SJS nº 3 241/2018, 7 de Mayo de 2018, de Oviedo

PonenteMARIA DE LOS ANGELES ANDRES VEGA
Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2018
ECLIES:JSO:2018:3572
Número de Recurso148/2018

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3

OVIEDO

DEMANDA (DSP) Nº: 148/2018

SENTENCIA Nº: 241/2018

En OVIEDO, a siete de mayo de dos mil dieciocho.

Dña. MARÍA DE LOS ÁNGELES ANDRÉS VEGA, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 3 de OVIEDO, tras haber visto los presentes autos sobre: DESPIDO OBJETIVO , seguidos entre partes:

Como demandante Dª Santiaga , que comparece representada por el Letrado Sr. José María Villanueva Retuerto.

Como demandadas la UNIVERSIDAD DE OVIEDO , que comparece representada por el Letrado Sr. Ángel Serna Martínez, y la FUNDACIÓN UNIVERSIDAD DE OVIEDO , que comparece representada por el Letrado Sr. Carlos Huerres García.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO .- El día 8-3-18, se presentó la demanda rectora de los autos de referencia en la que, tras la alegación de hechos y fundamentos de derecho, solicita se dicte sentencia por la que se declare la improcedencia del despido, condenando a la Fundación Universidad de Oviedo a estar y pasar por esta declaración, y de conformidad con lo regulado en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores a que opte por la readmisión de la trabajadora en las mismas condiciones laborales que informaban la relación laboral con anterioridad a la fecha de la extinción, con el abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta que se produzca la readmisión, o se proceda al abono de una indemnización calculada conforme a lo regulado en el citado artículo 56 y Disposición Transitoria Undécima del Estatuto de los Trabajadores , todo ello con independencia de las responsabilidades que les pudieran incumbir al resto de los demandados, y en todo caso se proceda al abono de las diferencias de la parte proporcional de vacaciones, que en el presente caso asciende a 924,52 € brutos, condenando a la Fundación Universidad de Oviedo al abono de dicha cantidad, todo ello con independencia de las responsabilidades que pudieran incumbir al resto de los demandados.

SEGUNDO .- En el acto del juicio celebrado el día 2-5-18, la parte actora se ratificó en su demanda pidiéndose de contrario su desestimación en base a las alegaciones que constan en la correspondiente Acta. Practicada la prueba propuesta con el resultado que consta en autos, las partes concluyeron insistiendo en sus respectivas pretensiones. Se aportó prueba documental.

HECHOS

PROBADOS

  1. ) Santiaga , de las demás circunstancias personales que en autos constan y provista de DNI nº NUM000 , ha venido prestando servicios por cuenta y orden de la empresa Fundación Universidad de Oviedo - FUO, con antigüedad de 22-9-1998, categoría profesional de Directora Gerente, teniendo contrato indefinido a T. Completo, devengando un salario regulador de 189,17 € día todo incluido y sin ostentar ni haber ostentado cargo alguno de representación legal o sindical de los trabajadores.

  2. ) Fue contratada por la FUO como Titulado Superior Gestor el 22-9-98 sujetándose la relación laboral al convenio colectivo de oficinas y despachos de Asturias -contrato de trabajo ordinario a T.C. y por tiempo indefinido-.

    En Acta de sesión de la FUO de 1-06-1998 se aprobó la contratación de la demandante como responsable de la OTRI de la Universidad de Oviedo.

    En Acta del Consejo Rector de la FUO de fecha 11-9-1998 se aprobó la contratación de la demandante por unanimidad con una retribución bruta anual de 5.000.000 pesetas.

    En Acta de 23-2-2000 se ensalzó la labor de la demandante como directora durante el tiempo que ha estado al frente de la FUO, con especial referencia a las diversas actividades que desarrolla y que han sido puestas en marcha por ella de forma individual y sin soporte alguno, se confirma también la necesidad de aumentar el apoyo que recibe la Directora así como su autonomía en aspectos tales como la firma de los pagos, para que asuma las funciones que cualquier director de entidades similares tiene, evitando de esta forma que se paralice la gestión diaria de la FUO. Ratificándose en dicha reunión del Consejo Rector de la FUO, por unanimidad, el nombramiento de doña Santiaga como directora de la FUO y asimismo por unanimidad el poder a la Directora para ordenar pagos.

  3. ) El 15-2-2018 se subscribe contrato entre la FUO y doña Patricia , con carácter indefinido y regido por el R.D. 1382/1985 por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección, para que preste servicios o desempeñe el cargo de Directora-Gerente de la FUO, con plena dedicación profesional y asumiendo cuantas funciones de planificación, ejecución y supervisión sean precisas para el correcto desempeño del cometido de alta dirección que le es encomendado; asumiendo en el ejercicio del cargo las responsabilidades ejecutivas de la entidad inherentes al mismo, en los términos acordados por el órgano de gobierno o administración, y desempeñará sus funciones de acuerdo con los poderes que le sean conferidos. Obrando en autos, f. 123 a 126, en lo demás se da por reproducido.

