STSJ Comunidad Valenciana 224/2016, 2 de Marzo de 2018

PonenteJOSE DE BELLMONT Y MORA
ECLIES:TSJCV:2018:1037
Número de Recurso333/2016
ProcedimientoRecurso de apelación. Contencioso
Número de Resolución224/2016
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2018
EmisorSala de lo Contencioso

SECCION QUINTA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

N.I.G.:46250-33-3-2016-0002894

Procedimiento: RECURSO DE APELACION - 000333/2016

Sobre: Recursos de Apelación contra Sentencias

De: AYUNTAMIENTO DE XATIVA y ACCIONA INFRAESTRUCTURAS SA

Procurador/a GOMEZ-FERRER BONET, ISABEL y SUAU CASADO, ALICIA

Contra:

Procurador/a

En la Ciudad de Valencia, a 2 de marzo de 2018.

VISTO por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Srs. D. FERNANDO NIETO MARTIN, Presidente, D. JOSE BELLMONT MORA, Dª. ROSARIO VIDAL MAS, Dª. BEGOÑA GARCÍA MELÉNDEZ y D. ANTONIO LÓPEZ TOMÁS, Magistrados, se ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 224/16

En el recurso de apelación tramitado con el número de rollo 333/2.016, en el que han sido partes apelantes el AYUNTAMIENTO DE XATIVA, representado por el Procurador Dª. ISABEL GÓMEZ FERRER y asistido por el Letrado D. JOSÉ LUÍS NOGUERA CALATAYUD y la mercantil ACCIONA INFRAESTRUCTURAS, S.A., representada por el Procurador Dª. ALICIA SUAU CASADO y asistida por el Letrado Dª. ISABEL VILLAR CASAS, siendo Magistrado ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE BELLMONT MORA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos de recurso contencioso-administrativo seguido ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo número 6 de los de Valencia con el número 388/2.014, a instancias de ACCIONA INFRAESTRUCTURAS, S.A., contra el AYUNTAMIENTO DE XATIVA, con fecha 8 de marzo de 2.016 recayó sentencia nº 80/16, cuya parte dispositiva literalmente dice: "ESTIMANDO PARCIALMENTE el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Procuradora Dª. ALICIA SUAU CASADO, en nombre y representación de ACCIONA INFRAESTRUCTURAS, S. A., contra la resolución dictada por el Ayuntamiento de Xativa de fecha 18 de mayo de 2015 por la cual se desestima la reclamación interpuesta por la recurrente de petición de liquidación y revisión de precios del contrato de obras de "redacción y ejecución de las obras de construcción de la ciudad del deporte de Xativa", DEBO ANULAR Y ANULO la misma, CONDENANDO a la administración a pagar a la recurrente las siguientes cuantías:

-Por el concepto de revisión de precios, dicha cuantía deberá determinarse en ejecución de sentencia, siguiendo las directrices de la presente sentencia, quantum que se incrementara sobre cada una de las certificaciones de obra en el interés de demora computado desde los dos meses desde la emisión de la correspondientes certificaciones.

-Por otra parte deberá pagar a la contratista la suma de 24.124,72 euros,más IVA, por las obras de reparación; más 670.021,36 euros, más IVA, por los trabajos realizados por orden de la dirección facultativa recogidos en la certificación final de la obra, cantidades estas más el interés de demora previsto en el articulo 99,4 del RDL 2/2000 devengado desde el 21-11-12 (dos meses después de el plazo máximo en que debió liquidarse el contrato, el 21-9-12).

DESESTIMÁNDOSE en lo demás las pretensiones del recurrente.

Por último no procede una expresa condena en costas.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso por la representación de las partes demandante y demandada, en tiempo y forma, recurso de Apelación que fue admitido, dándose traslado a la contraparte que formularon su oposición por escritos presentados en fecha 6 de mayo de 2.016 Acciona Infraestructuras, S.A. y el 11 de mayo de 2016 el Ayuntamiento de Xativa.

TERCERO

Elevados los indicados autos a este Tribunal, y una vez recibidos y formado el correspondiente rollo, se señaló para la votación y fallo el día 20 de febrero de 2.018, en que tuvo lugar.

CUARTO

Se han cumplido en ambas instancias todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora dedujo el presente recurso contencioso-administrativo frente a la resolución dictada por el Ayuntamiento de Xativa de fecha 18 de mayo de 2015, por la cual se desestima la reclamación interpuesta por la recurrente de petición de abono de 1.132.452,67 euros, mas IVA, en concepto de liquidación y 672.201,01 euros, mas IVA, de revisión de precios del contrato de obras de "Redacción y Ejecución de las Obras de Construcción de la Ciudad del Deporte de Xativa", formalizado en fecha 18 de febrero de 2008 por un importe de 7.729.200 euros y aprobándose en fecha 9 de agosto de 2010 por la Junta de Gobierno Local un proyecto modificado de las obras, elaborado por la dirección técnica de las obras, la mercantil IDOM Ingenieria y Arquitectura SA, por importe de 1.650.802,41 euros. Con fecha 25 de marzo de 2011 se levantó el acta de recepción de las obras.

La liquidación por obras quedó desglosada en la demanda en los siguientes conceptos:...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS 317/2020, 4 de Marzo de 2020
    • España
    • 4 Marzo 2020
    ...la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Valencia, recaída en el Recurso núm. 333/2016. Comparece como parte recurrida el Ayuntamiento de Xàtiva, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Isabel Cañedo Vega y defendi......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR