SAN 3/2018, 11 de Junio de 2018

PonenteJOSE MARIA VAZQUEZ HONRUBIA
EmisorAudiencia Nacional - Juzgados Centrales de lo Penal
ECLIES:AN:2018:2040
Número de Recurso12/2016

JDO. CENTRAL DE LO PENAL N. 1 MADRID

C/ GARCIA DE GUTIERREZ,1 Tfno.: 917096422/23/24 Fax: 917096425

SENTENCIA 3/2018

AUDIENCIA NACIONAL JUZGADO CENTRAL DE LO PENAL

PROCEDIMIENTO ABREVIADO 12/2016. M

DIMANA DILIGENCIAS PREVIAS

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 275/08

JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN Nº 5

PIEZA SEPARADA DE VALENCIA 1/2/6

MAGISTRADO:

  1. JOSE MARIA VAZQUEZ HONRUBIA

    El Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional de Madrid, en la causa referenciada, ha dictado,

    EN NOMBRE DE SU MAJESTAD, EL REY,

    La siguiente

    SENTENCIA Nº. 3

    En MADRID, a once de junio de dos mil dieciocho.

    VISTO en Juicio Oral y Público ante el Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional el procedimiento arriba referenciado, procedente de JUZGADO CENTRAL INSTRUCCION nº: 005 seguido por un delito CONTRA LA HACIENDA PUBLICA, DELITO ELECTORAL, Y DE FALSEDAD DE DOCUMENTO MERCANTIL contra:

    1. Nazario, nacido en Casablanca (Marruecos,) el día NUM000 /1955, hijo de Cirilo y Eva María, con NIF NUM001, representado por la Procuradora Dª Mª Ángeles Sánchez Fernández y defendido por los Letrados Juan Carlos Navarro Valencia y Francisco Javier Iglesias Redondo.

    2. Jesús Ángel, nacido en Pontevedra, el día NUM002 /1960, hijo de Martin y Julia, con NIF NUM003, representado por la Procuradora Dª Cayetana Natividad de Zulueta Luchsinger y defendido por los Letrados Miguel Duran y Margarita Crespo Vázquez.

    3. Cesareo, nacido en Madrid el día NUM004 /1962, hijo de Juan María y María Consuelo, con NIF NUM005, representado por la Procuradora Dª Laura Argentina Gómez Molina y defendido por el Letrado José Javier Vasallo Rapela.

    4. Horacio, nacido en Castellón de la Plana (Castellón), el día NUM006 /1974, hijo de Enrique y Gregoria, con NIF NUM007, representado por la Procuradora Dª Mª del Rosario Sánchez Rodríguez y defendido por los Letrados Cesar Olmos Rochina y Manuel Giner Marti.

    5. Romulo nacido en Grañen (Huesca) el día NUM008 /1960, hijo de Oscar y Marí Jose, con NIF NUM009, representado por la Procuradora Dª María de la Paloma Ortiz- Cañavate Levenfeld y defendido por el Letrado

  2. Alejandro Bas Carratalá.

    1. Juan Pablo, nacido en Alicante, el día NUM010 /1946, hijo de Cirilo y Fidela, con NIF NUM011 representado por la Procuradora Dª Raquel Sánchez -Marín García y defendido por el Letrado D. Ignacio Gally Muñoz.

    2. Darío, nacido en Xirivella (Valencia) el día NUM010 /1968, hijo de Baldomero y María Ángeles, con NIF NUM012, represado por la Procuradora Dª María del Rosario Sánchez Rodríguez y defendido por el Letrado

  3. Vicente Grima Lizandra.

    1. Leon, nacido en Cabezón de la Sal (Cantabria), el día NUM013 /1958, hijo de Ovidio y Micaela . con NIF NUM014, representado por la Procuradora Dª Mª Ángeles Sánchez Fernández y defendido por el Letrado

