SJCA nº 3 119/2018, 3 de Mayo de 2018, de Oviedo

PonenteMIGUEL ANGEL CARBAJO DOMINGO
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2018
ECLIES:JCA:2018:467
Número de Recurso9/2018

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 3

OVIEDO

SENTENCIA: 00119/2018

SENTENCIA

En Oviedo, a 3 de mayo de 2018.

Vistos por el Ilmo. Sr. D. MIGUEL ANGEL CARBAJODOMINGO , M agistrado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número tres de Oviedo y su Partido , los presentes autos DERECHOS FUNDAMENTALES Nº. 9/18 , seguidos en este Juzgado, entre partes, de una como recurrentes Dª. Enma y D. Romulo , representados y asistidos de la Letrada Dª. Violeta Díaz Suárez; siendo demandado AYUNTAMIENTO DE SOMIEDO , representado por la Procuradora Dª. Marta María Arija Domínguez y asistido del Letrado D. Carlos Alvarez Arias y MINISTERIO FISCAL .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Letrada Dª. Violeta Díaz Suárez en nombre y representación de Dª. Enma y D. Romulo se presentó recurso contencioso-administrativo tramitado por las normas previstas para la tutela de los Derechos Fundamentales en fecha 5.01.18, contra Ayuntamiento de Somiedo, en base a los hechos y fundamentos de derecho que en su demanda se expresan y, terminó suplicando que, previos los trámites legales, se dicte sentencia en los términos interesados en el Suplico de la misma.

SEGUNDO

Por Auto de 26.02.18 se recibió a prueba el presente recurso por plazo de veinte días para la proposición y práctica de la misma.

Por Auto dictado 27.02.18, se acordó la admisión de la prueba propuesta por las partes, practicada la misma se declara conclusas las actuaciones para dictar Sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso contencioso-administrativo tramitado por las normas previstas para la tutela de los Derechos Fundamentales se impugna la desestimación de las peticiones de información formuladas por Dª. Enma y D. Romulo ante el Ayuntamiento de Somiedo en relación con el Expediente de Modificación de Créditos nº 1/2017 y el Expediente de Aprobación inicial de Presupuesto y plantilla 2018.

  1. Posición de la parte actora:

    Se interesa la estimación del recurso, por vulneración del derecho constitucional recogido en el art. 23 de la CE , al no haber dado respuesta la Administración demandada a las solicitudes de información en relación con el Expediente de Modificación de Créditos nº 1/2017 y el Expediente de Aprobación inicial de Presupuesto y plantilla 2018.

    Así mismo, se solicita que se declare la nulidad de la aprobación de la Modificación de Créditos nº 1/2017 y de la aprobación inicial del Expediente de Presupuesto y Plantilla de Personal 2018, por vulneración del artículo 23 de la CE , retrotrayendo las actuaciones al momento procesal previo a la convocatoria del Pleno para la aprobación inicial de la Modificación de Créditos nº 1/2017, con acceso a la información requerida por los demandantes en todos y cada uno de sus escritos en relación a la Modificación de Créditos nº 1/2017, e igual retroacción de las actuaciones al momento procesal previo a la convocatoria de la aprobación inicial del Presupuesto y Plantilla de Personal 2018, con aportación e inclusión en el expediente de la documentación requerida por mis representados.

    Sostienen los recurrentes que interesaron de la Corporación la documentación que conforme a la normativa aplicable es precisa para realizar tanto una modificación de créditos como la aprobación de unos presupuestos dentro del ámbito de la labor de control y fiscalización de los actos de gobierno del Alcalde, de acuerdo con lo establecido en los arts. 14 y 15 del ROF.

    En lo que se refiere a la modificación de crédito, entienden los demandantes que se procedio a la modificación del crédito sin incluir la documentación preceptiva, conforme a los establecidos en el art. 177.1 del TRLHL.

    En lo que hace a la aprobación del presupuesto no se ha aportado la documentación preceptiva al expediente del presupuesto 2018 y de plantilla de personal, por lo que se solicitó la retirada del orden del día del punto quinto del Pleno de 20 de diciembre de 2017, sin embargo dicha petición no fue votada por los Concejales. Igualmente, no se facilitó a los recurrentes la documentación solicitada en su escrito de 18 de diciembre de 2017.

