SAP Sevilla 241/2017, 5 de Junio de 2017

PonenteMANUEL DAMIAN ALVAREZ GARCIA
ECLIES:APSE:2017:1831
Número de Recurso9146/2016
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución241/2017
Fecha de Resolución 5 de Junio de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL SEVILLA

Sección Segunda

S E N T E N C I A Nº 241/17

PRESIDENTE ILTMO. SR.

D. MANUEL DAMIAN ÁLVAREZ GARCÍA.

ILTMOS SRES. MAGISTRADOS

D. RAFAEL MÁRQUEZ ROMERO.

D. CARLOS PIÑOL RODRÍGUEZ.

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: Primera Instancia núm. 6 Sevilla.

ROLLO DE APELACIÓN Nº 9146/16-F

JUICIO Nº 555/15

En la Ciudad de Sevilla a 5 de junio de dos mil diecisiete.

Visto por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla, Juicio sobre oposición a la inidoneidad procedente del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de D. Víctor y Dª Delfina, representados por la Procuradora Dª Mª Teresa Sánchez-Haro Plaza, que en el recurso son parte apelada contra la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía, representada por el/la Letrado/a de la Junta de Andalucía, que en el recurso es parte apelante, y siendo parte el Mº Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 11 de mayo de 2016 en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: " FALLO //Que debo estimar y estimo la demanda formulada por la Procuradora Sra. Sánchez-Haro Plaza en nombre y representación de Don Víctor y Doña Delfina frente a la resolución de fecha 5 de febrero de 2015 de la Delegación Provincial de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía, dejándola sin efecto y, en consecuencia, declaro a los solicitantes idóneos para el acogimiento familiar preadoptivo, sin hacer expresa condena en costas"

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. Tras la votación y fallo quedó visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL DAMIAN ÁLVAREZ GARCÍA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de primer grado revoca la resolución administrativa de 5 de Febrero de 2015 y declara la idoneidad de los solicitantes para el acogimiento familiar preadoptivo. Dicha resolución judicial es recurrida en apelación por la Letrada de la Junta de Andalucía, solicitando la declaración de ser conforme a Derecho la resolución de la Administraación.

SEGUNDO

Ciertamente la adopción de la resolución que declare la...

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