SAP Palencia 177/2018, 26 de Abril de 2018
Jurisdicción | España |
Fecha | 26 Abril 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial de Palencia, seccion 1 (civil y penal) |
Número de resolución | 177/2018 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
PALENCIA
SENTENCIA: 00177/2018
Modelo: N10250
AVENIDA ANTIGUA FLORIDA 2-4º
Tfno.: 979.167.701 Fax: 979.746.456
Equipo/usuario: CIV
N.I.G. 34056 41 1 2017 0000087
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000079 /2018
Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de CERVERA DE PISUERGA
Procedimiento de origen: OR1 ORDINARIO DERECHO AL HONOR-249.1.1 0000042 /2017
Recurrente: MINISTERIO FISCAL, CAJA ESPAÑA
Procurador:, ANA ISABEL VALBUENA RODRIGUEZ
Abogado:,
Recurrido: Javier
Procurador: FRANCISCO JAVIER ESPINOSA PUERTAS
Abogado:
Este Tribunal, compuesto por los Señores Magistrados que se indican al margen, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
La siguiente
SENTENCIA NUM. 177/2018
SEÑORES DEL TRIBUNAL
Ilmo. Sr. Presidente
Don Mauricio Bugidos San José
Ilmos. Sres. Magistrados
Don José Alberto Maderuelo García
Don Carlos Miguelez Del Rio
En la ciudad de Palencia, a 26 de abril de dos mil dieciocho.
Vistos, en grado de Apelación ante esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario sobre derecho al honor provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Cervera de Pisuerga, en virtud del Recurso de apelación interpuesto contra la sentencia recaída en el mismo de fecha 21 de noviembre de 2017, entre partes, de un lado, como apelante, la entidad "Banco Ceiss, representada por la Procuradora Sra. Valbuena Rodríguez y defendida por el Letrado Sr. Fuentes Cavero ; y, de otra, como apelado, D. Javier representado por el Procurador Sr. Espinosa Puertas y defendido por la Letrada Sra. García Fraile; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don José Alberto Maderuelo García.
SE ACEPTAN los antecedentes fácticos de la Sentencia impugnada.
Que el Fallo de dicha Sentencia, literalmente dice: ESTIMAR ÍNTEGRAMENTE LA DEMANDA
interpuesta por el Procurador de los Tribunales Don Francisco Javier Espinosa Puertas en nombre y representación de Don Javier, asistidos por la letrada Doña Rosario García Fraile contra Banco Ceiss, con los siguientes pronunciamientos:
-
).- La entidad demandada ha llevado a cabo intromisión ilegítima en el derecho al honor del actor.
-
).- Se condena a la entidad demandada a eliminar de los registros de morosos y de los de su propia entidad sus datos de deuda, tanto en su versión escrita como digital.
-
).- Se condena a la entidad demandada a abonar en concepto de daño moral una indemnización por los daños y perjuicios causados en la cuantía de 10.000 € cantidad que deberá ser incrementada con el interés legal del dinero desde la interpelación judicial, hasta la fecha de la sentencia y desde la fecha de la sentencia hasta el pago definitivo el interés legal del dinero incrementado en dos puntos.
4).- Se condena a la entidad demandada al pago de las costas procesales.
Contra dicha Sentencia la entidad " Banco Ceiss " interpone recurso parcial de apelación en lo referente a la cantidad fijada como indemnización, del que, una vez admitido, se dio traslado a la parte contraria para que en el plazo de diez días presentara escrito de oposición al recurso, o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resultare desfavorable.
La parte apelada, D. Javier, presentó dentro de plazo escrito de oposición al recurso de apelación formulado por la contraria, remitiéndose seguidamente los autos a esta Audiencia Provincial para resolver el recurso de apelación.
Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la resolución recurrida que se dan aquí por reproducidos, salvo en lo que puedan entrar en contradicción con lo que seguidamente se expondrá.
Contra la sentencia de fecha 21 de noviembre de 2017, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Cervera de Pisuerga, en la que estimó íntegramente la demanda interpuesta por D. Javier, contra la entidad demandada Banco Caja de España de Inversiones Caja Salamanca y Soria ejercitando una acción sobre intromisión ilegitima del derecho al honor del demandante por incluirle en los denominados " archivos de morosos" por deudas con Caja España que importaban 1.122,46 euros en una cuenta corriente y 3.117,46 euros del uso de una tarjeta a crédito, se interpone ahora por la parte demandada el presente recurso parcial de apelación, en el que se insiste de nuevo en las pretensiones de la oposición a la demanda referidas únicamente a la cantidad que la Juez a quo fija como indemnización una vez estimó que por parte de la entidad demandada había habido intromisión ilegítima del derecho al honor del Sr. Javier y, en lo referente a las costas del procedimiento que le han sido impuestas en la sentencia impugnada.
En el recurso, como motivación de la impugnación, se sostiene básicamente que ha habido error en la valoración de la prueba y en la aplicación del Derecho por parte de la Juez de Primera Instancia, con infracción del art.9.3 de la Ley Orgánica De Protección Del Derecho Al Honor y la Doctrina del Tribunal Supremo que la interpreta, por cuanto que la cuantía fijada como indemnización a favor del intrusado -10.000 euros-, no tiene en cuenta los parámetros legales, ni los criterios establecidos por una...
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