SJS nº 1 171/2018, 25 de Mayo de 2018, de Palencia
Ponente | MARIA DEL AMPARO RODRIGUEZ RIQUELME |
Fecha de Resolución | 25 de Mayo de 2018 |
ECLI | ES:JSO:2018:3529 |
Número de Recurso | 590/2017 |
JDO. DE LO SOCIAL N. 1
PALENCIA
SENTENCIA: 00171/2018
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C/MENENDEZ PELAYO Nº 2
Tfno: 979 16 87 35
Fax: 979 16 77 62
Equipo/usuario: EH NIG: 34120 44 4 2017 0001167
Modelo: N02700
DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000590 /2017
Procedimiento origen: /
Sobre: DESPIDO
DEMANDANTE/S D/ña: Berta
ABOGADO/A: FRANCISCO JAVIER SOLANA BAJO
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
DEMANDADO/S D/ña: MINISTERIO FISCAL, GERENCIA REGIONAL DE SERVICIOS SOCIALES DE CASTILLA Y LEON
ABOGADO/A: , LETRADO DE LA COMUNIDAD
PROCURADOR: ,
GRADUADO/A SOCIAL: ,
Nº AUTOS: 590/2017
Despido
DEMANDANTE: Berta
DEMANDADO: Gerencia Regional de Servicios Sociales de Castilla y León, Ministerio Fiscal
En PALENCIA, a veinticinco de mayo de dos mil dieciocho.
Dª Mª del Amparo Rodríguez Riquelme, Magistrada Juez del Juzgado de lo Social nº 1, tras haber visto el presente procedimiento en reclamación de Despido nº 590/2017 a instancia de Dª. Berta , contra Gerencia Regional de Servicios Sociales de Castilla y León y del que se ha dado traslado al Ministerio Fiscal, ha pronunciado la siguiente:
SENTENCIA Nº 171/2018
En fecha 27-12-2017, previa presentación y reparto ante el Decanato de esta capital, tuvo entrada en este Juzgado, demanda origen de los autos nº 590/2017, señalándose el día 5-3-2018 a las 11,30 horas para la celebración del acto del juicio.
Llegada la hora señalada comparece de una parte, como demandante Dª. Berta , representada por el Letrado D. Francisco Javier Solana Bajo según poder apud acta obrante en autos y de otra, como demandado Gerencia Regional de Servicios Sociales de Castilla y León representado por la Letrada Dª Ana Fraile Martín, según tiene acreditado en este Juzgado.
El Ministerio Fiscal no comparece pese a estar citado en legal forma.
Se pasó al acto de juicio, donde la parte actora se afirma y ratifica en su demanda y la parte demandada se opone. Hechas las alegaciones y practicadas las pruebas que constan recogidas en el acta del juicio, se elevan las conclusiones a definitivas quedando los autos conclusos para sentencia previo informe del Ministerio Fiscal sobre la competencia de este Juzgado de lo Social.
En la tramitación de estos autos se han observado todas las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.
PROBADOS
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- La actora Dª. Berta , mayor de edad y con DNI NUM000 y como consecuencia del llamamiento en aplicación del procedimiento de contratación por el régimen de bolsa de empleo firmó un contrato con la Junta de Castilla y León, fechado el 10-10-2006, contrato de duración determinada de interinidad destacado:
-La persona contratada prestará sus servicios como NUM001 Técnico Superior de Educación Infantil.
-La jornada de trabajo será a tiempo parcial de 17,5 h a la semana.
-La duración del presente contrato se extenderá desde 10-10-2006 hasta----
-El contrato de duración determinada se celebra para sustituir al trabajador Inmaculada , con reserva del puesto de trabajo. Cuando se trate de plazas de RPT el contrato podrá extenderse si bien hasta la reincorporación del sustituido o de no producirse ésta, hasta la cobertura definitiva o amortización reglamentaria de la plaza.
El trabajador contratado desempeñará el puesto de trabajo de NUM001 -Técnico Superior de Educación Infantil.
-Cláusula adicional: El centro en que la trabajadora prestará sus servicios es el CEI la Inmaculada de León.
Con baja el 14-3-2010 figurando como causa " extinción del contrato" modalidad " finalización contrato ".
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1.- Dª Berta solicitó la conversión de su contrato temporal a tiempo parcial (media jornada) en un contrato temporal a tiempo completo, lo que fue aceptado por Resolución de 15-3-2010 del Delegado Territorial de León firmándose entre la Junta de Castilla y León como empresa y Dª Berta como trabajadora un contrato de trabajo de duración determinada un contrato de trabajo de duración determinada (interinidad) fechada el 15-3-2010 del que destacan las siguientes cláusulas:
-La persona contratada prestará sus servicios como NUM001 Técnico de Jardín de Infancia.
-La jornada de trabajo será a tiempo completo.
-La duración del presente contrato se extenderá desde el 15-3-2010
-El contrato de duración determinada se celebra para sustituir al trabajador Inmaculada con reserva de puesto de trabajo. Cuando se trate de plazas de RPT, el contrato podrá extenderse o bien hasta la reincorporación del sustituido o de no producirse ésta, hasta la cobertura definitiva o amortización reglamentaria de la plaza.