  2. Posición del Excmo. Ayuntamiento de Somiedo:

    Se interesa la desestimación del recurso, al entender que la resolución recurrida es conforme a Derecho, al entender que la tramitación de los expedientes de modificación de créditos y de aprobación del presupuesto fue realizada conforme a lo dispuesto en el Ordenamiento Jurídico.

  3. Posición del Ministerio Fiscal:

    Interesa la desestimación del recurso, al entender que los recurrentes han tenido acceso a los documentos interesados.

SEGUNDO

Sobre los hechos que resultan del expediente administrativo.

Entrando ya en el examen de la cuestión de fondo, y para una más adecuada fijación de los términos del debate, se estima conveniente el establecer una somera relación de los hechos que han resultado probados, bien por la prueba practicada al efecto, bien por constatarse ya en el mismo expediente administrativo, a saber:

  1. Expediente de modificación de créditos 1/2017:

    1. Por Providencia de Alcaldía del Ayuntamiento de Somiedo de 6 de noviembre de 2017 se dispone que por el Secretario se informe sobre el procedimiento a seguir para efectuar un suplemento de crédito financiado con cargo a anulaciones o bajas de créditos (f. 1), incorporándose una Memoria (f. 2)

    2. El 6 de noviembre de 2017 se emiten sendos Informes de Secretaria e Intervención en relación con la modificación presupuestaria instada por el Alcalde (f. 4 y ss.).

    3. El 6 de noviembre de 2017 se emite informe de Intervención de Evaluación del Cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria (f. 15).

    4. El 13 de noviembre de 2017 los ahora recurrentes presentan ante el Ayuntamiento de Somiedo escrito solicitando información que acredite que los ingresos previstos en el presupuesto vengan a efectuarse con normalidad conforme al artículo 177.4 de la TRLRHL y Memoria justificativa en la que se acredite el carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores (f. 24 y ss.).

    5. Por Acuerdo del Pleno de 14 de noviembre de 2017 se procede a la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos, con la modalidad de suplemento de crédito financiado con cargo a bajas de créditos de otras aplicaciones (f. 29).

    6. El 15 de noviembre de 2017 el Grupo Municipal de Foro solicita la transcripción del acta de la sesión extraordinaria del Pleno de 14 de noviembre de 2017 relativa a la intervención del portavoz de dicho grupo (f. 35).

    7. El 11 de diciembre de 2017 los Concejales del Grupo municipal de FORO presentan ante el Ayuntamiento escrito solicitando certificaciones de las reclamaciones presentadas en el expediente de modificación de créditos 1/2017, emitiéndose informe de Intervención y Secretaria para dictaminar sobre el análisis del contenido de los escritos de reclamación que se presenten frente al acuerdo inicial de aprobación del expediente de modificación de créditos, solicitando al Alcalde que se someta a la aprobación del Pleno el Acuerdo que se recoge en el mismo escrito (f. 41 y ss).

  2. Expediente de aprobación del Presupuesto General 2018:

    1. El 12 de diciembre de 2017 se emite informe de Secretaria (f. 58), y con la misma fecha Informe de Intervención (f. 62) en relación con la aprobación del presupuesto del ejercicio 2018.

    2. Al f. 65 y ss. del E/A figura la Memoria Explicativa del proyecto de Presupuesto Municipal para el ejercicio 2018.

    3. El 12 de diciembre de 2017 se emite Informe Económico-Financiero en relación con el presupuesto del ejercicio 2018 (f. 233).

    4. El 12 de diciembre de 2017 se emite el Informe de Intervención de Evaluación del Cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, de la regla de gasto y de la deuda pública (f. 241).

    5. El 18 de diciembre de 2017 los Concejales del Grupo Municipal de Foro solicitan antecedentes, datos e informaciones del expediente de modificación de créditos Nº 1/2017 que se somete a deliberación y votación del Pleno el 20 de diciembre de 2017 (f. 252 y ss).

    6. El 18 de diciembre de 2017 se solicita por los Concejales del Grupo Municipal de FORO acceso a los antecedentes, datos e informaciones del Presupuesto y Plantilla de personal para el ejercicio de 2018 que se somete a deliberación y votación del Pleno el 20 de...

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