SJS nº 1 303/2018, 25 de Abril de 2018, de Cuenca

PonenteRAMON GONZALEZ DE LA ALEJA GONZALEZ DE LA ALEJA
Fecha de Resolución25 de Abril de 2018
ECLIES:JSO:2018:3422
Número de Recurso791/2016

JDO. DE LO SOCIAL N. 1

CUENCA

SENTENCIA: 00303/2018

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

C/ GERARDO DIEGO, S/N CUENCA

Tfno: 969247000

Fax: 969247061

Equipo/usuario: JRL

NIG: 16078 44 4 2016 0000833

Modelo: N02700

DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000791 /2016

Procedimiento origen: /

Sobre: DESPIDO

DEMANDANTE/S D/ña: Octavio

ABOGADO/A: FRANCISCO JAVIER CABERO DIEGUEZ

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

DEMANDADO/S D/ña: UNIVERSIDAD DE CASTILLA LA MANCHA

ABOGADO/A: LETRADO DE LA UNIVERSIDAD

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

En CUENCA, a veinticinco de abril de dos mil dieciocho.

D. RAMON GONZALEZ DE LA ALEJA GONZALEZ DE LA ALEJA Magistrado Juez del JDO. DE LO SOCIAL N. 1 tras haber visto el presente DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000791/2016 a instancia de D. Octavio , contra UNIVERSIDAD DE CASTILLA LA MANCHA, EN NOMBRE DEL REY , ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA : 00303/2018

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Octavio presentó demanda en procedimiento de DESPIDO contra UNIVERSIDAD DE CASTILLA LA MANCHA, en la que exponía los hechos en que fundaba su pretensión, haciendo alegación de los fundamentos de derecho que entendía aplicables al caso y finalizando con la súplica de que se dicte sentencia accediendo a lo solicitado.

SEGUNDO

Que admitida a trámite la demanda, se ha/n celebrado los actos de conciliación, y en su caso, juicio con el resultado que obra en las actuaciones .

TERCERO

La cuestión debatida ha sido: Despido del actor, calificación y efectos.

CUARTO

En fecha 18 de Abril de 2.018 se ha celebrado el acto de juicio oral, habiéndose reafirmado y reiterado las partes, expresamente, en las alegaciones y conclusiones manifestadas y las pruebas realizadas en el acto efectuado en fecha 29 de Marzo de 2.017.

HECHOS

PROBADOS

PRIMERO

Que el actor, D. Octavio , con D.N.I. nº NUM000 , Licenciado en Derecho, viene desempeñando las funciones de trabajador por cuenta ajena, desde el 15 de Febrero de 1.990 y hasta la fecha, como Abogado de la Unión Provincial del Sindicato Comisiones Obreras en Cuenca.

SEGUNDO

Que en fecha 1 de Octubre de 1.993 el actor comenzó a impartir clases, mediante un contrato verbal, como "Profesor Contratado", a tiempo parcial, en el Centro de Estudios Universitarios (C.E.U.) "Gil de Albornoz" de Cuenca (dependiente del Patronato Universitario "Gil de Albornoz), impartiendo la asignatura de "Prácticas Integradas" de la Diplomatura en Relaciones Laborales. Dicha asignatura, de acuerdo al programa de la misma, consistía en el planteamiento, desarrollo y estudio de supuestos prácticos en materia de Derecho del Trabajo y Derecho de la Seguridad Social. En concreto, en Derecho del Trabajo se tratan supuestos de: Contratación Laboral, Empresas de Trabajo Temporal, Movilidad Geográfica, Modificación de las Condiciones de Trabajo, Despido, Representación legal de los Trabajadores, Elecciones Sindicales, Negociación Colectiva, Inspección de Trabajo; y en materia de Seguridad Social: Nóminas y Seguros Sociales, Encuadramiento en la Seguridad Social, Altas y Bajas en la Seguridad Social; Prestaciones de la Seguridad Social (I.T., Invalidez, Jubilación...).

TERCERO

Que dicha actividad docente impartida por el actor desde el 1 de Octubre de 1.993, fue iniciada sin haber sido de alta en la Seguridad Social y sin la formalización por escrito de contrato laboral alguno, hasta que, finalmente, el actor fue dado de alta en la Seguridad Social por el Patronato Universitario "Cardenal Gil de Albornoz", en fecha 1 de Junio de 1.997, prolongándose en iguales condiciones, continuando en la prestación de sus servicios, mediante prórrogas tácitas, hasta el 10 de Diciembre de 1.998.

CUARTO

Que el actor, a partir del 11 de Diciembre de 1.998 y sin solución de continuidad, pasó a ser "Profesor Asociado" de la U.C.L.M. por integración de las enseñanzas universitarias, mediante la firma de un "Contrato Administrativo de Colaboración Temporal" entre el actor y la citada Universidad, siendo el trabajo objeto del contrato el de "Asoc. N2/6h", con duración hasta el 30 de Septiembre de 1.999. Dicho contrato fue expresa y formalmente prorrogado en las siguientes fechas y condiciones:

- Desde el 01/10/99 al 30/09/00, como "Profesor Asociado. Tiempo Parcial de 6 horas".

- Desde el 01/10/00 al 30/09/01, como "Profesor Asociado. Tiempo Parcial de 6 horas".

- Desde el 01/10/01 al 30/09/02, como "Profesor Asociado. Tiempo Parcial de 6 horas".

- Desde el 01/10/02 al 30/09/03, como "Profesor Asociado Tipo 2. Tiempo Parcial (12 horas)".