Motivo de la sustitución: enfermedad IT.
El trabajador contratado desempeñará el puesto de trabajo de NUM001 técnico de jardín de infancia.
-Cláusulas adicionales: la trabajadora prestará sus servicios en el CEI la Inmaculada de León.
Con baja el 15-10-2010 figurado como causa " extinción del contrato" y modalidad " finalización contrato".
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2º.- Dª Berta solicitó la conservación de su contrato temporal a tiempo completo en un contrato temporal a tiempo parcial (media jornada), lo que fue aceptado por Resolución de 15-10-2010 del Delegado Territorial de León de la Junta de Castilla y León, firmándose entre la Junta de Castilla y León como empresa y Dª Berta como trabajadora un contrato de trabajo de duración determinada fechado el 16-10-2010, bajo la modalidad de interinidad, del que destacan las siguientes cláusulas:
*la persona contratada prestará sus servicios como NUM001 Técnico de jardín de Infancia.
*la jornada de trabajo será a tiempo parcial de 17,5 h a la semana.
*la duración del presente contrato se extenderá desde 16-10-2010 hasta----
*el contrato de duración determinada se celebra para sustituir al trabajador Inmaculada siendo la causa sustituir a trabajadores con reserva del puesto de trabajo. Cuando se trate de plazas de RPT el contrato podrá extenderse o bien hasta la reincorporación del sustituido o de no producirse ésta, hasta la cobertura definitiva o amortización reglamentaria de la plaza
Motivo de sustitución: otros motivos de sustitución.
El trabajador contratado desempeñará el puesto de trabajo de NUM001 -Técnico de Jardín de Infancia.
*Cláusulas adicionales: el presente contrato se celebra para sustituir a una trabajadora con permiso de reducción de jornada por guarda legal. La trabajadora prestará sus servicios en el CEI la Inmaculada de León.
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3.- A los efectos de la TGSS, la Sra. Berta figuró dada de alta para la empresa Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades desde el 10-10-2006 al 30-11-2011, pasando a prestación por desempleo desde el 1-12-2011 al 15-1-2012
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- Dª Berta , como consecuencia de llamamiento en aplicación del procedimiento de contratación por el régimen de Bolsa de Empleo, firmó un contrato con la Junta de Castilla y León, fechado el 16-1-2012, contrato de duración determinada de interinidad destacando:
-La persona contratada prestará sus servicios como NUM002 -Técnico de Jardín de Infancia.
-La jornada de trabajo será a tiempo completo.
-La duración del presente contrato se extenderá desde 16-1-2012 hasta 21-2-2012.
-El contrato de duración determinada se celebra para sustituir al trabajador Asunción , siendo la causa: otros motivos de sustitución.
-Cláusulas adicionales:
.Centro de trabajo CEI la Cigüeña de Valladolid.
.El motivo de este contrato es la sustitución por permiso sindical concedido a Asunción , debido a la celebración de elecciones sindicales el próximo día 23 de febrero de 2012.
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1.- A los efectos de la TGSS, la Sra. Berta ha figurado dada de alta para la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades desde el 16-1-2012 al 21-2-2012.
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- Dª Berta , como consecuencia de llamamientos en aplicación del procedimiento de contratación por el régimen de bolsa de empleo firmó un contrato con la Junta de Castilla y León, fechado el 5-3-2012, contrato de duración determinada de interinidad destacando:
*la persona contratada prestará sus servicios como NUM003 -Técnico de Jardín de Infancia.
*la jornada de trabajo será a tiempo completo.
*la duración del presente contrato se extenderá desde el 5-3-2012 hasta ---
*la trabajadora percibirá una retribución por todos los conceptos según convenio colectivo vigente e incrementos que legalmente procedan. En el contrato de duración determinada se celebra para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción, hasta su cobertura definitiva o amortización reglamentaria.
El trabajador contratado desempeñará el puesto de trabajo de NUM003 - Técnico de Jardín de Infancia.
*cláusulas adicionales:
Sustitución de vacante dejada por Dª Emilia , Técnico de Jardín de Infancia, por adjudicación de nuevo destino por Resolución de 16 de febrero de 2012 de la Viceconsejería de Función Pública y Modernización, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados abierto y permanente para la provisión de puestos de trabajo adscritos al personal laboral al servicio de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos, puesto NUM003 en el CEI Apeninos de Guardo .
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1.- Por Resolución de 7-11-2017 de la Gerencia de Servicios Sociales se acordó la baja de la trabajadora Dª Berta con fecha 23-11-2017 figurando como causa de la baja " extinción del contrato " y como modalidad " finalización contrato ".
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2.- A los efectos de la TGSS, la Sra. Berta ha figurado dada de alta para la empresa Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades desde el 5-3-2012 al 31-7-2014 y a partir del 1-8-2014 para la Gerencia Territorial de Servicios Sociales con baja el 23-11-2017.
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- La demandante ni en noviembre de 2017 ni en el año anterior ha ostentado cargo sindical alguno ni de representación de los trabajadores.
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- La retribución mensual bruta que Dª Berta venía percibiendo por su trabajo como Técnico Superior de Educación Infantil para la Gerencia de Servicios...
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