SAP Madrid 721/2017, 14 de Diciembre de 2017
Ponente | JUSTO RODRIGUEZ CASTRO |
ECLI | ES:APM:2017:17841 |
Número de Recurso | 1530/2017 |
Procedimiento | Penal. Apelación procedimiento abreviado |
Número de Resolución | 721/2017 |
Fecha de Resolución | 14 de Diciembre de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 29ª |
Sección nº 29 de la Audiencia Provincial de Madrid
C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 12 - 28035
Teléfono: 914934418,914933800
Fax: 914934420
Y
37051540
N.I.G.: 28.079.00.1-2016/0254084
Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado 1530/2017
Origen :Juzgado de lo Penal nº 08 de Madrid
Juicio Rápido 7/2017
Apelante: Pedro Enrique
Procurador D./Dña. PAULA ARIAS ALVAREZ
Letrado D./Dña. JOSE MARIA MIGUEL OSORIO
Apelado: MINISTERIO FISCAL
SENTENCIA Nº 721/17
Ilmos. Sres. Magistrados
Dª Pilar Rasillo López
Dª Lourdes Casado López
D. Justo Rodríguez Castro (ponente)
En Madrid a 14 diciembre de 2017
Vistos en grado de Apelación, ante la Sección Veintinueve de la Audiencia Provincial de Madrid, los autos de Juicio Rápido nº: 7/2017-Rollo de Apelación nº: 1530/2017, procedentes del Juzgado de lo Penal nº: 8 de Madrid, por un delito contra la seguridad vial, en el que han sido partes, como acusado: D. Pedro Enrique representado por el Procurador D. José María de Miguel Osorio y defendido por la Letrada Dª. Paula Arias Álvarez, y el MINISTERIO FISCAL en el ejercicio de la acción pública, en virtud del recurso interpuesto por el referido acusado contra la Sentencia condenatoria dictada por dicho Juzgado en fecha de 16 de enero de 2017 .
Por el Juzgado de lo Penal nº: 8 de Madrid, en el Juicio Rápido nº: 232/2016, se dictó Sentencia el día 16 de enero de 2017, que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS:
"PRIMERO.- El acusado D. Pedro Enrique, el día 17 de diciembre de 2016, circulaba con el vehículo matrícula Q-....-WV por la calle Conde Duque de esta capital.
Por resolución del Jefe Provincial de Tráfico de Madrid de 3 de junio de 2016, se declaró la pérdida de vigencia del permiso de conducir por pérdida total de los puntos asignados. Esta resolución fue notificada al acusado personalmente el 13 de junio.
El día de autos el acusado no había realizado el curso ni superado la prueba precisa para que el permiso recuperara su vigencia".
En el FALLO de la Sentencia se establece:
"Que DEBO CONDENAR Y CONDENO al acusado D. Pedro Enrique en concepto de autor de un delito CONTRA LA SEGURIDAD VIAL, precedentemente definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad criminal, a la pena de CATORCE MESES DE MULTA con una cuota diaria de DIEZ EUROS con arresto sustitutorio en caso de impago de un día por cada dos cuotas de multa no satisfechas, así como al pago de las costas procesales".
Por el Letrado D. José María de Miguel, en nombre y representación de D. Pedro Enrique se presentó, en fecha de 20 de julio de 2017, el anterior escrito, en el que interponía recurso de Apelación contra la citada sentencia, admitiéndose a trámite por providencia de fecha 23 de octubre de 2017, dándose traslado del escrito del recurso al Ministerio Fiscal y a las demás partes personadas, siendo impugnado por el Ministerio Fiscal por escrito de fecha 31 de octubre de 2017, remitiéndose las actuaciones a la Audiencia Provincial de Madrid, por diligencia de ordenación de fecha 3 de noviembre de 2017, correspondiendo a esta Sección 29ª por turno de reparto.
Recibidas las anteriores actuaciones, por diligencia de ordenación de fecha 17 de noviembre de 2017, se acordó formar el oportuno rollo de Apelación, señalándose para la correspondiente deliberación el día 14 de diciembre de 2017, quedando entonces el precitado recurso de Apelación pendiente de resolución.
Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Justo Rodríguez Castro.
HECHOS PROBADOS
SE ACEPTAN los Hechos Probados de la Sentencia recurrida, los cuales se dan aquí por reproducidos.
Motivos del recurso. La parte apelante que representa a D. Pedro Enrique basa su recurso, en la infracción de Ley, entendiendo, en síntesis que hay que distinguir la esfera penal de la administrativa, de forma que mientras que la penal requiere una abstinencia de conducción de seis meses, la administrativa requiere por su parte que se someta a un curso para recuperar un carné que ya tenía, por lo que sólo cabría una sanción administrativa, confundiendo el juzgador la prohibición de conducir durante seis meses con la pérdida de vigencia del permiso, uniendo las dos sanciones en una sola y revistiéndola de carácter penal; en el presente caso, su representado recupera el permiso para conducir con la misma antigüedad que tenía, subsistiendo el permiso de conducir que se hallaba suspendido y que se recupera tras la realización de un curso de sensibilización, estando convencido su representado de que transcurridos seis meses ya podía conducir. Por último entiende el recurrente que el citado tipo penal ha de ir ligado a un evidente riesgo para la seguridad vial, a lo que deba añadirse el principio de intervención mínima y el de "non bis in idem".
Infracción de Ley (1) El artículo 384.1 del Código Penal sanciona al que "condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente...". Su tipificación como delito tiene su fundamento en el hecho de que el sujeto que ha perdido todos sus puntos manifiesta una peligrosidad en su conducción que se hace necesario prohibirle, bajo amenaza de sanción penal, que conduzca en el futuro hasta que obtenga de nuevo la validez de su permiso o licencia por los medios reglamentariamente previstos, en definitiva, como subraya la doctrina "lo que se pretende es sancionar penalmente al conductor reincidente en la vía administrativa, dando un paso más allá respecto de lo que es la finalidad...
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