SJS nº 2 207/2018, 3 de Mayo de 2018, de Badajoz

PonenteMARIA ANGELES VICIOSO RODRIGUEZ
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2018
ECLIES:JSO:2018:2586
Número de Recurso791/2017

JDO. DE LO SOCIAL N. 2

BADAJOZ

SENTENCIA : 00207/2018

-C/ ZURBARAN N 10

Tfno: 924223140

Fax: 924255067

Equipo/usuario: MCA

NIG: 06015 44 4 2017 0003304

Modelo: N02700

DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000791 /2017

Procedimiento origen: /

Sobre: DESPIDO

DEMANDANTE/S D/ña: Ángel Daniel , Victor Manuel

ABOGADO/A: EDUARDO GUARDADO PABLOS, EDUARDO GUARDADO PABLOS

PROCURADOR: ,

GRADUADO/A SOCIAL: ,

DEMANDADO/S D/ña: COPA SERVIPARK SL COPA SERVIPARK SL, CONSORCIO EXTREMEÑO DE TRANSPORTE SANITARIO AIE , AMBULANCIAS TENORIO E HIJOS SL. U. , SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD CONSEJERIA DE SALUD Y POLITICA SOCIAL DEL GOBIERNO

ABOGADO/A: , , , LETRADO DE LA COMUNIDAD JUAN LUIS CHAVES CARRILLO, GEMA DONDE LOPEZ,

PROCURADOR: , , ,

GRADUADO/A SOCIAL: , , , JOSE ANTONIO FRANCO DE DIOS

SENTENCIA

En la ciudad de Badajoz, a 3 de mayo de 2018

Dª. M. Ángeles Vicioso Rodríguez, Juez de refuerzo en el Juzgado de lo Social número DOS de Badajoz, ha visto los autos número 791/2017 instados por D. Ángel Daniel y D. Victor Manuel asistidos del letrado D. Eduardo Guardado Pablos contra COPA SERVIPARK S.L. asistida del graduado social D. José Antonio Franco de Dios; contra el Consorcio Extremeño de Transporte Sanitario AIE asistido del letrado D. Juan Luis Chaves Carrillo; contra Ambulancias Tenorio e Hijos S.L. asistida de la letrada Dª. Gema Conde López y contra el Servicio Extremeño de Salud (SES) de la Junta de Extremadura asistido del letrado D. Carlos Mejías González sobre despido.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 14 de diciembre de 2017 D. Eduardo Guardado Pablos en nombre y representación de D. Ángel Daniel y D. Victor Manuel formuló demanda de reclamación por despido contra COPA SERVIPARK S.L., contra Consorcio Extremeño de Transporte Sanitario AIE, contra Ambulancias Tenorio e Hijos S.L. y contra el Servicio Extremeño de Salud de la Junta de Extremadura.

Tras la exposición de los hechos y la invocación de los fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminaba suplicando el dictado de una sentencia declarando el despido como improcedente condenando a la empresa demandada a que a su opción y dentro del plazo de cinco días proceda a la readmisión o a la indemnización en cuantía legal con abono de los salarios dejados de percibir, todo ello junto con los demás pronunciamientos legales que proceda.

SEGUNDO

Admitida a trámite la demanda, se señaló día para la celebración de los actos de conciliación y juicio.

Abierto el acto la parte actora se afirmó y ratificó en su demanda. COPA se opuso por los motivos que explicó y alegó además falta de legitimación pasiva. El Consorcio también se opuso alegando falta de legitimación pasiva. Ambulancias Tenorio se opuso por los motivos que indicó considerando que no procedía la subrogación. El SES se opuso alegando también falta de legitimación pasiva y solicitando la imposición de multa por temeridad. Tomada nuevamente la palabra por parte de la demandante, realizó las alegaciones que consideró oportunas.

Acordado el recibimiento del pleito a prueba, COPA y el Consorcio aportaron documentos; Ambulancias Tenorio aportó documentos y también solicitó la testifical de D. Constantino ; el SES se remitió al expediente y a la documental obrante en autos. La parte actora instó el interrogatorio de Ambulancias Tenorio, la testifical también de D. Constantino , el expediente y la documental. Toda la prueba fue admitida y practicada.

Finalmente, las partes formularon oralmente sus conclusiones quedando luego los autos conclusos para sentencia.

TERCERO

Se han observado todas las prescripciones legales.

HECHOS

PROBADOS

PRIMERO

D. Ángel Daniel y D. Victor Manuel prestaron servicios laborales para la empresa COPA SERVIPARK S.L.

SEGUNDO

D. Ángel Daniel tiene una antigüedad de 25-01-1985, categoría profesional de director de área y un salario mensual de 2.424,14 euros (incluido p.p. extras).

TERCERO

El 25-01-1984 se celebró un contrato de trabajo temporal entre Coop. Pacense Ambulancia y D. Ángel Daniel para la prestación de servicios como conductor con la categoría profesional de cond. camillero que fue prorrogado. Posteriormente pasó a indefinido manteniendo este carácter en COPA SERVIPARK S.L. (f. 65 y ss.).

CUARTO

Consta de alta en Seguridad Social:

- Del 13-06-1983 al 24-05-1984 por Ambulancias Salomón S.A. GC 09

- Del 26-05-1984 al 21-09-1984 por Pacense Ambulancias S. Coop. GC 08

- Del 05-10-1984 al 25-11-1984 por Pacense Ambulancias S. Coop. GC 08

- Del 25-01-1985 al 31-12-1988 por Pacense Ambulancias S. Coop G 08

- Del 01-01-1989 al 31-05-1995 por Pacense Ambulancias S. Coop G08

- Del 01-06-1995 en adelante por COPA SERVIPARK SL. GC 01 (f. 126, 300).

