SAP Cantabria 234/2018, 22 de Mayo de 2018

PonenteMARIA DEL MAR HERNANDEZ RODRIGUEZ
ECLIES:APS:2018:411
Número de Recurso23/2018
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución234/2018
Fecha de Resolución22 de Mayo de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 4ª

S E N T E N C I A nº 000234/2018

Ilmos. Sres. Magistrados:

Dª Maria Jose Arroyo Garcia

D. Marcial Helguera Martinez

Dª Maria del Mar Hernandez Rodriguez

En Santander, a 22 de mayo del 2018.

Vistos en trámite de apelación ante esta AUDIENCIA PROVINCIAL SECCION 4 de Cantabria los presentes autos de CONCURSO ORDINARIO 480/13-15 Rollo de Sala nº 0000023/2018, procedentes del JUZGADO MERCANTIL Nº 1 de Santander.

En esta segunda instancia ha sido parte apelante Dª Marta y Torcuato, representados por la Procuradora Dª. ROSAURA DÍEZ GARRIDO y defendidos por el Letrado D. FERNANDO SUAREZ LOZANO; y parte apelada-impugnante la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL de la mercantil " SERVIBOL CANTABRIA SERVICIOS GENERALES S.L.U." en la persona del Letrado D. CALIXTO ALONSO DEL POZO, habiendo sido parte igualmente el MINISTERIO FISCAL.

Es ponente de esta resolución la Ilma. Sra. Magistrado Dª. Maria del Mar Hernandez Rodriguez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del JUZGADO MERCANTIL Nº 1 de Santander, en los autos de referencia, se dictó sentencia con fecha 29 de septiembre de 2017, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: DECLARO CULPABLE el concurso de SERVIBOL CANTABRIA SERVICIOS GENERALES S.L.U. con los siguientes pronunciamientos:

  1. - El concurso se declara culpable por haber agravado la insolvencia ( art. 164.1 LC ) y por retraso en la solicitud ( art. 165.1.3 LC ).

  2. - Se determina como personas afectadas por la calificación a doña Marta y a don Torcuato, con:

    i) inhabilitación para administrar los bienes ajenos, así como para representar a cualquier persona, sin poder ejercer el comercio ni tener cargo ni intervención directa administrativa o económica en compañías mercantiles o industriales, durante el período de 5 años para doña Marta y 2 años para don Torcuato ;

    ii) pérdida de cualquier derecho que tuvieran como acreedores concursales o de la msa;

  3. - Condeno a doña Marta al pago a la masa del concurso en concepto de indemnización de daños y perjuicios de la cantidad de 365.444,93 €.

    Sin imposición de costas procesales.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia la representación de la ya reseñada parte apelante interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado de Primera Instancia; y tramitado el mismo se remitieron las actuaciones a la Ilma. Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, habiendo correspondido, por turno de reparto, a esta Sección, donde tras la deliberación y el fallo del recurso, quedaron las actuaciones pendientes de dictarse la resolución correspondiente.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales, excepto el plazo para resolver el recurso, en razón a la existencia de otros asuntos civiles señalados con anterioridad.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia apelada calificó el concurso de SERVIBOL CANTABRIA, S.L. como culpable por apreciar agravación de la insolvencia y retraso en la solicitud de concurso, considerando como personas afectadas por la calificación a los hoy apelantes y condenando a doña Marta al pago a la masa del concurso en concepto de indemnización la cantidad de 365.444.93 euros.

Se alzan frente a ella los apelantes por dos únicos motivos. En el primero se combate la condena pecuniaria impuesta a doña Marta y en el segundo la consideración de don Torcuato como persona afectada por la calificación.

SEGUNDO

Comenzando con el primer motivo, se alega que se ha producido un error en la interpretación del art. 172.2.3º LC, refiriéndose a que apenas ha sido fundamentado el rechazo al argumento relativo a que el administrador concursal no ejercitó las correspondientes acciones de reintegración, aludiendo a...

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