  4. ) Los estatutos de la Universidad de Oviedo fueron publicados en el BOPA de 11-II-2010. Para el cumplimiento de sus fines actúa con personalidad jurídica única, posee autonomía económica y financiera, rigiéndose el personal laboral a su servicio por el Convenio Colectivo propio de la Universidad.

  5. ) La FUO constituye una fundación cultural de carácter docente y sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica y de obrar, a tenor de sus estatutos elevados a público el 18-11-2013.

    Tiene la condición de medio propio de la Universidad de Oviedo, pudiendo recibir encargos de esta última para la ejecución de cualquier actividad o actuación relacionada con los fines de la FUO recogidos en el art. 5 de los Estatutos de ésta. Sus fines son:

    1. Concesión de becas y ayudas a la investigación, al estudio y a la capacitación profesional.

    2. Instituir premios para trabajos y méritos que puedan ser determinados por su Patronato.

    3. Organización de exposiciones, conferencias, coloquios, cursos o seminarios.

    4. Promover, producir, editar, publicar y distribuir, tesis doctorales, tesinas o memorias de licenciatura, trabajos de investigación de cualquier tipo, libros, revistas y otro tipo de publicaciones en soporte papel de carácter educativo, científico, cultural o social. También podrá promover, producir, editar, publicar y distribuir material audiovisual y multimedia de carácter educativo, científico, cultural o social.

    5. La promoción y gestión de actividades y proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico.

    6. Prestación de servicios de promoción y gestión social para la protección de la juventud, procurando la inserción de los alumnos de los últimos cursos de los planes universitarios, así como de los recién titulados, en su ámbito profesional y laboral específico.

    7. Colaborar con la Universidad de Oviedo en las actividades que, a juicio de ésta, lo requieran.

    8. Organización de representaciones musicales, coreográficas, teatrales, cinematográficas o culturales en general.

    9. Establecer convenios y conciertos de cooperación e intercambio con entidades públicas, particulares e instituciones afines del todo el mundo, y muy especialmente con Organismos, Instituciones y Centros Universitarios, nacionales y extranjeros, que posibiliten la colaboración y la realización de proyectos comunes tendentes a favorecer y mejorar la investigación, las prácticas de los alumnos universitarios y el perfeccionamiento profesional de los postgraduados.

    10. Cualesquiera otras actividades no mencionadas expresamente pero que sean adecuadas para el cumplimiento de los fines fundacionales.

    Son órganos de la Fundación, El Patronato y la Comisión Ejecutiva. Corresponde al Patronato: a) La aprobación de la memoria y de las cuentas anuales. b) Aprobar el plan de actuación del ejercicio siguiente. c) La modificación de los Estatutos. d) Nombrar a los miembros de la Comisión ejecutiva. e) Establecer las Comisiones que sean necesarias para el mejor desarrollo de los fines fundacionales determinando su composición y funciones. f) Admitir la incorporación de nuevos patronos. g) Adoptar acuerdos sobre aquellos actos que requieran autorización del Protectorado.

    La dirección, gestión y coordinación de las actividades a desarrollar por la FUO podrá ser encargada a un director-gerente. Éste asistirá a las reuniones del Patronato y de la Comisión Ejecutiva con voz pero sin voto. Serán funciones propias del director-gerente las que en cada caso y momento le sean asignadas por el Patronato o la Comisión Ejecutiva -art. 21º de los estatutos-.

  6. ) El Rector de la Universidad de Oviedo es el Presidente del Patronato de la FUO. El Patronato de la FUO está integrado por la Universidad de Oviedo, el Ayuntamiento de Oviedo, HUNOSA, FADE, UGT....

    Los órganos de gobierno de la Universidad de Oviedo son el Rector y el Consejo de Gobierno.

  7. ) En reunión extraordinaria del Patronato de la FUO de 22-11-17 , uno de los puntos del orden del día era la "propuesta del Presidente acerca del cese de la directora-gerente" hoy demandante. Consta en ella que "El Rector toma la palabra para agradecer a la actual Directora Gerente la extraordinaria labor realizada en la Dirección de la Fundación. Doña Santiaga agradece también la colaboración recibida a los representantes de todas las instituciones y a los equipos de gobierno con los que ha trabajado. A continuación, se retira de la sesión".

    La propuesta del Presidente fue aprobada por mayoría con la abstención de los representantes de UGT y CCOO, y el resto de votos a favor.

    El siguiente punto del orden del día era la "propuesta del Presidente de inicio del proceso de selección del Director/Gerente".

  8. ) El 11-12-17 se le entrega a la demandante comunicación del siguiente tenor literal:

    "Estimada Directora Gerente de la Fundación Universidad de Oviedo, Querida Santiaga ,

    Que de conformidad con las...

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