SAP Asturias 269/2018, 4 de Junio de 2018

PonenteMARIA LUISA LLANEZA GARCIA
ECLIES:APO:2018:1893
Número de Recurso16/2017
ProcedimientoProcedimiento abreviado
Número de Resolución269/2018
Fecha de Resolución 4 de Junio de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION SEGUNDAOVIEDO

SENTENCIA: 00269/2018

C/ CONCEPCIÓN ARENAL S/N- 5ª PLANTA - 33005 - OVIEDO

Teléfono: 985.96.87.63-64-65

Equipo/usuario: SEO

Modelo: N85860

N.I.G.: 33044 43 2 2013 0073504

PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000016 /2017

Delito/falta: ESTAFA (TODOS LOS SUPUESTOS)

Denunciante/querellante: ALVARGONZALEZ CONTRATAS, MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª MARTA MARIA GARCIA SANCHEZ,

Abogado/a: D/Dª ANGEL LUIS BERNAL DEL CASTILLO,

Contra: Primitivo, Antonia

Procurador/a: D/Dª ARMANDO MORA ARGUELLES-LANDETA, JOSE MANUEL TAHOCES BLANCO

Abogado/a: D/Dª MIGUEL RUIZ VAZQUEZ, IGNACIO ALVAREZ-BUYLLA FERNANDEZ

SENTENCIA Nº269/2018

PRESIDENTE

ILMA. SRA. DOÑA MARIA LUISA LLANEZA GARCIA

MAGISTRADOS

ILMO. SR. DON FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ SANTOCILDES

ILMO. SR. DON FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LUENGOS

En Oviedo, a cuatro de junio de dos mil dieciocho.

VISTOS en juicio oral y en audiencia pública por la Sección 2ª de esta Audiencia Provincial compuesta por los Sres. del margen, los presentes autos procedentes del Juzgado de Instrucción nº 2 de Oviedo, seguidos por un delito de apropiación indebida con el nº 668/2013 de P. Abreviado, (Rollo de Sala nº 16/2017), contra Primitivo, con DNI NUM000, nacido en Oviedo el NUM001 de 1966, hijo de Carlos Alberto y de Enma

, y vecino de Oviedo, de estado civil casado, de profesión empleado de la construcción, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad por esta causa de la que no estuvo privado ningún día, representado por el Procurador de los Tribunales D. Armando Mora Argüelles Landeta, bajo la dirección

del Letrado D. Miguel Ruiz Vázquez, y contra Antonia, con DNI nº NUM002, nacida en Oviedo el NUM003 de 1979, hija de Carlos Alberto y de Enma, y vecina de Oviedo, de estado civil casada, de profesión auxiliar administrativo, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad por esta causa de la que no estuvo privado ningún día, representada por el Procurador de los Tribunales D. José Manuel Tahoces Blanco, bajo la dirección del Letrado D. Ignacio Alvarez-Buylla Fernández, causa en la que intervienen como acusación particular ALVARGONZALEZ CONTRATAS, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Marta María García Sánchez, bajo la dirección del letrado D. Angel Luis Bernal del Castillo, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª MARIA LUISA LLANEZA GARCIA y en la que procede dictar sentencia fundada en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se declaran HECHOS PROBADOS los que a continuación se relacionan:

La sociedad mercantil Pavimentos Asfálticos Sala, S.A., se constituyó mediante escritura publica otorgada el 16 de noviembre de 1987, ante el notario de Oviedo D. José Antonio Caicoya Cores, bajo el nº 3574 de su protocolo, siendo su objeto social la contracción de obras publicas, reparación de carreteras, promoción de viviendas, aplicación de aglomerados para todo tipo de obras, siendo su actividad principal el suministro y colocación de pavimentos de aglomerado en las obras de construcción, actuando como subcontratista especializada en obras de pavimentación. Era una sociedad familiar cuyos socios eran Baltasar y sus dos hijos los acusados Primitivo y Antonia, ambos mayores de edad, sin antecedentes penales. El padre fue administrador único de la sociedad hasta la fecha de 18 de agosto de 2004 en que fue nombrado administrador único el acusado Primitivo, responsable desde entonces de la dirección y gestión de la empresa, actuando su hermana Antonia como trabajadora de la empresa realizando labores administrativas, encargándose de la contabilidad de la empresa, la asesoria externa Fidelitas.

La querellante Alvargonzález Contratas, S.A. (Alcosa) es una sociedad del sector de la construcción dedicada entre otras actividades al suministro y colocación de alquitranes, aglomerados y asfaltos para la pavimentación de suelos.

Durante unos treinta años ambas sociedades mantuvieron relaciones comerciales por las que Alvargonzález Contratas, S.A. suministraba a Pavimentos Asfálticos Sala, S.A., el aglomerado con destino a las obras para las que era contratada, existiendo una relación de confianza entre ambas empresas, permitiendo Alcosa a Pavimentos Sala, S.A. el pago aplazado de sus suministros en un plazo medio entre 150 y 160 días.

La confianza en el negocio le permitió a Alvargonzalez Contratas, S.A. funcionar durante muchos años con Pavimentos Asfálticos Sala, S.A. y cobrar, siendo esta una empresa solvente que año tras año venia cumpliendo sus obligaciones de pago.