- Desde el 01/10/03 al 30/09/04, como "Profesor Asociado Tipo 2. Tiempo Parcial (12 horas semanales)".

-

QUINTO

Que en fecha 15 de Septiembre de 2.004 se le comunica al actor su cese, con fecha de efectos de 30 de Septiembre de 2.004, según Resolución de la U.C.L.M. de fecha 7 de Mayo de 2.004. No obstante lo anterior, en fecha 22 de Septiembre de 2.004, el actor y el Vicerrector de la U.C.L.M. (D. Leopoldo ) firman un "Contrato laboral docente e investigador" para impartir clases en las mismas condiciones laborales que había venido desarrollando con anterioridad (Departamento de Ciencia Jurídica, Área de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, a tiempo parcial -12 horas semanales-, en la Facultad de Ciencias Sociales de Cuenca, con las mismas condiciones económicas, etc.), estando prevista una duración del mismo del 01/10/2.004 al 30/09/2.005. Dicho contrato de trabajo se prorrogó durante los siguientes períodos:

- En fecha 19 de Septiembre de 2.005 se firma nueva prórroga del contrato del 01/10/2.005 al 30/09/2.006, con idénticas condiciones laborales.

- En fecha 27 de Septiembre de 2.006 se firma nueva prórroga del contrato del 01/10/2.006 al 30/09/2.007, con idénticas condiciones laborales.

- Llegado a esta última fecha y sin prórroga expresa, el actor continuó en la prestación de sus servicios profesionales en idénticas condiciones laborales, si bien en fecha 7 de Noviembre de 2.007 se firma nueva prórroga del contrato con efectos del 01/10/2.007 (anterior) al 30/09/2.009, con idénticas condiciones laborales.

- Llegado a esta última fecha y sin prórroga expresa, el actor continuó en la prestación de sus servicios profesionales en iguales condiciones laborales, si bien en fecha 20 de Octubre de 2.009 se firma nueva prórroga del contrato con efectos del 01/10/2.010 (anterior) al 30/09/2.011, con idénticas condiciones laborales.

SEXTO

Que desde el 11 de Diciembre de 1.998 hasta el 31 de Agosto de 2.016 el actor ha prestado sus servicios como "Personal Laboral Docente" de la Facultad de Ciencias Sociales en Cuenca de la U.C.L.M., habiendo impartido las siguientes asignaturas y en los siguientes cursos:

- Desde el 1 de Octubre de 1.993, la asignatura anual de " Prácticas Integradas ", si bien a partir del Curso Académico 2.007/2.008, y hasta el Curso 2.009/2.010 dicha asígnatura la ha impartido en el segundo cuatrimestre denominada " Prácticas Integradas II "

- Desde el Curso 1.998/1.999 y hasta el Curso 2.009/2.010, la asignatura semestral (troncal) de " Acción Social en la Empresa " , que se imparte en tercer curso. Todo ello en la citada Diplomatura de Relaciones Laborales (Área de Conocimiento del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social).

- Con la implantación de los Grados en el Campus de Cuenca, a partir del curso 2010/2011, pasó a desempeñar las tareas, como "Laboral Docente", en la Facultad de Trabajo Social impartiendo la Asignatura de " Derecho del Trabajo " (segundo semestre); y en la Facultad de Ciencias Sociales (en la Diplomatura en Relaciones Laborales) la asignatura de " Acción Social en la Empresa " (primer semestre, no presencial, solamente tutorias), así como " Practicas Integradas " (segundo semestre, también no presencial y solamente se desarrolla a través de tutorias).

- En el Curso Académico 2.011/2.012 además de seguir prestando las asignaturas en la Diplomatura de Relaciones Laborales antes mencionadas y en la misma modalidad (" Acción Social en la Empresa " y " Prácticas Integradas II "), desde dicho curso 2.011/2.012 continúa en la Facultad de Trabajo Social impartiendo en el segundo semestre la asignatira de " Derecho del Trabajo " en Grado de Trabajo Social, y en Grado en Relaciones Laborales y Desarrollo de Recuros Humanos imparte la asignatura de " Seguridad Social II ", en el segundo semestre.

- En el Curso académico 2.012/2.013 sigue con las asignaturas en la Diplomatura de Relaciones Laborales antes mencionadas y en la misma modalidad, " Acción Social en la Empresa y Prácticas Integradas II " (no presencial). Además en dicho curso y en Grado en Relaciones Laborales y Desarrollo de Recursos Humanos imparte la asignatura de " Trabajo Autónomo, Régimen Jurídico y Protección Social ", en el primer semestre, que figura en el Curso 4º, y " Seguridad Social II ", en el segundo semestre, que consta en el Curso 3º.

- En el Curso académico 2.013/2.014 en el Grado en Relaciones Laborales y Desarrollo de Recursos Humanos imparte la asignatura " Trabajo Autónomo, Régimen Jurídico y Protección Social ", en el primer semestrea, que figura en el Curso 4º, y, en el segundo semestre, la optativa " Asistencias Social y Atención a Personas Dependientes ", Curso 3º.

- En el Curso académico 2.014/2.015 en el Grado en Relaciones Laborales y Desarrollo de Recursos Humanos imparte la asignatura " Trabajo Autónomo, Régimen Jurídico y Protección Social ", en el primer semestre, que figura en el Curso 4º, y en el segundo semestre la optativa " Asistencias Social y Atención a Personas Dependientes ", Curso 3º. Igualmente en el segundo semestre imparte, en relación al Grado de Derecho del Trabajo...

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