mantelnor Limpieza s.l y Mantelnor Sistemas s.l.

Mantelnor Outsourcing y Nortempo ETT comparten el mismo órgano social, Don Jesús Ángel y d omicilio sito en Calle Curros Enríquez, 43.

A pesar de tener trabajadores contratados y que prestan servicios en Asturias, la empresa no ha abierto código de cuenta de cotización en Asturias.

En fecha 18 de agosto del 2016 para dar cumplimiento a la citación realizada a la empresa Mantelnor Outsourcing, comparece en las dependencias de la Inspección de Trabajo Doña Estela en calidad de Directora de Oficina de Nortempo y aporta la documentación requerida. A preguntas de la funcionaria actuante refiere que Mantelnor y Nortempo comparten la misma oficina sita en Plaza Humedal, 1 en Gijón, únicamente la supervisora de zona de Mantelnor tiene puesto de trabajo en las oficinas de Nortempo, el resto son todos puesto de trabajo de Nortempo, son el personal de Nortempo quien efectúa la selección de personal para Mantelnor. Las áreas de trabajo de Mantelnor en Asturias son la de camarera de pisos y reparto a pie.

Se han examinados los contratos de trabajo aportados por la empresa, que según refieren han prestado servicios en Asturias (extremo difícil de comprobar al no disponerse de código de cuenta de cotización abierto en esta provincia). Se hace referencia a título de ejemplo a los siguientes:

; Magdalena, contratada en fecha 15 de septiembre del 2015 con la categoría de jefe de equipo mediante contrato por obra a tiempo parcial con una jornada de 20 horas semanales.

; Marisa, contratada en fecha 7 de julio del 2016 con la categoría de camarera de pisos, con jornada de cuatro horas al día( no se especifica la jornada semanal, mensual o anual que va a realizar la trabajadora ni los días que va a trabajar, ni el horario de trabajo.

; Montserrat, contratada con la categoría de camarera de piso en fecha 25 de junio del 2016 mediante contrato por obra o servicio determinado a tiempo parcial con una jornada de dos horas diarias, no figura ni los días que va a prestar servicios ni el horario de trabajo, por lo que su jornada semanal podría ser entre dos y catorce horas.

; Otilia contratada con la categoría de camarera de pisos en fecha 22 de julio del 2016; mediante contrato por obra a tiempo parcial con una jornada de cuatro horas al día, se desconoce los días de prestación de servicios y el horario de trabajo.

; Raimunda, con la categoría de camarera de pisos, contratada en fecha 16 de s eptiembre del 2015 mediante contrato por obra a tiempo parcial con una jornada de veinte horas semanales en horario de 9 a 13 horas de lunes a domingos con los descansos que establece la ley, no fija los días de prestación de servicios ni el horario pero al menos señala el número de días que se trabajarán semanalmente.

; Rosaura, contratada con la categoría de camarera de piso en fecha 31 de julio del 2016 me diante contrato por obra a tiempo parcial con una jornada de tres horas diarias, y quince horas semanales. Figura la jornada semanal pero no los días de prestación de servicios ni el horario de trabajo.

; Sonsoles, contratada con la categoría de camarera de pisos en fecha 12 de julio del 2016 con una jornada de cuatro horas diarias en horario de 10 a 14 horas. No se fija la jornada semanal, mensual o anual ni los días de prestación de servicios.

; Valentina, es contratada en fecha 12 de julio del 2016 con la categoría de camarera de pisos con uan jornada de cuatro horas diarias de 10 a 14 horas mediante contrato por obra o servicio determinado a tiempo parcial, no se fija ni jornada ni los días de prestación de servicios.

; Antonieta, es contratada en fecha 12 de julio del 2016 con la categoría de camarera de pisos mediante contrato por obra a tiempo parcial con una jornada de cuatro horas días sin especificar los días de prestación de servicios ni la jornada semanal, mensual o anual. El horario es de 10 a 14 horas.

; María Teresa contratada con la categoría de camarera de pisos mediante contrato por obra a tiempo parcial en fecha 21 de julio del 2016 con una jornada de cuatro horas diarias, no se especifica los días de prestación de servicios.

; Adela contratada con la categoría de limpiadoras en fecha 1 de enero del 2016 con un a jornada de 1,25 horas al día, no se especifica los días de prestación de servicios

; Alejandra, contratada con la categoría de camarera mediante contrato por obra a tiempo parcial en fecha 28 de julio del 2016 con una jornada de cuatro horas diarias en horario de 10.30 a 14.30 horas, no fijan señalados los días de prestación de servicios .

; Ascension, es contratada con la categoría de auxiliar de pisos y limpieza en fecha 15 de junio del 2016 mediante contrato por obra o servicio a tiempo parcial con una jornada de 6,67 horas diarias, no figura los días de prestación de servicios.

; Benita, contratada con la categoría de supervisora, mediante contrato a tiempo parcial en fecha 1 de marzo del 2016 con una jornada diaria de cuatro horas de 10 a 14 horas, no se fijan los días de prestación de servicios.

; Caridad, contratada con la categoría de camarera de pisos con una jornada de cuatro horas diarias de 10 a 14 horas, no figuran los días de prestación de servicios.

; Porfirio, contratado con la categoría de repartidor en fecha 28 de junio del 2016 con una jornada de cuatro horas diarias de 13 a 17 horas, no figuran los días de trabajo efectivos.

Gestión preventiva. En fecha 10 de noviembre del 2014 se constituye un servicio de prevención mancomunado del Grupo BAmpimor constituida por las empresas Nortempo ETT, Fundación Nortempo, Grupo Clave Consultor

S.A, AC Marck S.L, Europeo Inmuebles S.L, Mantelnor Sistemas S.L, Mantelnor Outsourcing S.L, Mantelnor Limpiezas S.L, BAMPINOR S.L. y Multiservicios Cantabria S.L.

Se ha examinado dentro de la gestión preventiva la formación a los trabajadores sobre los riesgos de su puesto de trabajo y la vigilancia de la salud.

Formación. En la documentación entregada inicialmente como justificante de la formación de los...

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