Durante los últimos años 2008, 2009 y 2010 Pavimentos Sala mantuvo un nivel de actividad normal, siendo las compras de Pavimentos Sala a Alvargonzalez similares a las de años anteriores.

En el año 2011 a pesar de las dificultades económicas que atravesaba la empresa debido a la recesión económica y a la grave crisis que afectó al sector de la construcción, que provocó la caída de la obra pública unido a la subida del precio de compra del aglomerado por parte de Alvargonzalez que incrementó el precio de la tonelada de aglomerado en 4,81 euros con relación al ejercicio anterior, lo que supuso un incremento de los costes de aprovisionamiento de un 12% en 2011 con relación a 2010, unido a la bajada del precio medio de venta del metro cuadrado de pavimentación de un 18,88&% en 2011 con respecto al 2010, lo que conllevó una sustancial reducción del margen de explotación, Pavimentos Asfálticos Sala, S.A. abonó Alvargonzález Contratas, S.A. en 2011 las facturas atrasadas de 2010 por importe de 603.753,56 euros, asi como tres facturas de enero de 2011 por la suma de 125.404,65 y una factura de febrero de 2011 por importe de 122.637,16 euros, ascendiendo dichos pagos a la cantidad de 248.045,81 euros, dejando impagadas las facturas por suministros de aglomerado correspondientes a los meses de marzo a septiembre de 2011 por importe de 923.934,48 euros, de las cuales a la fecha de cese de la actividad el 30/9/11 solo estaban excedidas del periodo medio de pago aplazado de 150/160 días, las facturas de marzo y abril de 2011 por importe de 109.794,76 y 141.952,37 euros.

Todo el aglomerado comprado en el ejercicio 2011 se aplicó a las obras contratadas en dicho periodo y fueron facturadas. En el ejercicio 2011 hasta la fecha de 30-9-11 se suministraron por Alvargonzález Contratas, S.A. 24.963,41 toneladas de aglomerado, comprobándose la correlación entre las toneladas compradas y suministradas a clientes y su aplicación a las obras de Pavimentos Asfálticos Sala, S.A.

La grave crisis de la economía y en especial del sector de la construcción, que se venia arrastrando desde el año 2008, determinó en 2011 la drástica caída de la obra publica, junto una caída de los precios de licitación, unido al incremento de los costes de los materiales de aprovisionamiento y dada la estructura de costes fijos

de personal que tenia la compañía, no le permitió adaptar sus recursos a la situación de crisis y abocó a la sociedad a una situación de insolvencia total que no le permitió hace frente a sus obligaciones de pago.

A pesar de las dificultades económicas por las que atravesaba, el acusado, Primitivo, como administrador único de la sociedad, trató de continuar con la actividad de la empresa y en la creencia de que podría hacerlo, adquirió en febrero de 2011 mediante contrato de leasing una maquina extendedora de asfalto por importe de 50.000 euros.

En octubre de 2011, la empresa Pavimentos Sala, S.A. recibió en su cuenta bancaria ingresos procedentes de las aportaciones efectuadas por el padre de los acusados y socio mayoritario de la empresa Baltasar, por importes de 30.000 y 18.000 euros.

Pavimentos Sala, S.A. fue declarada en concurso voluntario de acreedores por Auto de Juzgado lo Mercantil nº 2 de Oviedo de 16-12-11 (autos 270/11). La solicitud de concurso fue presentada en fecha de 23-11-11.

El concurso fue declarado fortuito por el Juez de lo Mercantil en base al informe emitido por el Administrador Concursal y en base al dictamen del Ministerio Fiscal.

El saldo final reconocido en el procedimiento concursal a favor de Alvargonzalez Contratas, S.A. fue de 886.627,68 Euros. Este importe ha quedado reducido a la cuantía de 752.974,82 euros al haber devuelto la Agencia Tributaria el IVA de dichas facturas.

En las cuentas correspondientes a los ejercicios 2008, 2009 y 2010 figuraba una cifra de existencias de 631.355 euros en 2008, 586.015,30 euros en 2009 y 688.540 euros en 2010 y unas cifras de clientes deudores de 605.610,55, 743.011,48 y 936.404,85 euros correspondientes a cada ejercicio.

Tras el cese de la actividad de la empresa en fecha de 30-9-11, se contrataron los servicios de la firma de auditores Vaciero a fin de revisar la contabilidad y de conocer con exactitud la situación patrimonial de la empresa antes de la presentación de la solicitud de concurso, detectándose en dicha revisión, errores contables en las partidas del activo de "existencias" y "créditos de clientes deudores", que hubo que regularizar comprobándose que la cifra de existencias del anterior ejercicio estaba sobrevalorada, tratándose de un error contable que procedía de ejercicios anteriores.

La regularización de la cifra de existencias dio lugar a un apunte deudor de -580.348,46 euros que se cargó en la cuenta de resultados de ese ejercicio. Este error contable se arrastraba desde al menos el año 2005, donde ya figuran 400.000 euros de productos en curso.

Asimismo se regularizó la partida de créditos de clientes de dudoso cobro en función del tiempo de morosidad, habiéndose reconocido en el ejercido 2011 tras la revisión de la contabilidad de la empresa un gasto por deterioro de créditos comerciales que se estimaron incobrables de 236.420,76 euros, que supuso al igual que el deterioro contable de las...

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