SAP Alicante 34/2018, 5 de Febrero de 2018

PonenteMARIA MARGARITA ESQUIVA BARTOLOME
ECLIES:APA:2018:1046
Número de Recurso102/2017
ProcedimientoProcedimiento abreviado
Número de Resolución34/2018
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 10ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN DECIMA

ALICANTE

Plaza DEL AYUNTAMIENTO,

Tfno: 965.16.98.72 / 73 / 74 / 00

Fax..: 965.16.98.76;

email..:alap10_ali@gva.es

NIG: 03014-43-2-2017-0015571

Procedimiento: Procedimiento Abreviado Nº 000102/2017- TRAMITE-N3 - Dimana del Procedimiento Abreviado Nº 001524/2017

Del JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 3 DE ALICANTE

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Ilmos/as. Sres/as.:

Presidente

D. Javier Martinez Mafil

Magistrados/as

D. Jesús Gómez Angulo Rodríguez

Dª MARIA MARGARITA ESQUIVA BARTOLOME

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SENTENCIA Nº 000034/2018

En Alicante a cinco de febrero de dos mil dieciocho.

VISTA en juicio oral y público, el pasado día 29 de enero y 02 de febrero de 2018, por la Audiencia Provincial, Sección Décima, de esta capital, integrada por los Iltmos. Sres. del margen, la causa procedente del Juzgado de Instrucción nº 3 de Alicante, por delito CONTRA LA SALUD PUBLICA, contra el acusado:

Florentino (NIS NUM000 ) con DNI NUM001, hijo de Heraclio y de Esther, nacido el NUM002 /1967, natural de El Campello (Alicante), y vecino de El Campello, en prision provisional por esta causa desde el 26-08-2017, representado por el Procurador Dolores Fernandez Rangel y defendido por el Letrado Aitor Esteban Gallastegui;

En cuya causa fue parte acusadora el Ministerio Fiscal representado por el Fiscal Iltmo. Sr. D/Dña. Juan Carlos Carranza, Actuando como Ponente, la Ilma. Sra. Magistrada D/Dña. MARIA MARGARITA ESQUIVA BARTOLOME de esta Sección Décima, que expresa el parecer de la Sala.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Desde sus Diligencias Previas núm. 1524/20017 el Juzgado de Instrucción Nº 3 de Alicante instruyó su Procedimiento Abreviado núm. 001524/2017, en el que fue/ron acusado/s Florentino (NIS NUM000 ) por el delito CONTRA LA SALUD PUBLICA, antes de que dicho procedimiento fuera elevado a esta Audiencia Provincial para continuar la correspondiente tramitación en el presente Rollo de Sala núm. 000102/2017 de esta Sección Décima.

SEGUNDO

El MINISTERIO FISCAL, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos procesales como constitutivos de un delito contra la salud pública relativo a sustancia que causa grave daño a la salud agravado por la notoria importancia de los artículos 368 y 369.5º del Código Penal, del que es autor el acusado, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, y que procede imponer la pena de siete años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 83.360,68 euros, sin responsabilidad personal subsidiaria por aplicación del articulo 53.3 del Código Penal, comiso del dinero y efectos intervenidos a los que se dará el destino legal y comiso de la droga que se destruirá, y costas

TERCERO

La DEFENSA, en el mismo trámite, solicitó la condena como autor de un delito contra la salud pública relativo a sustancia que causa grave daño a la salud del articulo 368.1 del Código Penal, con la atenuante de drogadicción, a la pena de tres años de prisión y multa del tanto del valor de la droga con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de seis meses de arresto.

I I - HECHOS PROBADOS

Son -y así expresa y terminantemente se declaran- los siguientes:

El acusado Florentino, mayor de edad y ejecutoriamente condenado en sentencia firme de 8-6-2009 por delito contra la salud pública referido a sustancia que causa grave daño a la salud a la pena de cuatro años de prisión que dejó cumplida el 14-1-2014, anotación cancelada el 27-3-2017, ha venido dedicándose a la distribución y venta de cocaína que guarda en su domicilio desplazándose en vehículos, entre ellos el Ford Fiesta matricula

....DDK, para su ulterior distribución y venta a terceros.

Así, mediante vigilancia policial, pudo observarse como el acusado, pasadas las 19'30 horas del día 22-8-2017 en la calle Labradores de El Campello, entregó una bolsa pequeña, envoltorio de color blanco, a cambio de un billete de 50€, si bien no se intervino dicha bolsa al no ser interceptado el comprador. También pudo comprobarse como el acusado sobre las 20'00 horas del día 23-8-2017 hizo entrega de una bolsita, envoltorio con sustancia blanca (cocaína) a Torcuato del que recibió unos billetes, siéndole intervenida a dicho comprador tras ser interceptado por agentes de policía sobre las 20'30 horas del día 23- 8-2017 en la calle Pino Santo de Alicante y, posteriormente analizada según los Protocolos de la División de Estupefacientes de Naciones Unidas, arrojó un peso neto de 0,19 gramos de cocaína con una pureza del 67,3% que pueden alcanzar en el mercado ilícito un precio de 17,29 €, según estimaciones OCNE para el primer semestre de 2017. Así mismo se pudo observar, sobre las 21'00 horas del mismo día 23-8-2017, en las proximidades de un establecimiento de compra de vehículos en dirección a Mutua Asepeyo de esta capital, realizó otra entrega de otra bolsita, envoltorio con sustancia blanca (cocaína), a Luis Antonio a cambio de dinero, marchándose el acusado con el vehículo matricula ....DDK en dirección a Vía Parque, reincorporándose a la avenida Universidad donde se introdujo en la autovía, siéndole intervenida a dicho comprador, tras ser interceptado por agentes de policía sobre las 21'10 horas de ese día en la avenida de Novelda de esta capital y posteriormente analizada conforme Protocolos de la División de Estupefacientes de Naciones Unidas, arrojó un peso de 0,72 gramos de cocaína con una pureza del 68,8% que puede alcanzar en el mercado ilícito un precio de 41,42 €, según estimaciones de OCNE para el primer semestre de 2017.

En diligencia de registro practicada el día 24-8-2017 en la vivienda que constituye el domicilio del acusado sito en zona residencial CALLE000 de El Campello, el acusado hizo entrega de un trozo de hachís con un peso bruto de 3,6 gramos, que guardaba en una caja en la cocina, y 205 €, distribuidos en quince billetes de 10€ y once billetes de 5€, así como cuatro envoltorios de cocaína con un peso bruto de 4,4 gramos que escondía en el sótano de la casa, manifestando que era todo lo que tenía. Siguiendo el registro con perros adiestrados en el sótano de la vivienda, en el interior de dos tuberías simuladas y ancladas en el techo,...

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