AAP Valencia 649/2018, 26 de Junio de 2018
Ponente | JOSE MANUEL ORTEGA LORENTE |
ECLI | ES:APV:2018:1748A |
Número de Recurso | 931/2018 |
Procedimiento | Recurso de apelación. Autos de instrucción |
Número de Resolución | 649/2018 |
Fecha de Resolución | 26 de Junio de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN SEGUNDA
VALENCIA
Avenida DEL SALER,14 2º
Tfno: 961929121
Fax: 961929421
NIG: 46250-43-2-2018-0008154
Procedimiento: Apelación Autos Instrucción Nº 000931/2018- Dimana del Diligencias Previas Nº 000386/2018
Del JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 14 DE VALENCIA
AUTO nº 649/2018
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Iltmos/as. Sres/as.:
Presidente
D. JOSE MANUEL ORTEGA LORENTE -ponente- Magistrados/as
Dª. MARÍA DOLORES HERNÁNDEZ RUEDA
Dª. SANDRA SCHULLER RAMOS ===========================
En Valencia a veintiséis de junio de dos mil dieciocho
Por el JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 14 DE VALENCIA se tramitaron Diligencias Previas con el numero Nº 000386/2018, dictándose en fecha de 10 de mayo de 2018 auto que desestimó el recurso de reforma interpuesto contra el auto de sobreseimiento provisional de fecha 22 de febrero de 2016; auto quefue notificado a las partes y por el Procurador D. ALBERTO MALLEA CATALA en nombre y representación de D. Fidel se interpuso contra dicha resolución recurso de apelación.
Admitido el recurso a trámite, el MInisterio Fiscal lo impugnó, tras lo que fueron remitidas las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Incoado el presente rollo para la substanciación del recurso de apelación interpuesto, previa su deliberación, fueron entregados los autos al Magistrado Ponente, D/ña. JOSE MANUEL ORTEGA LORENTE, para que expresase el parecer del Tribunal.
Solicita la parte recurrente la revocación de la decisión de sobreseimiento adoptada por el Juez de Instrucción para que se proceda a la reapertura de la fase de instrucción y a la práctica de diligencias, entre ellas, tomar declaración como investigados a personas identificadas policialmente por haber participado en actividades festivas desarrolladas en determinadas fechas en la Alqueria de los denunciantes.
Debemos recordar que los elementos del delito de usurpación, tal como los delimita la Sala II del TS (STS, Penal sección 1 del 12 de noviembre de 2014 ( ROJ: STS 5169/2014- ECLI:ES:TS:2014:5169) son :
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La ocupación, sin violencia o intimidación, de un inmueble, vivienda o edificio que en ese momento no constituya morada de alguna persona, realizada con cierta vocación de permanencia.
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Que esta perturbación posesoria puede ser calificada penalmente como ocupación, ya que la interpretación de la acción típica debe realizarse desde la perspectiva del bien jurídico protegido y del...
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AAP Valencia 867/2018, 11 de Septiembre de 2018
...a fin de identificar a personas que lo ocupan ilegalmente. TERCERO Como dijimos en nuestro Auto de fecha 26 de junio de 2018 ( ROJ: AAP V 1748/2018 -ECLI:ES:APV:2018:1748A ) debemos recordar que los elementos del delito de usurpación, tal como los delimita la Sala II del TS ( STS, Penal sec......