SAP Madrid 464/2018, 11 de Junio de 2018

PonenteMARIA ISABEL VALLDECABRES ORTIZ
ECLIES:APM:2018:10248
Número de Recurso880/2018
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución464/2018
Fecha de Resolución11 de Junio de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 23ª

Sección nº 23 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 9 - 28035

Teléfono: 914934646,914934645

Fax: 914934639

GRUPO 5

37051540

N.I.G.: 28.148.00.1-2016/0006705

Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado 880/18

Origen: Juzgado de lo Penal nº 01 de Alcalá de Henares

Procedimiento Abreviado 299/2017

Apelante: D./Dña. Cirilo y D./Dña. Cornelio

Procurador D./Dña. ANGEL MARTIN GUTIERREZ y Procurador D./Dña. JULIO CABELLOS ALBERTOS

Letrado D./Dña. MARIA JOSE BLAZQUEZ ROS y Letrado D./Dña. FRANCISCO JOSE BORGE LARRAÑAGA

Apelado: MINISTERIO FISCAL

SENTENCIA Nº 464/18

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

D. CELSO RODRÍGUEZ PADRÓN

D. JUAN JOSÉ TOSCANO TINOCO

Dª ISABEL VALLDECABRES ORTIZ (Ponente)

En MADRID, a once de junio de dos mil dieciocho

VISTO, en segunda instancia, ante la Sección Vigesimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, el Juicio oral núm. 299/17, procedente del Juzgado de lo Penal núm. 1 de Alcalá de Henares, seguido por un delito de homicidio imprudente, un delito contra la seguridad vial de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, otro de conducción sin permiso y otro de conducción temeraria, contra el acusado Cirilo, representado por Procurador D. Julio Cabellos Albertos y, venido a conocimiento de esta Sección en virtud de recursos de apelación interpuestos en tiempo y forma, por todas las partes (acusado, Ministerio fiscal y Acusación Particular) contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez de referido Juzgado, con fecha 6 de marzo de 2018, habiendo sido parte apelada, respectivamente, el MINISTERIO FISCAL y el acusado. Ha sido Ponente la Ilma. Magistrada. Dña. ISABEL VALLDECABRES ORTIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 6 de marzo de 2018 se dictó sentencia en Procedimiento Juicio Oral de referencia por el Juzgado de lo Penal núm. 1 de Alcalá de Henares .

En dicha resolución se fijaron los siguientes hechos como probados:

"UNICO.- Se declara probado que Cirilo, mayor de edad (nacido el NUM000 /1972), natural de Rumanía, con NIEX- NUM001, ejecutoriamente condenado mediante sentencia de conformidad de fecha 17/02/2016, dictada por el Juzgado delo Penal nº 3 de Alcalá de Henares (ejecutoria 76/2016),como autor de un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, a las penas de 6 meses de multa y 1año y 1 día de privación del derecho a conducir vehículos a motor, que finalizaba el 16 de febrero de 2017, pese a conocer dicha prohibición, sobre las 15:20 horas del día 13 de agosto de 2016, iba al volante del vehículo de su propiedad Opel Zafira, con matrícula ....XWG, asegurado en la compañía MAPFRE, por la localidad de Torrejón de Ardoz con sus facultades disminuidas debido a una previa ingesta de alcohol, lo que mermaba considerablemente su capacidad para manejar los mecanismos de dirección, control y frenado de un vehículo, así como aumentaba el tiempo de reacción ante acontecimientos imprevistos en dicha conducción, con pérdida de reflejos y de capacidad visual, con el consiguiente riesgo para los usuarios de la vía, por el carril izquierdo en sentido ascendente de la Avda. de las Fronteras, cuando al llegar a la intersección con las Calles Manuel Sandoval y Madrid, desatendiendo las elementales normas de circulación y, a consecuencia del estado en que se encontraba, cuando llegó al semáforo en rojo que le afectaba, no respetó la prioridad de paso y atravesó el cruce sin aminorar la velocidad de su turismo, colisionando con la motocicleta Yamaha YZF-R1125, con matrícula ....DKG, conducida por Lucio, procedente de la calle Manuel Sandoval sentido descendente que había accedido al cruce al tener prioridad de paso por encontrarse el semáforo en fase verde para él, viéndose proyectado el motociclista a 14 metros de distancia, quedando tendido en el suelo lo que motivó que tuviera que ser trasladado al Hospital Universitario de la Princesa donde falleció a consecuencia de un traumatismo craneoencefálico severo sufrido por el accidente. La motocicleta conducida por el Sr. Lucio resultó completamente destruida teniendo un valor venal de 2420€.

SEGUNDO

Personados los agentes de la Policía Local de Torrejón de Ardoz en el lugar, realizaron al acusado con etilómetro oficialmente homologado, las pruebas de determinación del grado de impregnación alcohólica, arrojando un resultado de 1,19 miligramos de alcohol por litro de aire espirado en la prueba realizada a las 15:47 horas, y de 1,23 miligramos de alcohol por litro de aire espirado a las 15:59 horas. El acusado presentaba síntomas de encontrarse bajo la influencia del alcohol tales como comportamiento inquieto, ojos enrojecidos y vidriosos, fuerte olor a bebidas alcohólicas, habla pastosa y de forma lenta.

TERCERO

D. Lucio no se encontraba casado. Sus padres, Cornelio y Dña. Mariana y su hermana Dña. Nicolasa no reclaman por estos hechos, al haber sido indemnizados por la compañía aseguradora MAPFRE.

Y su parte dispositiva contenía el siguiente fallo : "1.- Que debo condenar y condeno a Cirilo como autor de un delito de homicidio por imprudencia grave del art. 142.1 CP en concurso con un delito contra la seguridad vial por conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas del art. 379.2 CP a penar conforme al art. 382, con agravante de reincidencia del art. 22.8 CP en relación con el art. 379.2 CP, a la pena de una pena de dos años de prisión con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y privación del derecho a la conducción de vehículos a motor y ciclomotor por tiempo de tres años, con pérdida definitiva de la vigencia del permiso de conducción.

  1. - Que debo condenar y condeno a Cirilo como autor de un delito contra la seguridad vial por quebrantamiento de condena del art. 384 párrafo segundo CP, en concurso ideal con el anterior, a la pena de CINCO MESES DE PRISION con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de...

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