SAP Madrid 705/2017, 30 de Noviembre de 2017
Ponente | MARIA TERESA ARCONADA VIGUERA |
ECLI | ES:APM:2017:15855 |
Número de Recurso | 2308/2017 |
Procedimiento | Penal. Apelación de juicio de faltas |
Número de Resolución | 705/2017 |
Fecha de Resolución | 30 de Noviembre de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 26ª |
Sección nº 26 de la Audiencia Provincial de Madrid
C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 10 - 28035
Teléfono: 914934479
Fax: 914934482
GRUPO TRABAJO DTS
37050100
N.I.G.: 28.079.00.1-2017/0075828
Apelación Juicio sobre delitos leves 2308/2017
Origen :Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 07 de Madrid
Juicio sobre delitos leves 411/2017
Apelante: D./Dña. Jose Antonio
Letrado D./Dña. MARIA JESUS REDONDO CACERES
Apelado: D./Dña. Mariola y D./Dña. MINISTERIO FISCAL
Letrado D./Dña. Mª ANGELES TEN MARTIN
SENTENCIA Nº 705/2017
En Madrid a treinta de noviembre de 2017
La Ilma. Sra. Dª. Teresa Arconada Viguera, Magistrado de esta Audiencia Provincial, Sección Veintiséis, actuando como Tribunal Unipersonal, conforme a lo dispuesto en el artículo 82.2º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ha visto el presente recurso de apelación de Juicio por delito leve número 411/17, del Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 7 de Madrid, en el que han sido partes como apelante Jose Antonio y como apelados el Ministerio Fiscal y Mariola .
En el indicado juicio de faltas se dictó sentencia el día 13 de julio de 2017 con el siguiente fallo: Que debo condenar y condeno a Jose Antonio, como autor de un delito de injurias leves previsto en el art. 173.4 del Código Penal a la pena de localización permanente de cinco días, siempre en domicilio diferente y alejado del de la víctima, a la pena accesoria de prohibición de acercarse a menos de quinientos metros de Mariola, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por ella, así como de establecer con ella por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual, por un periodo de un mes y al pago de las costas causadas por este juicio.
Al que corresponden los siguientes hechos probados:
El día 1 de abril de 2017, sobre las 20:30 hrs, cuando Mariola se encontraba en la vía pública en compañía de su hija menor, fue increpada por Jose Antonio, con el que había mantenido una breve relación sentimental, quien se dirigió a gritos a ella diciéndole que era una puta.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por Jose Antonio, que fue admitido a trámite en ambos efectos, dándose traslado del mismo por diez días a las demás partes, con el resultado que consta en las actuaciones, remitiéndose seguidamente los autos a esta Sala, sin que se haya propuesto prueba, ni interesado o considerado necesaria la celebración de vista.
HECHOS PROBADOS
Se dan por reproducidos los de la sentencia recurrida que se aceptan en su totalidad.
Se fundamenta el recurso en vulneración del derecho a la presunción de inocencia y error en la valoración de la prueba,
Para la resolución de este recurso ha de partirse de dos premisas. La primera que el derecho...
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ATSJ Comunidad de Madrid 66/2018, 25 de Septiembre de 2018
...con la víctima; que dicha condena ha resultado ratificada en apelación por la Sección 26ª de la Audiencia Provincial de Madrid en Sentencia nº 705/2017, de 30 de noviembre (rollo de apelación 2308/2017); y que, ello no obstante, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 7 de esta capital, e......