AAP A Coruña 30/2018, 21 de Marzo de 2018

PonenteCARLOS FUENTES CANDELAS
ECLIES:APC:2018:381A
Número de Recurso543/2017
ProcedimientoCivil
Número de Resolución30/2018
Fecha de Resolución21 de Marzo de 2018
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

A CORUÑA

AUTO: 00030/2018

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION QUINTA

A CORUÑA

N10300

CALLE DE LAS CIGARRERAS Nº 1 (ENFRENTE A PLAZA PALLOZA) CP 15071

Tfno.: 981 18 20 99/98 Fax: 981 18 20 97

N.I.G. 15036 42 1 2015 0006487

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000543 /2017

Juzgado de procedencia: XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 3 de FERROL

Procedimiento de origen: EJECUCION DE TITULOS NO JUDICIALES 0000335 /2015

Recurrente: Pedro Enrique

Procurador: MARTA MARIA MARTINEZ GALLEGO

Abogado: MARIA MERCEDES GONZALEZ PIÑEIRO

Recurrido: EOS SPAIN SL

Procurador: ELENA MEDINA CUADROS

Abogado: JUAN JOSE GARCIA GARCIA

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de A Coruña, ha pronunciado en nombre del Rey el siguiente: A U T O Nº 30/2018

Ilmos. Sres. Magistrados:

JULIO TASENDE CALVO

CARLOS FUENTES CANDELAS

Mª JOSEFA RUÍZ TOVAR

En A CORUÑA, a veintiuno de marzo de dos mil dieciocho.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 005 de la Audiencia Provincial de A CORUÑA, los Autos de Ejecución de Título No Judiciales 335/2015, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Ferrol, a los que ha correspondido el Rollo 543/2017, en los que aparece como parte APELANTE : D. Pedro Enrique representado por la Procuradora doña MARTA MARTÍNEZ GALLEGO, y como APELADA : la mercantil "EOS SPAIN S.L." representada por la Procuradora doña ELENA MEDINA CUADROS, sobre "estimación de subrogación procesal", y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS FUENTES CANDELAS.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Ferrol, se dictó Auto en fecha 30 de mayo de 2017 cuya parte dispositiva dice como sigue:

"Estimar la pretensión de subrogación en la posición de la parte ejecutante interesada por la procuradora de los Tribunales Sra. Medina Cuadros quien actúa en nombre y representación de "EOS SPAIN S.L. Sociedad Unipersonal", habiéndose cedido el crédito que ostentaba el ejecutante ABANCA CORPORACIÓN BANCARIA S.A., contra don Pedro Enrique, don Dimas y doña Bárbara, y, en consecuencia, se acurda alzar la suspensión siguiendo el procedimiento su curo.

SEGUNDO

Notificado dicho Auto a las partes, se interpuso contra el mismo en tiempo y forma, recurso de apelación por don Pedro Enrique, que le fue admitido en ambos efectos, y remitidas las actuaciones a este Tribunal, y realizado el trámite oportuno se señaló para deliberación de la Sala el día 20 de marzo de 2018, fecha en la que tuvo lugar.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso de han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El procedimiento de ejecución que nos ocupa en esta apelación se inició en virtud de demanda ejecutiva de la entidad Abanca en reclamación de la deuda pendiente de pago derivada del contrato de préstamo personal intervenido por notario el 30 de agosto de 2005 entre la prestamista Caixanova (actualmente Abanca) y los prestatarios demandados o ejecutados Don Pedro Enrique, Don Dimas y Doña Bárbara .

Por auto del Juzgado de 10 de mayo de 2016 se desestimaron los motivos de oposición a la ejecución formulados por parte de Don Pedro Enrique, si bien que se declaró de oficio la nulidad de los intereses de demora pactados por abusivos, teniéndose que efectuar una nueva liquidación sin los mismos. Así se hizo, quedando reducida la cuantía del principal objeto de ejecución. Asimismo, el auto de la Audiencia Provincial (5ª) de 23 de marzo de 2017, revocando en apelación parcialmente la resolución judicial del Juzgado, declaró prescritos los intereses remuneratorios anteriores al 27 de octubre de 2010.

Por otro lado, por EOS SPAIN SLU se pidió al Juzgado tenerle como parte ejecutante en...

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