SAP León 157/2018, 14 de Mayo de 2018

PonenteANTONIO MUÑIZ DIEZ
ECLIES:APLE:2018:527
Número de Recurso57/2018
ProcedimientoCivil
Número de Resolución157/2018
Fecha de Resolución14 de Mayo de 2018
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

LEON

SENTENCIA: 00157/2018

Modelo: N10250

C., EL CID, 20

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Tfno.: 987233159 Fax: 987/232657

Equipo/usuario: APS

N.I.G. 24115 41 1 2010 0009718

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000057 /2018

Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.7 de DIRECCION000

Procedimiento de origen: MMC MODIFICACION DE MEDIDAS SUPUESTO CONTENCIOSO 0000477 /2016

Recurrente: Covadonga

Procurador: ANGELA VELASCO GIL

Abogado: Mª IRENE CAYON LOPEZ

Recurrido: Modesto

Procurador: ANTOLINA HERNANDEZ MARTINEZ

Abogado: MARIA JOSE ALONSO GARCIA

SENTENCIA NUM. 157/2018

ILMOS/A SRES/A:

D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ.- Presidente

D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.- Magistrado

Dª Mª DEL PILAR ROBLES GARCIA.- Magistrada

En León, a catorce de mayo de 2018.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 2ª, de la Audiencia Provincial de LEON, los Autos de MODIFICACION DE MEDIDAS SUPUESTO CONTENCIOSO 477/2016, procedentes del JDO.1A.INST. N.7 de DIRECCION000, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 57/2018, en los que aparece como parte apelante, Dª Covadonga, representada por la Procuradora Dª. Angela Velasco Gil, asistida

por la Abogada Dª. Mª Irene Cayón López, y como parte apelada, D. Modesto, representado por la Procuradora Dª. Antolina Hernández Martínez, asistida por la Abogada D. María José Alonso García, sobre extinción de pensión alimenticia, siendo el Magistrada Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado expresado al margen, se dictó sentencia en los referidos autos, con fecha 17 de marzo de 2017, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: ESTIMO PARCIALMENTE la demanda de modificación de medidas definitivas interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. Antolina Hernández Martínez, en nombre y representación de D. Modesto contra Dña. Covadonga, representada en juicio por la Procuradora Dña. Ángela Velasco Gil; E IMPONGO, una pensión de alimentos a cargo del demandante y a favor de su hijo mayor de edad Constantino, de 150 € mensuales.

No se hace ningún especial pronunciamiento sobre costas debiendo abonar cada litigante las devengadas a su cargo."

SEGUNDO

Contra la relacionada sentencia, se interpuso por la parte demandada recurso de apelación ante el Juzgado, y dado traslado a la contraparte, por ésta se presentó escrito de oposición, remitiéndose las actuaciones a esta Sala y señalándose para la deliberación, el pasado día 16 de abril, y que fue suspendida dando traslado a las partes para alegaciones.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por D. Modesto se formuló demanda, contra Dª Covadonga, en la que se solicitaba la extinción de la pensión de alimentos fijada en favor de su hijo D. Constantino en la sentencia de fecha 13 de octubre de 2010, y cuya cuantía fue modificada en posterior sentencia de 6 de febrero de 2012.

La sentencia de fecha 17 de marzo de 2017, estima parcialmente la demanda e impone una pensión de alimentos a cargo del demandante y a favor de su hijo mayor de edad D. Constantino, de 150 € mensuales, sin hacer especial pronunciamiento sobre costas.

Frent e a la misma se interpone recurso de apelación por el actor.

La demandada se opone al recurso e interesa la integra confirmación de la sentencia recurrida.

SEGUNDO

Tras el examen de los autos resultan los siguientes particulares:

  1. - Por Resolución de fecha 3 de junio de 2009 de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de León, de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, de la Junta de Castilla y León, se acuerda declarar al menor, Constantino, nacido el día NUM000 de 1996, en situación de desamparo, asumir la tutela legal del mismo y formalizar el acogimiento familiar permanente y de carácter administrativo del menor con su abuela materna Dª Covadonga .

  2. - Con fecha 13 de octubre de 2010 se dictó sentencia por el Juzgado de 1ª Instancia nº 7 de DIRECCION000, en autos de juicio verbal nº 126/10 en la que se estima la demanda interpuesta por Dª Covadonga contra

    D. Modesto, en reclamación de alimentos a favor del menor Constantino, hijo del demandado, en la que se acuerda «imponer al Sr. Modesto la obligación de contribuir al pago de alimentos a favor de su hijo menor Constantino, debiendo abonar en la cuenta que se designe al efecto la cantidad de 150 €, lo que deberá hacer en los cinco primeros días del mes».

  3. - Con fecha 6 de febrero de 2012 se dictó sentencia por el mismo juzgado, en juicio verbal nº 434/12, en la que estimando la demanda interpuesta por Dª Covadonga contra D. Modesto, se acuerda que «el padre Modesto abonará como pensión de alimentos la cantidad de 225€ al mes, haciéndose cargo igualmente del 50% de los gastos extraordinarios, debiendo detraerse dicha cantidad de alimentos directamente de la nómina del demandado».

  4. - Por Resolución de fecha 11 de marzo de 2014 de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de León, de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, de la Junta de Castilla y León, se acuerda el cese de la tutela por mayoría de edad de Constantino y prorrogar actuaciones protectoras durante un año tras su mayoría de edad, consistentes en su acogimiento familiar con familia extensa, siendo prorrogable hasta los 21 años.

TERCERO

Con carácter previo es de señalar que lo que aquí se debate es la pretensión del actor de que...

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