SJMer nº 2 80/2018, 13 de Abril de 2018, de Zaragoza

PonenteMARIA DEL CARMEN VILLELLAS SANCHO
Fecha de Resolución13 de Abril de 2018
ECLIES:JMZ:2018:1033
Número de Recurso87/2017

JDO. DE LO MERCANTIL N. 2

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00080/2018

CIUDAD DE LA JUSTICIA, PLAZA EXPO 6, EDIFICIO VIDAL DE CANELLAS ESC.F, 2ª PLANTA

Teléfono: 976 208296 , Fax: 976 208299

Equipo/usuario:

Modelo: N04390

N.I.G. : 50297 47 1 2017 0000187

ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000087 /2017 -c

Procedimiento origen: /

Sobre OTRAS MATERIAS

DEMANDANTE D/ña. PIHER SENSORS & CONTROLS, S.A.

Procurador/a Sr/a. MARIA IVANA DEHESA IBARRA

Abogado/a Sr/a.

DEMANDADO D/ña. ARAGONESA DE COMPONENTES PASIVOS S.A.

Procurador/a Sr/a. MARIA BELEN GABIAN USIETO

Abogado/a Sr/a.

SENTENCIA nº 80/18

En Zaragoza, a trece de abril de dos mil dieciocho.

Vistos por Doña María del Carmen Villellas Sancho, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número Dos de Zaragoza, los presentes autos de juicio ordinario registrados con el nº 87/2017-C, seguidos a instancia de la mercantil PIHER SENSORS & CONTROLS, SA (PIHER), representada por la procuradora de los tribunales Sra. Dehesa Ibarra y asistida por la letrada Sra. Torrents Homs contra ARAGONESA DE COMPONENTES PASIVOS, SA (ACP), representada por la procuradora de los tribunales Sra. Gabián Usieto y asistida por el letrado Sr. Learte Álvarez, sobre nulidad de patente.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por la referida parte actora se dedujo demanda origen de los presentes autos, en base a los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación y, que se dan por reproducidos, suplicando que, se tuviera por presentado dicho escrito con los documentos que acompañaba y, previos los trámites legales, dictara sentencia por la que, estimando íntegramente la demanda, se acordara: 1) Declarar la nulidad total de la patente española ES 2545304 B2, titularidad de ACP de conformidad con el artículo 112.1.a) de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes ; 2) Condenar a ACP a estar y pasar por la anterior declaración; 3) Decretar la nulidad de la patente española ES 2545304 B2; 4) Librar oficio a la Oficina Española de Patentes y Marcas para cancelar los asientos, libros y bases de datos de la inscripción del registro de la española ES 2545304 B2 y, 5) Condenar a la demandada a las costas del presente procedimiento.

SEGUNDO

Que admitida a trámite la demanda, se dio traslado de la misma a la parte demandada para que, en el plazo de veinte días, compareciera y contestara a la demanda, lo que así hizo, alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, y que se dan por reproducidos, suplicando se dictara sentencia que desestimara íntegramente la demanda, con expresa imposición de costas a la parte actora.

TERCERO

Citadas las partes a la audiencia previa, esta se celebró el día 13 de noviembre de 2017 compareciendo ambas partes. Propuesta y admitida la prueba pertinente, con el resultado que consta en la grabación, se citó a las partes a la celebración del juicio.

CUARTO

El día 26 de marzo de 2018 se celebró el acto del juicio practicándose la prueba pertinente, con el resultado que consta en la grabación y, tras las conclusiones, se declaró el proceso visto para dictar sentencia.

QUINTO

Que en la tramitación de este expediente se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La entidad demandante PIHER SENSORS & CONTROLS, SA (en adelante PIHER) ejercita acción de nulidad de la patente española ES 2545304 B2, titularidad de la demandada ARAGONESA DE COMPONENTES PASIVOS, SA (en adelante ACP), acción que se sustenta en los siguientes hechos: 1.-) La actora es una empresa fabricante especializada en soluciones de controles y de sensores de posición tanto estándar como personalizados que atiende a diferentes mercados industriales además de estar especializada en tecnología contactless así como en una destacada trayectoria en componentes electrónicos en automoción, off-road , aeroespacial, industrial y, en concreto, ha desarrollado y comercializa el producto DCM-PT15 consistente en un potenciómetro de control de pausas (documentos números nueve y diez), producto que anticipa la patente cuya nulidad se solicita. 2.-) La demandada es titular de la patente española ES 2545304 B2 "mando de control de pausas externas", solicitada el día 27 de febrero de 2015 y concedida el día 4 de marzo de 2016, publicándose la concesión el 11 de marzo de 2016 (documento número trece). 3.-) La patente de invención se refiere a un mando de control de pausas externas, destinado preferentemente a circuitos electrónicos (página 2, líneas 6-7) y está compuesta por 7 reivindicaciones, la primera independiente y las restantes dependientes (la reivindicación 2 dependiente de la 1, la reivindicación 3 dependiente de la 2, la reivindicación 4 dependiente de la 3, la reivindicación 5 dependiente de la 1 y 2, la reivindicación 6 dependiente de la 1 y la reivindicación 7 dependiente de la 6). 4.-) El DCM-PT15 fue un producto diseñado por PIHER para proporcionar una solución rentable para controles de aparatos o dispositivos consistente en tres piezas: el potenciómetro, la carcasa y el eje (muestra física 1 y documento número catorce) publicando, en octubre de 2007, la primera nota de prensa informando sobre el lanzamiento del producto como resultado de una combinación de los conocidos potenciómetros con el mecanismo de pausas (DCM) introduciéndolo en el catálogo de sus productos a través del sitio web http://.archive.org. (documentos números quince a dieciocho), producto que vende desde el año 2008 a Asia Electronics HK Tech Ltd. (documentos números treinta a cuarenta y cuatro), con lo que entiende queda acreditado que el producto DCM PT15 era accesible al público con anterioridad a la solicitud de la patente española ES 2545304 B2. 5º) Patente que considera nula de pleno derecho al carecer de novedad y de actividad inventiva, a parte de haber sido solicitada con evidente mala fe ya que su titular -ACP- a sabiendas de ser conocedor de la falta de novedad y actividad inventiva, procedió a su solicitud. Aporta dictamen del perito Don Jose Pedro que concluye que la patente ES 2545304 B2 es nula por cuanto la reivindicación independiente 1 carece de novedad, las reivindicaciones dependientes 3, 4 y 7 carecen de novedad y las...

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