AAP Almería 321/2018, 18 de Mayo de 2018

PonenteJESUS MARTINEZ ABAD
ECLIES:APAL:2018:629A
Número de Recurso170/2018
ProcedimientoPenal. Procedimiento abreviado y sumario
Número de Resolución321/2018
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA

SECCIÓN TERCERA

ROLLO PENAL Nº 170/2018

AUTO 321/18.

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. JESÚS MARTÍNEZ ABAD

MAGISTRADOS:

D. LUIS DURBÁN SICILIA

D. MANUEL JOSÉ REY BELLOT

Almería a Dieciocho de Mayo de dos mil dieciocho.

HECHOS
PRIMERO

El Juzgado de Instrucción nº 4 de El Ejido, por Auto de 8 de agosto de 2017, acordó la incoación de Diligencias Previas, registradas con el nº 652/2017, inhibiéndose a favor del Juzgado de Instrucción nº 2 de Berja, con competencia en materia de violencia sobre la mujer, que a su vez dictó el 29 de agosto del mismo año auto de incoación de diligencias previas, registradas bajo el nº 456/2017, rechazando la inhibición acordada por el mencionado Juzgado de Instrucción, al que devolvió las actuaciones.

SEGUNDO

El Juzgado de Instrucción nº 4 de El Ejido, con fecha 20-11-2017, incoó nuevas Diligencias Previas, registradas bajo el nº 980/2017, en virtud de auto en el que se inhibió a favor del Juzgado de Instrucción de Berja, correspondiendo al Juzgado nº 1 de dicha localidad, que por auto de 10 de enero de 2018 acordó rechazar dicha inhibición planteando cuestión de competencia negativa, a cuyo efecto elevó a esta Audiencia, con esa misma fecha, exposición razonada para la resolución de la misma.

TERCERO

Recibidas dichas actuaciones, correspondieron a la Sección Tercera de esta Audiencia, donde se formó el correspondiente Rollo, registrado con el nº 170/2018, se turnó de ponencia, confiriéndose traslado al Fiscal que, en escrito de 28 de marzo pasado, expuso que la competencia para el conocimiento de las presentes diligencias debía corresponder al Juzgado de Instrucción de Berja con competencia en materia de Violencia sobre la Mujer, por las razones expuestas en su correspondiente informe, señalándose, a continuación, para deliberación, votación y resolución el día de la fecha.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JESÚS MARTÍNEZ ABAD.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Sostiene el Juzgado de Instrucción nº 4 de El Ejido que la competencia para conocer de los hechos objeto de la denuncia, constitutivos de un posible delito de malos tratos en el ámbito familiar, corresponden al Juzgado de Berja con competencia en materia de Violencia sobre la Mujer, por radicar el domicilio de la víctima en el municipio de Balanegra, perteneciente al Partido Judicial de Berja, sosteniendo este último que ninguno de los...

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