AAP Almería 199/2018, 3 de Mayo de 2018

PonenteMANUEL ESPINOSA LABELLA
ECLIES:APAL:2018:165A
Número de Recurso319/2017
ProcedimientoCivil
Número de Resolución199/2018
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 1ª

SECCION Nº 1 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERIA ____

AUTO Nº 199/18

ILTMOS SRES.

PRESIDENTE:

D. MANUEL ESPINOSA LABELLA

MAGISTRADOS:

D. JUAN ANTONIO LOZANO LOPEZ

Dª. Mª DEL MAR GUILLEN SOCIAS

En la Ciudad de Almería a 3 de Mayo de 2.018.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, ha visto en grado de apelación, Rollo nº 319/17 los autos de Ejecución Hipotecaria, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de El Ejido, seguidos con el nº 898/15 siendo parte apelante Dª Paulina, representada por el Procurador Sr. Bonilla Rubio y dirigida por la Letrada Sra. Pelegrina López y parte apelada BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A. representada por el Procurador Sr. Alcoba López y dirigida por el Letrado Sr. Paragón Ocaña.

SEGUNDO

Por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a-Juez/a del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de El Ejido, en el referido procedimiento se dictó Auto con fecha 4 de Enero de 2.017 cuya parte dispositiva establece:

" Que no acuerdo la suspensión del presente procedimiento debiendo continuar el mismo su curso, sin perjuicio de la tramitación del incidente de oposición formulado.".

TERCERO

Contra la referida resolución y por la representación procesal de la parte ejecutada se interpuso, recurso de apelación, solicitando se dicte nueva resolución estimando la oposición deducida, y ello por las razones expuestas en el mencionado escrito.

CUARTO

Contra el mencionado recurso se formuló oposición por la representación procesal de la parte demandante.

QUINTO

El recurso deducido fue admitido, se elevaron las actuaciones a este Tribunal donde, formado y registrado el correspondiente Rollo, se turnó de ponencia, y tras la tramitación procedente se señaló para deliberación, votación y resolución.

/SEXTO . En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL ESPINOSA LABELLA.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La recurrente interesa la suspensión del proceso de ejecución por causa de haberse interpuesto demanda de Juicio Ordinario en el que se reclama la nulidad de ciertas cláusulas, la cláusula suelo y los intereses moratorios. Se alega que en otro Juzgado se sigue un proceso en donde se invocan las condiciones generales de la contratación. La resolución recurrida ha desestimado dicha pretensión al amparo del art. 43 de la LEC y los arts. 695 y ss.

SEGUNDO

Sobre el tema que nos ocupa ya esta Audiencia se ha pronunciado en el sentido de considerar no procede la suspensión del...

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