ATS, 6 de Junio de 2018

PonenteMIGUEL COLMENERO MENENDEZ DE LUARCA
ECLIES:TS:2018:6120A
Número de Recurso20907/2017
ProcedimientoCausa especial
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2018
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Penal

Auto núm. /

Fecha del auto: 06/06/2018

Tipo de procedimiento: CAUSA ESPECIAL

Número del procedimiento: 20907/2017

Fallo/Acuerdo:

Ponente: Excmo. Sr. D. Miguel Colmenero Menendez de Luarca

Procedencia: RECURSO DE APELACION 9/2018

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo

Transcrito por: FGR

Nota:

CAUSA ESPECIAL núm.: 20907/2017

Ponente: Excmo. Sr. D. Miguel Colmenero Menendez de Luarca

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Penal

Auto núm. /

Excmos. Sres.

D. Miguel Colmenero Menendez de Luarca

D. Alberto Jorge Barreiro

D. Vicente Magro Servet

En Madrid, a 6 de junio de 2018.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Miguel Colmenero Menendez de Luarca.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Con fecha 5 de Junio pasado esta Sala dictó providencia del siguiente tenor:

"Dada cuenta. Por recibidos los anteriores escritos del Procurador Sr. Granados Bravo, en nombre y representación de Alejo , únanse al Rollo de Apelación de su razón y visto que solicita rectificación de la providencia de 31 de mayo, en tanto que el recurso de apelación presentado por su representación procesal, pende del traslado a las partes personadas que fue efectuado por diligencia de ordenación de 29 de mayo pasado, y que vence a todos los efectos el 7 de junio, no procede como se peticiona la suspensión de la vista señalada para el día de mañana, en tanto que las partes pueden informar al Tribunal de los traslados efectuados en dicho acto, sin perjuicio de que finalizado el plazo para su presentación, el Tribunal disponga de los escritos presentados para dictar la resolución que proceda.- Y en cuanto al escrito adhiriéndose a los recursos de apelación interpuestos por Fausto , Lucas , Simón , Pedro Enrique , Clemente , Héctor , Onesimo , Carlos Alberto , Remedios , Belarmino , Fidel , Mateo y Vidal , y del que esta Sala tiene cumplido conocimiento, obra unido al Rollo de Apelación" .

SEGUNDO

Contra dicha providencia, en el día de hoy, se ha interpuesto, en tiempo y forma, recurso de súplica por el Procurador Sr. Granados Bravo, en nombre y representación de Alejo , interesando la nulidad de la providencia de 5 de junio y de la providencia de 31 de mayo, y se deje sin efecto el señalamiento de vista fijado para el día 6 de junio de 2018.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Con fecha de hoy se ha presentado por la representación del procesado Alejo recurso de súplica contra la providencia de 5 de junio en la que se denegaba la suspensión de la vista señalada para el día de hoy. Alega el recurrente que no ha transcurrido el plazo legal previsto para que procediera a presentar sus alegaciones y para designar los particulares que hubieran de testimoniarse, plazo que vencía el próximo 7 de junio.

De conformidad con las disposiciones de la LECrim, asiste la razón al recurrente, por lo que se estima el recurso con la finalidad de proceder a efectuar los traslados oportunos por la integridad del plazo previsto en la ley.

SEGUNDO

Habiéndose advertido que el recurso interpuesto por la acusación popular ejercida en nombre del partido político VOX fue admitido a trámite por error, dado lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 384 de la LECrim , se tiene por inadmitido dicho recurso, a los efectos del próximo señalamiento de vista oral. En consecuencia, no será necesaria la presencia de las representaciones de las personas cuyo procesamiento se había interesado por la acusación popular.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA : ESTIMAR el recurso de súplica y acordar la suspensión de la vista señalada para el día de hoy, procediendo a un nuevo señalamiento para fecha posterior al transcurso de los plazos legales.

Se tiene por inadmitido el recurso de apelación interpuesto por el Partido Político VOX.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

D. Miguel Colmenero Menendez de Luarca D. Alberto Jorge Barreiro D. Vicente Magro Servet

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