SAP Barcelona 343/2018, 14 de Junio de 2018

PonenteMARIA DEL MAR ALONSO MARTINEZ
ECLIES:APB:2018:6891
Número de Recurso722/2016
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución343/2018
Fecha de Resolución14 de Junio de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

Sección nº 11 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Paseo Lluís Companys, 14-16, pl. 2a - Barcelona - C.P.: 08018

TEL.: 934866150

FAX: 934867109

EMAIL:aps11.barcelona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 0818442120158117435

Recurso de apelación 722/2016 -B

Materia: Juicio Ordinario

Órgano de origen:Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Rubí Procedimiento de origen:Procedimiento ordinario 396/2015

Parte recurrente/Solicitante: Ángeles

Procurador/a: Victoria Garcia Fredes

Abogado/a:

Parte recurrida: FRAG COMERCIO INTERNACIONAL, S.L.

Procurador/a: Mª Lluïsa Valero Hernández

Abogado/a: XAVIER CAMPS VIDELLET

SENTENCIA Nº 343/2018

Magistrados:

Marta Font Marquina (Presidente)

Maria del Mar Alonso Martinez (Ponente)

Antonio José Martínez Cendán

Barcelona, 14 de junio de 2018

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En fecha 23 de septiembre de 2016 se han recibido los autos de Procedimiento ordinario 396/2015 remitidos por Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Rubí a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por e/la Procurador/a Victoria Garcia Fredes, en nombre y representación de Ángeles contra Sentencia de fecha 19/05/2016 y en el que consta como parte apelada el/la Procurador/a Mª Lluïsa Valero Hernández, en nombre y representación de FRAG COMERCIO INTERNACIONAL, S.L..

Segundo

El contenido del fallo de la Sentencia contra la que se ha interpuesto el recurso es el siguiente: "Que estimando integramente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Mª LLUISA VALERO HERNÁNDEZ, en nombre y representación de FRAG COMERCIO INTERNACIONAL, S.L. Contra Ángeles, condeno al demandado a pagar al demandante 23.747,72 euros, y al pago de las costas del juicio. A partir de esta Sentencia se devengarán los intereses del artículo 57 de la Ley de Enjuiciamiento Civil ."

Tercero

El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos.

Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo, que ha tenido lugar el día 13/06/2018. Cuarto. En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.

Se designó ponente a la Magistrada Maria del Mar Alonso Martinez .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Se alza contra la sentencia de instancia la demandada, peticionando su revocación, sin especial pronunciamiento de las costas en ninguna de las instancias.

La actora se opuso a la apelación, solicitando la confirmación de la resolución recurrida, con imposición de las costas de la segunda instancia.

Segundo

Alega sucintamente la apelante, en sustento de su recurso, la existencia de error en la valoración de la prueba documental, exponiendo que el debate del procedimiento quedó centrado a una cuestión jurídica, ceñida a determinar si la apelante es la deudora o no, respecto de la deuda reclamada en la demanda y por tanto si concurría la falta de legitimación pasiva o no.

Señala que cuando se firmó el contrato inicial no estaba constituída todavía la sociedad, por lo que firmó la Sra. Ángeles, entendiendo que no tiene transcendencia que en la renovación también firmara ésta al ser un contrato de adhesión .

Se refiere al documento nº 3 de la demanda y a la cláusula 21 del contrato, añadiendo que si se considerara que ésta no fuera de aplicación directa, hubiera operado la novación contractual, aludiendo a diversas resoluciones judiciales.

No se comparten estas valoraciones, entendiendo que sí tiene la demandada legitimación pasiva.

El contrato de Franquicia de 12/09/2002 fue suscrito entre la actora y la Sra....

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