AAP Valencia 184/2018, 8 de Junio de 2018

PonenteMARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA
ECLIES:APV:2018:1865A
Número de Recurso216/2018
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución184/2018
Fecha de Resolución 8 de Junio de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª

Rollo: 000216/2018

Sección Séptima

AUTO Nº 1 8 4

SECCION SEPTIMA

Ilustrísimos/as Señores/as:

Presidente/a:

Dª MARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA

Magistrados/as:

Dª MARIA IBAÑEZ SOLAZ

Dª CARMEN BRINES TARRASO

En Valencia a ocho de junio de dos mil dieciocho.

Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación los autos de, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE PATERNA, entre partes; de una como DEMANDANTE, MGS SEGUROS Y REASEGUROS,S.A. y LA GRANADELLA, S.C., - apelante/s MGS SEGUROS Y REASEGUROS SA y LA GRANADELLA SC, dirigido por el/la letrado/a D/Dª. JORGE SALT MARZO y representado por el/la Procurador/a D/Dª ISABEL ORTS TALLADA y ISABEL ORTS TALLADA, y de otra, como IBERDROLA - apelado/s IBERDROLA, dirigido por el/la letrado/a D/Dª. y representado por el/la Procurador/a D/Dª .

Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr/Sra. Magistrado/a D/Dª. MARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA. - H E C H O S :

PRIMERO

En las expresadas actuaciones y con fecha veinte de diciembre de dos mil diecisiete, se dictó auto por el Juzgado de Primera Instancia numero Siete de los de Valencia, cuya parte dispositiva dice: Que debía declarar y declaraba la falta de competencia territorial de este Tribunal para conocer la demanda promovida por MGS SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. y LA GRANADELLA, S.C., frente a IBERDROLA. Se considera territorialmente competente al de LOS JUZGADOS DE PATERNA".

Remitidas las actuaciones a Paterna, por el Juzgado de Primera Instancia número Dos de los de Paterna, se dictó Auto, en fecha ocho de marzo de dos mil dieciocho, cuya parte dispositiva es como sigue : "Acuerdo declarar la falta de competencia territorial de este Tribunal pàra conocer de la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales Dª Isabel Orts Tallada, en nombre y representación de LA GRANADELLA, S.C., y MGS SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., y remitida a este Tribunal por el Juzgado de Primera Instancia número

7 de Valencia. Remítanse todos los antecedentes a la Audiencia Provincial de Valencia, para la resolución de ese conflicto negativo de competencia territorial, previo emplazamiento de las partes por DIEZ DIAS".

SEGUNDO

Contra dicho auto, por la representación del, se interpuso recurso de apelación que fue admitido, remitiéndose los autos a esta Audiencia donde se ha tramitado el recurso, nombrada Magistrada Ponente y señalándose para la Votación y Fallo el día CUATRO DE JUNIO DE DOS MIL DIECIOCHO, fecha en la que ha tenido lugar.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La representación procesal de la entidad aseguradora MGS SEGUROS Y REASEGUROS SA y la mercantil LA GRANADELLA SC formuló demanda de juicio verbal contra Iberdrola Distribución Eléctrica reclamando el pago de 3.881,22.-€

Sustenta su pretensión en que la aseguradora tenía concertada una póliza de seguro del ramo comercio con la mercantil LA GRANADELLA SC que amparaba el inmueble ubicado en la calle Rosas número 20 de la localidad.

El día 19 de febrero de 2017 se produjeron fuertes oscilaciones en la tensión de suministro eléctrico provocadas por una avería o mal funcionamiento de la red de suministro externo, y generaron la avería de varios aparatos y equipos electrónicos. Todos los daños ascendieron a la suma de 3.881,22.-€. De ellos la aseguradora ha pagado a su asegurada la suma...

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