QUINTO

D. Victor Manuel tiene una antigüedad de 22-04-1988, categoría profesional de director de área y un salario mensual de 2.424,14 euros (incluido p.p. extras).

SEXTO

El 22 de abril de 1988 se celebró un contrato de trabajo temporal entre Pacense Ambulancias S. Coop y D. Victor Manuel para la prestación de servicios como conductor con la categoría de conductor-camillero. El 14 de mayo de 1991 pasó a indefinido manteniendo este carácter en COPA SERVIPARK S.L. (f. 72 y ss.).

SÉPTIMO

El Sr. Victor Manuel consta en Seguridad Social:

- Del 22-04-1988 al 22-04-1991 por Pacense Ambulancias S. Coop. GC 08

- Del 14-05-1991 al 31-05-1995 por Pacense Ambulancia S. Coop. GC 08

- Del 01-06-1995 en adelante por COPA SERVIPARK S.L. GC 01 (f. 122, 302).

OCTAVO

Los trabajadores recibieron carta del siguiente tenor:

"COPA SERVIPARK. Badajoz, a 16 de Octubre de 2017. Estimado trabajador:

Nos ponemos en contacto con Usted, para comunicarle, que lamentablemente el próximo día 31 de Octubre de 2017, será el último que COPA SERVIPARK S.L. prestará el servicio de "Transporte Sanitario Terrestre en el Ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura", según Expte: CSP/99/1108009716/08/CA, que venía desempeñando desde su adjudicación en 2008.

Según comunicación recibida por parte del Servicio Extremeño de Salud, Dirección General de Planificación Económica, la nueva adjudicataria del "Servicio de Transporte Sanitario Terrestre en el Ámbito del Servicio Extremeño de Salud 2017-2012, con mejoras en las condiciones de carácter social", AMBULANCIAS TENORIO E HIJOS SLU, ha comunicado su disposición para iniciar la prestación de dicho Servicio el próximo día 1 de Noviembre de 2017.

El mismo día 31 de Octubre de 2017 se pondrá a su disposición la liquidación correspondiente a cese por subrogación y se procederá a su tramitación con Seguridad Social por el mismo concepto.

En virtud del artículo 18. "Subrogación del contrato con la Administración y empresas privadas" del II Convenio Colectivo para las empresas y trabajadores de transporte de enfermos y accidentados en ambulancia de la Comunidad Autónoma de Extremadura, publicado en DOE nº 54, de 17 de marzo de 2017, a partir del 1 de noviembre de 2017 Usted pasará a formar parte de la nueva empresa adjudicataria con todos sus derechos y obligaciones.

Desde COPA SERVIPARK S.L. queremos agradecerle los servicios que como trabajador ha prestado para nuestra Empresa durante todo este tiempo, ofreciéndonos para cualquier aclaración que precise al respecto..." (f. 10 rev y 11.

NOVENO

Fueron dados de baja en Seguridad Social el 31-10-2017.

DÉCIMO

Los trabajadores remitieron a la empresa Ambulancias Tenorio e Hijos SLU carta del siguiente tenor:

"Me pongo en contacto con Ustedes, para comunicarles que con fecha 16 de Octubre de 2017 he recibido escrito de COPA SERVIPARK S.L. en el que me informa que el día 31 de Octubre de 2017 será el último que prestará el servicio de "Transporte Sanitario Terrestre en el Ámbito de la Comunidad de Extremadura" según Expte: CSP/99/1108009716/08/ CA que venía desempeñando desde su adjudicación en 2008.

Igualmente, me informa que en virtud del art. 18 "Subrogación del contrato con la Administración y Empresas Privadas" del II Convenio Colectivo para las empresas y trabajadores de transporte de enfermos y accidentados en ambulancia de la Comunidad Autónoma de Extremadura, publicado en el DOE nº 54, de 17 de marzo de 2017, que a partir del 1 de noviembre de 2017 pasaré a formar parte de la nueva empresa adjudicataria, AMBULANCIAS TENORIO E HIJOS S.LU.

Según me informa COPA SERVIPARK S.L. me encuentro incluido en el listado de personal subrogable según el Pliego de Condiciones del mencionado Concurso Público, por lo que, no habiendo recibido comunicación alguna por su parte hasta la fecha de hoy, solicito me informe sobre mi estado en dicha subrogación, para poder obrar en consecuencia.

A la espera de sus noticias, me despido atentamente" (f. 107 y ss.).

UNDÉCIMO

El 1 de noviembre de 2017 por Notario de Mérida se extendió Acta de Presencia, número de protocolo 1.196, que contiene los siguientes particulares:

"El mismo día del otorgamiento del acta, siendo las 8 horas y 14 minutos, me persono en el exterior de la nave industrial en que desarrolla la actividad la mercantil Ambulancias Tenorio e Hijos S.L. con D. Ángel Daniel , con su abogado D. Eduardo Guardado Pablo a quien conozco, y junto con los requirentes de los protocolos de actas de presencia autorizadas por mí el día de hoy con la misma finalidad:...D. Victor Manuel (protocolo número 1.197)..D. Roque entra en el interior de la nave a la zona de...

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