  4. Juan Carlos Navarro Valencia.

    1. Valeriano, nacido en Castellón de la Plana (Castellón) el día NUM015 /1963, hijo de Baldomero y Luz, con NIF NUM016, representado por el Procurador D. Isidro Orquin Cedenilla y defendido por el Letrado D. Carlos Gómez-Taylor Corominas

    2. Indalecio, nacido en Castellón de la Plana (Castellón), el día NUM017 /1972, hijo de Humberto y Apolonia, con NIF NUM018, representado por la Procuradora Dª. Cecilia Diaz- Caneja Rodríguez y defendido por los Letrados D. José Manuel Casanueva Pérez- Llantada y D. Manuel Olle Sese.

    3. Ana, nacida en Xativa (Valencia), el día NUM019 /1968, hija de Jose Manuel y Marina, con NIF NUM020, representada por el Procurador D. Fernando Pérez Cruz y defendida por la Letrada Dª. Mª José Tarin Maña.

    4. Jose Ramón, nacido Valencia, el día NUM021 /1969, hijo de Humberto y Elvira, con NIF NUM022, representado por la Procuradora D. Adela Cano Lantero y defendido por el Letrado D.Xavier I.Cendillo Lorente.

    5. Lidia, nacida en León, el día NUM023 /1971, hija de Hugo y Soledad con NIF NUM024, representada por la Procuradora Dª María Esperanza Vázquez García y defendida por el Letrado D. Javier Mariano Poveda Morote.

    6. Casiano, nacido en Madrid el día NUM025 /1952, hijo de Hugo y Esmeralda, con NIF NUM026, representado por el Procurador D. Argimiro Vázquez Guillen y defendido por los Letrados D. Esteban Mestre Delgado y Dª Rocío Adámez Castro.

    7. Isidoro, nacido en Castellón de la Plana (Castellón), el día NUM015 /1958, hijo de Oscar y Tamara, con NIF NUM027, representado por la Procuradora Dª. María del Valle Gili Ruiz y defendido por los Letrados

  5. Amadeo Pérez Pellicer y D. Daniel Iturralde Murria.

    1. Saturnino, nacido en Castellón de la Plana (Castellón) el día NUM028 /1945, hijo de Daniel y Estela, con NIF NUM029 representado por la Procuradora Dª. María del Valle Gili Ruiz y defendido por el Letrado

  6. José Marí Olano.

    1. Alexander, nacido en Castellón de la Plana (Castellón) el día NUM030 /1957, hijo de Daniel y Estela, con NIF NUM031 representado por el Procurador D. Argimiro Vázquez Guillen y defendido por las Letradas Dª. Eva de Andrés Lucas y Dª Mª de Andrés Lucas.

    2. Felicisimo, nacido en Alicante, el día NUM032 /1972, hijo de Cirilo y Ángela, con NIF NUM033, representado por la Procuradora Dª Teresa de Jesús Castro Rodríguez y defendido por los Letrados D. Jacinto Pérez Arias y D. Jaime Miguel Peris Riera.

    3. Teofilo nacido en Albatera (Alicante) el día NUM034 /1960, hijo de Cirilo y Ángela, con NIF NUM035, representado por la Procuradora Dª. Teresa de Jesús Castro Rodríguez y defendido por los Letrados D. Jacinto Pérez Arias y D. Jaime Jesús Peris Riera.

    4. Mario nacido en Anna (Valencia), el día NUM036 /1955, hijo de Oscar y Elvira, con NIF NUM037, representado por la Procuradora Dª Teresa de Jesús Castro Rodríguez y defendido por los letrados Jacinto Pérez Arias y Jaime Miguel Peris Riera.

    Habiendo sido partes el Ministerio Fiscal, representado por la Ilma. Sr. Dª Myriam Segura Rodrigo y D. Carlos Alba Novillo, el abogado del Estado representado por D. Edmundo Bal Francés y dichos acusados.

