AAP Madrid 342/2017, 13 de Diciembre de 2017
Ponente | MARIA CRISTINA DOMENECH GARRET |
ECLI | ES:APM:2017:5546A |
Número de Recurso | 437/2017 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 342/2017 |
Fecha de Resolución | 13 de Diciembre de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 12ª |
Audiencia Provincial Civil de Madrid
Sección Duodécima
C/ Santiago de Compostela, 100, Planta 3 - 28035
Tfno.: 914933837
37007750
N.I.G.: 28.065.00.2-2017/0001973
Recurso de Apelación 437/2017
O. Judicial Origen:Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 6 de Getafe Autos de Monitorio 145/2017
DEMANDANTE/APELANTE: ESTRELLA RECEIVABLES LTD PROCURADOR: D. JUAN JOSÉ LÓPEZ SOMOVILLA
AUTO Nº 342
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
D. JOSÉ MARÍA TORRES FERNÁNDEZ DE SEVILLA
Dª ANA MARÍA OLALLA CAMARERO
Dª CRISTINA DOMÉNECH GARRET
En Madrid, a trece de diciembre de dos mil diecisiete.
La Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre Monitorio 145/2017 procedentes del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 6 de Getafe, a los que ha correspondido el rollo 437/2017, en los que aparece como parte demandante-apelante ESTRELLA RECEIVABLES LTD, representada por el Procurador D. JUAN JOSÉ LÓPEZ SOMOVILLA.
VISTO, siendo Magistrado Ponente Dª CRISTINA DOMÉNECH GARRET
Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Seguido el juicio por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia E Instrucción nº 6 de Getafe, por el mismo se dictó auto con fecha 17 de abril de 2017, cuya parte dispositiva dice: "SE ACUERDA no admitir a trámite la solicitud inicial para conocer del proceso monitorio instada por el Procurador
de los Tribunales Don Alfonso Solbes y Montero de Espinosa, en nombre y representación de ESTRELLA RECEIVABLES LTD."
Notificada dicha resolución a las partes, por ESTRELLA RECEIVABLES LTD se interpuso recurso de apelación alegando cuanto estimó oportuno. Admitido el recurso, y previos los oportunos trámites, se remitieron las actuaciones a este Tribunal ante el que ha comparecido la parte apelante, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, y señalándose para la deliberación, votación y fallo del mismo el día 5 de diciembre de 2017, en que ha tenido lugar lo acordado.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
SE ACEPTAN los Fundamentos de Derecho de la resolución recurrida
La mercantil Estrella Receivables Ltd., interpuso solicitud de juicio monitorio solicitando el pago de
3.029,50 € que, afirmaba, resultaba de la utilización y disposición por parte de la deudora de la tarjeta de crédito expedida por Citybank, la cual cedió su crédito a Banco Popular-e y éste a la actora. Y la resolución de instancia acuerda su inadmisión a trámite razonando en síntesis que los documentos aportados con la petición inicial no permiten concluir que el crédito que pudiera ostentar frente a la deudora forma parte del activo cedido. Frente a dicha resolución se alza la solicitante pretendiendo en su recurso la admisión de su petición inicial alegando en suma que, contra lo apreciado por el...
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