STSJ País Vasco 987/2017, 2 de Mayo de 2017

PonenteJUAN CARLOS BENITO-BUTRON OCHOA
ECLIES:TSJPV:2017:4120
Número de Recurso729/2017
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución987/2017
Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2017
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: Suplicación / E_Suplicación 729/2017

N.I.G. P.V. 48.04.4-15/008687

N.I.G. CGPJ 48044.44.2-0150/008687

SENTENCIA Nº: 987/2017

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

En la Villa de Bilbao, a 2/5/2017.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los Iltmos. Sres. D. PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en funciones, D. MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI y D. JUAN CARLOS BENITO BUTRÓN OCHOA, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación interpuesto por Juan Alberto contra la sentencia del Juzgado de lo Social num. 10 de los de BILBAO (BIZKAIA) de fecha 20 de diciembre de 2016, dictada en proceso sobre AEL, y entablado por Juan Alberto frente a CATALANA OCCIDENTE S.A., COMSA S.A., CONSTURCCIONES Y OBRAS LLORENTE SA, MAPFRE EMPRESAS, TECNICA E INGENIERIA SUBACUATICA S.A, UTE SAN JUAN DE LA NAVA y ZURICH INSURANCE PLC .

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN CARLOS BENITO BUTRÓN OCHOA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

"1º.- El actor D. Juan Alberto, nacido el NUM000 /1979, ha venido prestando sus servicios para la empresa TECNICA E INGENIERIA SUBACUATICA S.A. (TINSA), con antigüedad de 15/04/2012, si bien había trabajado para la empresa en periodos anteriores, categoría profesional de buceador especialista y base reguladora de

1.882,61.

  1. - El demandante ostenta la titulación de buceador profesional de 2ª clase restringido. Este tiene experiencia no solo por trabajos en la empresa contratante sino en otras empresas del sector.

  2. - La empresa TINSA fue subcontratada por la mercantil UTE SAN JUAN DE LA NAVA, esta se encuentra conformada por las empresas COMSA S.A y la empresa CONSTRUCCIONES Y OBRAS LLORENTE S.A. (COLLOSA), dicha UTE tenía por objeto la ejecución de la obra 21-AV-262. El Barraco y San Juan de la Nava. ETAO. Impulsión y depósito, la cual había sido adjudicada por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

    La obra adjudicada a TINSA lo eran trabajos subacuáticos. Trabajos de extracción de estructura y trabajos de colocación de la estructura y conexión a tubería de impulsión en el embalse de El Burguillo (Ávila). Se da por reproducido el contrato al obrar en la prueba documental de la codemandada COLLOSA.

  3. - La empresa TINSA llevó a cabo un plan específico de prevención, en el consta la enfermedad descompresiva. Se da por reproducido el mismo al obrar en la prueba documental de la demandada (doc. 20).

    La empresa tenía contratados los servicios de asistencia de FREMAP, esta remitió a la empresa TINSA comunicación que literalmente señala:

    A través de la presente, les comunicamos que tienen cubierta con Fremap, M.A.T.E.P.S.S, nº 61 las contingencias de Accidente de trabajo y Enfemedad Profesional.

    En caso de un posible accidente de buceo, tendrán todo el apoyo en lo referente a la asistencia sanitaria, así como en el traslado y evacuación de sus trabajadores desde el centro de trabajo al centro sanitario más conveniente, incluyendo la cámara hiperbárica más cercana.

    El traslado o evacuación, se llavará a cabo a través del servicio más adecuado para cada caso y estará dotado de los elementos adecuados para este tipo de traslados, e incluso si la gravedad del accidente así lo requiere, el traslado del accidentado se realizaría a través de los helicópteros de los que dispone Protección Civil, emergencias 112 u otra entidad de las mismas particularidades.

    De esta forma daremos cumplimiento a lo dispuesto en la O.M. de 14 de octubre de 1997, por la que se aprueban las normas de seguirdad para el ejercicio de actividades subacuáticas.

    Informamos asi mismo que disponene del teléfono gratuito de asistencia de Fremap: 900.61.00.61, los 365 días y las 24 horas par cualquier consulta o solicitud que necesiten.

    De igual manera, dispondrán de cualquier centro cercano de los que dispone esta Mutua para cualquier otra consulta que se requiriera.

  4. - Asimismo se ha había llevado a cabo por la UTE una evaluación de riesgos, el cual unido a la prueba documental de la UTE se da por reproducida (doc. 8).

  5. - La empresa TINSA había desplazado a la obra de El Burguillo (Avila), 1 jefe de equipo, Sr. Fausto, con formación de buceador de 2ª clase, formación básica en prevención de riesgos y había sido nombrado recurso preventivo adjunto al plan de prevención y 5 buceadores profesionales con el demandante.

  6. - El pasado 19 de abril 2.012, cuando se hacían labores de trabajos subacuáticos de montaje de estructura de captación de agua (se da por reproducido el parte de trabajo, doc. 17 de la empresa TINSA), a una profundidad de 25 metros, 24 metros reales, y con un agua a temperatura de 7º, el demandante realizo la tercera inmersión de la jornada sobre las 13,18 horas, estando sumergido por tiempo de una hora, a tal efecto el gas empleado en la inmersión lo era Nitrox EAN 34, asimismo lo realizo con casco de buceo integral o rígido. Asimismo, se dispuso y se encontraba un buceador en stanby. El demandante realizo un tiempo de descompresion de 15 minutos.

