STSJ Canarias 52/2018, 8 de Marzo de 2018

PonenteJUAN IGNACIO MORENO-LUQUE CASARIEGO
ECLIES:TSJICAN:2018:661
Número de Recurso223/2017
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución52/2018
Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2018
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN SEGUNDA Plaza San Francisco Nº 15

Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: 922 47 93 99

Fax.: 922 479 423

Email: s2contadm.tfe@justiciaencanarias.org

Procedimiento: Recurso de apelación

Nº Procedimiento: 0000223/2017

NIG: 3803845320170000763

Materia: Otros actos de la Admon

Resolución:Sentencia 000052/2018

Proc. origen: Procedimiento abreviado Nº proc. origen: 0000190/2017-00

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 3 de Santa Cruz de Tenerife

Apelado: VICECONSEJERÍA DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS

Apelante: CABILDO INSULAR DE TENERIFE

SENTENCIA

Ilmos. /as Sres. /as

Presidente

D./Dª. PEDRO MANUEL HERNÁNDEZ CORDOBÉS

Magistrados

D./Dª. JUAN IGNACIO MORENO LUQUE CASARIEGO (Ponente)

D./Dª. JAIME GUILARTE MARTÍN CALERO

En Santa Cruz de Tenerife, a 8 de marzo de 2018.

Visto por esta Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Segunda con sede en Santa Cruz de Tenerife, integrada por los Sres. Magistrados, anotados al margen, el presente recurso de apelación número 0000223/2017, interpuesto por D. /Dña. CABILDO INSULAR DE TENERIFE, representado y dirigido por la Abogada D. /Dña. LETRADO DE CABILDO INSULAR DE TENERIFE LETRADO DE CABILDO INSULAR DE TENERIFE, contra D. /Dña. VICECONSEJERÍA DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS, habiendo

comparecido, en su representación y defensa D. /Dña. SERV. JURÍDICO CAC SCT, versando sobre Personal. Siendo Ponente el/la Ilmo. /a Sr. /a Magistrado/a D. /Dña. JUAN IGNACIO MORENO LUQUE CASARIEGO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que es objeto del presente recurso la apelación de la Sentencia de fecha 28 de septiembre de 2017 dictada por el Juzgado contencioso administrativo número tres, en el Procedimiento abreviado 190/2017 por la que se estima el recurso y se declara la nulidad del nombramiento de don Miguel como Director Insular de la Oficina Económica y del MEDI, por haberse omitido los principios de publicidad y concurrencia, vedando así a otros posibles aspirantes a presentar su acreditación al cargo dentro de un procedimiento de selección.

SEGUNDO

Por la representación de la parte recurrente, antes mencionada, se interpuso recurso de apelación contra la referida sentencia.

TERCERO

Seguido el recurso por todos sus trámites, se elevaron las actuaciones a esta Sala, formándose el correspondiente rollo, con señalamiento de votación y fallo para el día 14 de febrero de 2018.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Que es objeto del presente recurso la apelación de la Sentencia de fecha 28 de septiembre de 2017 dictada por el Juzgado contencioso administrativo número tres, en el Procedimiento abreviado 190/2017 por la que se estima el recurso y se declara la nulidad del nombramiento de don Miguel como Director Insular de la Oficina Económica y del MEDI, por haberse omitido los principios de publicidad y concurrencia, vedando así a otros posibles aspirantes a presentar su acreditación al cargo dentro de un procedimiento de selección.

Segundo

Hacemos nuestros los acertados fundamentos de la sentencia, cuya cuestión piramidal reside en no tener en cuenta las alegaciones que plantea el Cabildo Insular...

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