SAP Badajoz 164/2018, 25 de Abril de 2018
Ponente | FERNANDO PAUMARD COLLADO |
ECLI | ES:APBA:2018:356 |
Número de Recurso | 722/2017 |
Procedimiento | Civil |
Número de Resolución | 164/2018 |
Fecha de Resolución | 25 de Abril de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Badajoz, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
BADAJOZ
SENTENCIA: 00164/2018
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de BADAJOZ
Modelo: 1280A0
AVDA. COLÓN Nº 8,2ª PLANTA
Tfno.: 924284238-924284241 Fax: FAX 924284275 Equipo/usuario: APD
N.I.G. 06015 42 1 2017 0001881
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000722 /2017 Juzgado de procedencia: JDO.DE 1A INSTANCIA N. 2 de BADAJOZ Procedimiento de origen: JVB JUICIO VERBAL 0000311 /2017 Recurrente: Eloy
Procurador: ANTONIO JUAN FERNANDEZ DE AREVALO ROMERO Abogado: LOURDES RETAMAR SOSA
Recurrido: GRUPO FELIPE PARIENTE S.L.
Procurador: LUIS VELA ALVAREZ
Abogado: MARIA ISABEL BABIANO SERRANO
S E N T E N C I A
SEÑORES DEL TRIBUNAL
ILUSTRISIMOS/AS SRES/AS
PRESIDENTE/A
D/Dª ISIDRO SANCHEZ UGENA.
MAGISTRADOS/AS
D/Dª FERNANDO PAUMARD COLLADO
D/Dª JUAN MANUEL CABRERA LOPEZ.
En la ciudad de BADAJOZ, a veinticinco de abril de dos mil dieciocho.
Vistos ante esta Ilustrísima Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de JUICIO VERBAL 0000311 /2017, seguidos en el JDO.DE 1A INSTANCIA N. 2 de BADAJOZ, RECURSO DE APELACION (LECN) 0000722 /2017; seguidos entre partes, de una como recurrente/s D. Eloy, representado/s por el/ la Procurador/a D/Dª ANTONIO JUAN FERNANDEZ DE AREVALO ROMERO, dirigido/s por el Abogado D. LOURDES RETAMAR SOSA, y de otra como recurrido GRUPO FELIPE PARIENTE S.L., representado/s por el/la Procurador/a D LUIS VELA ALVAREZ y dirigido/s por el/la Abogado/a Dª MARIA ISABEL BABIANO SERRANO. Actúa como Ponente, el/la Iltmo/a. Sr/Sra. D. FERNANDO PAUMARD COLLADO.
Por el JDO.DE 1A INSTANCIA N. 2 de BADAJOZ, se dictó sentencia de fecha 29/09/2017, cuya parte dispositiva se da por reproducida.
Contra mencionada resolución interpuso la parte demandante/demandada el presente recurso de apelación que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo, no habiéndose celebrado vista pública ni práctica de prueba, quedó el procedimiento para votación y fallo.
En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.
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ATS, 2 de Diciembre de 2020
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