    Seguidamente se produjo por otro trabajador la cuarta inmersión, D. Lucas, finalizando sobre las 16,00 horas.

    Sobre las 16,30 ¿ 17,00 horas los operarios buceadores, entre los que estaba el demandante, se dispusieron a comer y durante el desarrollo de ello detectaron en la espalda del demandante la presencia de manchas, lo que les dedujo algún problema descompresión, por lo que inmediatamente suministraron al actor 100% de oxígeno al tiempo que llamaron a la empresa TINSA para el traslado del demandante a FREMAP; lo que efectuaron, trasladándole a FREMAP en Ávila y estos le remitieron al Hospital de Ávila, en el trayecto continuó respirando oxígeno al 100%.

    Por el Hospital de Ávila se llevó a cabo Anamnesis en el que consta:

    Paciente de 33 años quien se encontraba comiendo cuando de manera progresiva comenzó con cefalea y visión borrosa asi corno aparición da lesiones papulosas pruriginosas en tórax y zona lumbar. Buzo de profesión, refiere haber estado trabajando sumergido a 20 metros de profundidad durante una hora. Refiere haber seguido correctamente los protocolos de inmersión y emersión. Posteriormente acudió a facultativo

    con disminución de la sintomatología quien le ha administrado oxígeno. Actualmente no refiere disnea. No

    dolor torácico. No dolor abdominal. No sindrome miccional. No otra clínica referida.

    Asimismo, se llevó a acabo exploración y pruebas destacando:

    General: Consciente y orientado. Hidratado. Eupnelco. Lesiones potequiales en abdomen izquierdo .y alguna en hemitórax derecho.

    C y C,: Otoscopia: OstealemZen OD, sin alteracines en OI.

    Tórax: AC: Tonos rítmicos sin soplos.

    AP: MVC en ambos campos sin ruidos agregados.

    Abdomen: RHA normales presentes, Blando. No doloroso a la palpación. No masas palpables. PPL bilateral negativa.

    MMII: No edemas ni signos de TVP.

    ANALÍTICA 19/04/2012:

    - HEMOGRAMA: Recuento Hematíes 5.69x10^6/mm3, Hemoglobina 15.9 g/d1, Hematocrito 48.7 %, VCM 85,5 fl, HCM 27.9 pg, CHCM 32.6 g/dl, ADE 12 %, Recuento Leucocitos 14.9 x103, Neutrófilos 10.9x103/ mm3, Linfocitos 2.4x103/mm3, Monocitos 1.1 x103/mm3, Eosinófilos 0,1xl03/mm3, Basófilos 0.5 x103/mm3, Plaquetas 140 x103/mm3.

    - COAGULACIÓN: Tiempo de protrombina 11 s, Actividad de Proirombina 92 %, INR 1.05, Tiempo de tromboplatina parcial 33.1 s, TIPA (ratio) 1.11, Fibrinógeno funcional 336 mg/dl.

    ANALÍTICA

    - BIOQUIMICA EN SUERO: Glucosa 99 mg/d1, Urea 36 mg/dl, Creatinina 0.82 mg/dl, Sodio 136 mmo1/1, Po tasio 4 mmol/1, Cloruro 105 mmo1/1.

    - GASOMETRÍA ARTERIA1: PH 7,44, PCO2 34 mmHg, P02 78 mmHg, HCO3- 23.1 mmo1/1, TCO2 24.1 mmpl/ l, BEb-0.6 mmo1/1, BE ecf-1.1mmol/l, SBC 24,4 mmo1/1, O2 SATc 96 %, Calcio iónico 1.04 mmo1/1, Calcio iónico (pH.7.4) 1,06 mmol/1, Lactato 0.6 mmo1/1.

    RX

    - Rx Tórax

    Indice cardiotorácico dentro de la normalidad.

    No desplazamiento mediastínico,

    No alteraciones pleuroparenquímatosas.

    El diagnostico lo fue síndrome de descompresión leve. Haciéndose constar que durante la estancia en el servicio se le administra oxígeno en VM al 50% permaneciendo en el servicio asintomático y como tratamiento reposo relativo y control y seguimiento por su MAP, siendo dado de alta el mismo día a las 23,15 horas.

  7. - Para los trabajos de inmersión se utilizaron 5 botellas con sus certificados correspondientes, y durante el trabajo existía un compresor portátil, el cual había sido revisado en enero del 2.012.

  8. - La descompresión utilizada por la empresa TINSA lo fueron las tablas francesas, al entender que las tablas US Navy Diving Manual (Rev. 6), que son las que prevé la norma, pues el criterio general y asumido por la nueva legislación lo es tratarse de un método más apropiado y conservador.

    No consta autorización por la Dirección General de la Marina Mercante en la utilización de las tablas francesas.

  9. - La empresa emitió parte de baja por accidente de trabajo con la determinación del carácter leve de los servicios médicos.

  10. - El demandante en mayo 2013 le remitieron para tto diferido en cámara hiperbárica (OHB) En 17ª sesión tuvieron que suspender la terapia por aparición de sintomatología imprecisa (cefaleas, adormecimiento ÉEII, epistáxis¿.). La mutua le remitió a valoración por neurología de H Aita Menni.. Tras estudio con RMN craneal, RVN cervicodorsal, EEF, Potenciales evocados,,,. el especialista concluyó que no había evidencia de patología neurológica que explicara los síntomas. HDA severa secundaria a duodenitis erosiva y ulcera duodenal¿ H pylori (-), con tto previo con AINEs y AAS. Anemia severa ( Hb: 5,9)...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR