SAP Cantabria 158/2018, 12 de Abril de 2018
Ponente | MARIA DEL MAR HERNANDEZ RODRIGUEZ |
ECLI | ES:APS:2018:319 |
Número de Recurso | 363/2014 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 158/2018 |
Fecha de Resolución | 12 de Abril de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cantabria, Sección 4ª |
S E N T E N C I A nº 000158/2018
Ilmos. Sres. Magistrados:
Dª Mª José Arroyo García
D. Marcial Helguera Martinez
Dª Mª del Mar Hernández Rodriguez
En Santander, a 12 de abril del 2018.
Vistos en trámite de apelación ante esta AUDIENCIA PROVINCIAL SECCION 4 de Cantabria los presentes autos de Procedimiento Ordinario, nº 867/12, Rollo de Sala nº 0000363/2014, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 7 de Santander.
En esta segunda instancia han sido partes apelantes D. Ildefonso, representado por la Procuradora Dª. MARÍA DOLORES CICERO BRA y defendido por el Letrado D. CARLOS HUERTA GANDARILLAS; y " AXA SEGUROS Y REASEGUROS S.A.", representada por el Procurador D. ISIDRO MATEO PÉREZ y defendida por el Letrado D. EVENCIO BUSTAMANTE MIRAPEIX.
Es ponente de esta resolución la Ilma. Sra. Magistrado Dª. Maria del Mar Hernandez Rodriguez.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 7 de Santander, en los autos de referencia, se dictó sentencia con fecha 14 de noviembre de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Que estimando parcialmente la demanda promovida por la representación legal de D. Ildefonso, en reclamación de cantidad contra la entidad " AXA SEGUROS GENERALES S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS", debo condenar y condeno a ésta a que conjunta y solidariamente abonen al actor la cantidad de 25.187,42 €, con los intereses especiales del legal del dinero incrementado en un 50% devengado por la indemnización desde la fecha del siniestro para la Compañía de Seguros demandada, y salvo que hayan transcurrido más de dos años desde éste, en cuyo caso el interés sería en del 20% de la indemnización, a contar desde el transcurso de los dos años hasta su efectivo pago, sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas procesales causadas en esta instancia.
Contra dicha sentencia la representación de la ya reseñada parte apelante interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado de Primera Instancia; y tramitado el mismo se remitieron las actuaciones a la Ilma. Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, habiendo correspondido, por turno de reparto, a esta Sección, donde tras la deliberación y el fallo del recurso, se dictó Sentencia en fecha 4 de junio de 2015 que fué casada y anulada por Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 19 de diciembre de 2017, quedando nuevamente los autos pendientes de resolución.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales, excepto el plazo para resolver el recurso, en razón a la existencia de otros asuntos civiles señalados con anterioridad.
La sentencia apelada estimó parcialmente la demanda, condenando a las demandadas a abonar la cantidad de 25.187,42 euros más los intereses, alzándose frente a ella la aseguradora demandada quien invocó como motivos error en la valoración de la prueba e infracción del art. 1968 CC por entender que la acción ejercitada se encuentra prescrita, error en la valoración de la prueba pericial, error en la aplicación del derecho en relación a la incorrecta aplicación del RDleg. 8/20114 y error en la aplicación del derecho e infracción del art. 38 LCS en relación al at . 20 LCS .
Dejando a un lado la prescripción de la acción al haber sido desestimada por la Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de diciembre de 2017, y entrando en el error en la valoración de la prueba respecto a lo que se señala que no se ha analizado si las conclusiones del perito puede ser imputadas al accidente, desestimamos el motivo.
Revisada la prueba pericial no consideramos que la valoración de la misma se haya separado de las reglas sobre la sana crítica.
Por otro lado, como se recoge en la sentencia dictada por el Tribunal supremo, hubo complicaciones posteriores al año 2008 que determinaron una nueva operación...
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