    ANTECEDENTES DEL HECHO

PRIMERO

- El Ministerio Fiscal en sus conclusiones finales califico los hechos procesales como constitutivos delos siguientes delitos:

1- Un delito electoral del artículo 149 de la L. O. 5/85, de 19 de junio, de Régimen Electoral General, en su redacción original, anterior a la reforma operada por la L. O. 2/2011, de 28 de enero, con motivo de las Elecciones Autonómicas de 2007.

2- Un delito electoral del artículo 149 de la L. O. 5/85, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en su redacción original, con motivo de las Elecciones generales de 2008.

3- Un delito electoral del artículo 149 de la L. O. 5/85 de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en su redacción original, con motivo de las Elecciones Generales de 2008.

4- Un delito continuado de falsedad en documento mercantil de los arts. 392 en relación con el 390.1.2 y 3 y 74 del Código Penal .

5- Un delito contra la Hacienda Pública del artículo 305 del Código Penal por defraudación del Impuesto sobre el Valor Añadido del año 2005.

6- Un delito contra la Hacienda Pública del artículo 305 del Código Penal por defraudación del Impuesto de Sociedades de 2005.

7- Un delito contra la Hacienda Pública del artículo 305 del Código Penal por defraudación del Impuesto de Sociedades de 2006.

8- Un delito contra la Hacienda Pública del artículo 305 del Código Penal por defraudación del Impuesto sobre el Valor Añadido del año 2007.

9- Un delito contra la Hacienda Pública del artículo 305 del Código Penal por defraudación del Impuesto de Sociedades de 2007.

10- Un delito contra la Hacienda Pública del artículo 305 del Código Penal por defraudación del Impuesto sobre el Valor Añadido del año 2008.

Los hechos de la conclusión alternativa subsidiaria referida a la defraudación tributaria del IVA e IS (alternativa a los apartados 2.5 a 2.10, correspondiente a los apdos. 9.1 a 9.4 de la Conclusión Primera) son constitutivos de:

- Un delito contra la Hacienda Pública del artículo 305 del Código Penal por defraudación del Impuesto de Sociedades de 2006.

- Un delito contra la Hacienda Pública del artículo 305 del Código Penal por defraudación del Impuesto sobre el Valor Añadido del año 2007.

- Un delito contra la Hacienda Pública del artículo 305 del Código Penal por defraudación del Impuesto de Sociedades de 2007.

  1. - Un delito contra la Hacienda Pública del artículo 305 del Código Penal por defraudación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2006.

  2. - Un delito contra la Hacienda Pública del artículo 305 del Código Penal por defraudación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2007.

    - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 28, 29 y 31 del CódigoPenal, los acusados son responsables de los referidos delitos en los siguientes conceptos:

  3. Son responsables como autores del delito electoral correspondiente a las Elecciones Autonómicas de 2007 los

    acusados Indalecio, Jose Ramón, Valeriano, Ana, Saturnino, Alexander, Isidoro, Teofilo, Felicisimo, Horacio, Cesareo, Jesús Ángel, Leon y Nazario .

  4. Son responsables como autores del delito electoral correspondiente a las Elecciones Municipales de 2007 los acusados Indalecio, Jose Ramón, Ana, Saturnino, Alexander, Isidoro, Teofilo, Felicisimo, Horacio, Cesareo, Jesús Ángel, Leon y Nazario .

  5. Son responsables como autores del delito electoral correspondiente a las Elecciones Generales de 2008 los

    acusados Indalecio, Jose Ramón, Valeriano, Ana, Saturnino, Alexander, Isidoro, Horacio, Darío, Romulo, Juan Pablo, Cesareo, Jesús Ángel, Leon y Nazario .

    Es responsable como cómplice del mismo delito Lidia .

  6. Son responsables como autores del delito de falsedad documental los acusados Saturnino, Alexander, Isidoro, Teofilo, Felicisimo,...

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